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La juez absuelve los miembros de España 2000 acusados de amenazar a Oltra en la puerta de su casa al no ver delito

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VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Llíria (València) ha absuelto a los cuatro miembros de España 2000 acusados de amenazar y coaccionar a la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, a las puertas de su vivienda, al considerar que la acción desarrollada era «innecesaria» desde el punto de vista de la libertad de expresión pero no constituye ilícito penal.

Para la magistrada, la alegada «potencialidad peligrosa» de los denunciados por su supuesta vinculación con la extrema derecha «no puede ser tenida en consideración» para valorar los hechos juzgados en este procedimiento. Así, sí que considera que se presentaron «innecesariamente» ante la casa de Oltra, «alterando» su tranquilidad y el sosiego familiar, pero de ello no se deriva «una conminación implícita de causarle mal alguno».

Por ello, la jueza absuelve al asesor jurídico de España 2000 y expresidente de esta formación, José Luis Roberto, y a otros dos hombres y una mujer miembros de este partido, para quienes la fiscal pedía, para cada uno de ellos, 900 euros de multa por un delito leve de amenazas y la prohibición de acercarse a 300 metros de Oltra o, subsidiariamente, la misma condena por coacciones leves. La Abogacía de la Generalitat reclamaba la misma pena pero elevaba la multa a Roberto a los 1.800 euros.

Según la juzgadora, Oltra no intentó salir de su casa; no consta que se pulsara el timbre; ni que quisieran acceder a la casa, o golpearan la puerta o lanzaran objetos, «actitudes que podrían haber infundido objetivamente un temor fundado»; el tono usado es «de corte jocoso y festivo»; el horario no fue «especialmente intempestivo» y con las máscaras usadas querían evitar su identificación.

Tampoco está acreditado que supieran que dentro de la casa estaban los hijos de Oltra, de origen etíope, o que se encontrara también la empleada de hogar, de nacionalidad uruguaya. En esta línea, subraya que no se profirió ninguna consigna ni se realizó una manifestación de corte racista o xenófobo. La vicepresidenta declaró que se sintió «asustada» y temió por sus hijos durante la acción mientras que Roberto y sus compañeros alegaron que actuaron movidos por la intención de defender la unidad de España frente a la actitud de Compromís con el ‘procés’ catalán.

SIN REITERACIÓN PAR SER ACOSO
A juicio de la magistrada, esta conducta desarrollada tendría cabida únicamente en el delito de acoso «pero sólo si tuviera una reiteración en el tiempo», lo que no sucede en este caso, según se señala en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La magistrada, que entiende justificada la intervención de la Abogacía de la Generalitat en el procesado dado que en la acción se referían a Oltra como vicepresidenta además de como miembro de Compromís, la acción supone una «intimidación de carácter circunstancial que no alcanza la calificación delictiva al faltar el elemento objetivo consistente en la conminación al sujeto pasivo de un mal injusto, determinado y posible».

Asimismo, la jueza entiende que no es la sede penal el lugar «idóneo» para analizar el ideario de España 2000, cuya ilegalidad no se alegó en el juicio o si, a consecuencia de él, «los denunciados suponían sin más una amenaza para la denunciante», ya que en España el denominado derecho penal de autor es contrario al principio constitucional de culpabilidad (aquel que sostiene que el hombre debe ser enjuiciado no por lo que hace sino por lo que es).

Así, sostiene que los recortes de prensa aportados en la vista –como los relativos a los incidentes del pasado 9 d’Octubre– son un intento de demostrar la «peligrosidad» de las personas vinculadas con España 2000 y Levantina de Seguridad, lo que supondría aplicar ese derecho penal de autor no permitido, y añade que ninguno de los denunciados tiene antecedentes penales.

Los hechos ocurrieron el 18 de octubre de 2017, sobre las 21.00 horas, cuando un grupo de personas, algunas de las cuales llevaban la cara tapada con caretas de la película Scream, llegó en coche ante la casa de Oltra, desplegaron una bandera española sobre la que se podía leer ‘Viva la Unidad de España’ y pusieron la canción de Manolo Escobar ‘Que viva España’ al tiempo que emitían consignas como «Mira, esta es tu bandera» y grababan un vídeo.

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Sanidad ordena la retirada urgente de un conocido antidepresivo por un defecto de calidad

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Sanidad ordena la retirada urgente de un conocido antidepresivo por un defecto de calidad

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha lanzado una nueva alerta sanitaria tras detectar un defecto de calidad en varios lotes de uno de los antidepresivos más utilizados para el tratamiento de la depresión, la ansiedad y el dolor neuropático diabético.

El medicamento afectado: Duloxetina Pensa Pharma 60 mg

El fármaco implicado es Duloxetina Pensa Pharma 60 mg cápsulas duras gastrorresistentes EFG, distribuido bajo autorización de Towa Pharmaceutical, fabricante del medicamento.

La AEMPS ha ordenado retirar del mercado todas las unidades distribuidas de los lotes afectados y proceder a su devolución por los cauces habituales.

Lotes retirados

Duloxetina Pensa Pharma 60 mg – 28 cápsulas

  • Lote: 231441

  • Caducidad: 30/06/2026

  • NR: 79371

  • CN: 704751

Duloxetina Pensa Pharma 60 mg – 56 cápsulas

  • Lote: 231514 — Caducidad: 31/05/2026

  • Lote: 240603 — Caducidad: 30/11/2026

  • NR: 79371

  • CN: 706553


¿Por qué se ha retirado Duloxetina Pensa Pharma?

Según la AEMPS, los lotes presentan una impureza por encima del límite permitido, lo que constituye un defecto de calidad del medicamento.

No existe riesgo vital para los pacientes.
La retirada se realiza como medida preventiva para garantizar la seguridad y el control de calidad de los tratamientos.


¿Qué deben hacer los pacientes?

  • No se han comunicado efectos graves asociados a esta impureza.

  • Los pacientes que dispongan de alguno de los lotes afectados deben acudir a su farmacia para recibir indicaciones y gestionar la devolución.

  • En ningún caso se recomienda suspender el tratamiento sin consulta médica.

 

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