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La juez absuelve los miembros de España 2000 acusados de amenazar a Oltra en la puerta de su casa al no ver delito

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VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Llíria (València) ha absuelto a los cuatro miembros de España 2000 acusados de amenazar y coaccionar a la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, a las puertas de su vivienda, al considerar que la acción desarrollada era «innecesaria» desde el punto de vista de la libertad de expresión pero no constituye ilícito penal.

Para la magistrada, la alegada «potencialidad peligrosa» de los denunciados por su supuesta vinculación con la extrema derecha «no puede ser tenida en consideración» para valorar los hechos juzgados en este procedimiento. Así, sí que considera que se presentaron «innecesariamente» ante la casa de Oltra, «alterando» su tranquilidad y el sosiego familiar, pero de ello no se deriva «una conminación implícita de causarle mal alguno».

Por ello, la jueza absuelve al asesor jurídico de España 2000 y expresidente de esta formación, José Luis Roberto, y a otros dos hombres y una mujer miembros de este partido, para quienes la fiscal pedía, para cada uno de ellos, 900 euros de multa por un delito leve de amenazas y la prohibición de acercarse a 300 metros de Oltra o, subsidiariamente, la misma condena por coacciones leves. La Abogacía de la Generalitat reclamaba la misma pena pero elevaba la multa a Roberto a los 1.800 euros.

Según la juzgadora, Oltra no intentó salir de su casa; no consta que se pulsara el timbre; ni que quisieran acceder a la casa, o golpearan la puerta o lanzaran objetos, «actitudes que podrían haber infundido objetivamente un temor fundado»; el tono usado es «de corte jocoso y festivo»; el horario no fue «especialmente intempestivo» y con las máscaras usadas querían evitar su identificación.

Tampoco está acreditado que supieran que dentro de la casa estaban los hijos de Oltra, de origen etíope, o que se encontrara también la empleada de hogar, de nacionalidad uruguaya. En esta línea, subraya que no se profirió ninguna consigna ni se realizó una manifestación de corte racista o xenófobo. La vicepresidenta declaró que se sintió «asustada» y temió por sus hijos durante la acción mientras que Roberto y sus compañeros alegaron que actuaron movidos por la intención de defender la unidad de España frente a la actitud de Compromís con el ‘procés’ catalán.

SIN REITERACIÓN PAR SER ACOSO
A juicio de la magistrada, esta conducta desarrollada tendría cabida únicamente en el delito de acoso «pero sólo si tuviera una reiteración en el tiempo», lo que no sucede en este caso, según se señala en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La magistrada, que entiende justificada la intervención de la Abogacía de la Generalitat en el procesado dado que en la acción se referían a Oltra como vicepresidenta además de como miembro de Compromís, la acción supone una «intimidación de carácter circunstancial que no alcanza la calificación delictiva al faltar el elemento objetivo consistente en la conminación al sujeto pasivo de un mal injusto, determinado y posible».

Asimismo, la jueza entiende que no es la sede penal el lugar «idóneo» para analizar el ideario de España 2000, cuya ilegalidad no se alegó en el juicio o si, a consecuencia de él, «los denunciados suponían sin más una amenaza para la denunciante», ya que en España el denominado derecho penal de autor es contrario al principio constitucional de culpabilidad (aquel que sostiene que el hombre debe ser enjuiciado no por lo que hace sino por lo que es).

Así, sostiene que los recortes de prensa aportados en la vista –como los relativos a los incidentes del pasado 9 d’Octubre– son un intento de demostrar la «peligrosidad» de las personas vinculadas con España 2000 y Levantina de Seguridad, lo que supondría aplicar ese derecho penal de autor no permitido, y añade que ninguno de los denunciados tiene antecedentes penales.

Los hechos ocurrieron el 18 de octubre de 2017, sobre las 21.00 horas, cuando un grupo de personas, algunas de las cuales llevaban la cara tapada con caretas de la película Scream, llegó en coche ante la casa de Oltra, desplegaron una bandera española sobre la que se podía leer ‘Viva la Unidad de España’ y pusieron la canción de Manolo Escobar ‘Que viva España’ al tiempo que emitían consignas como «Mira, esta es tu bandera» y grababan un vídeo.

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Casa 47: Requisitos para acceder a los alquileres sociales asequibles en 2026

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viviendas de alquiler asequible de València

El Gobierno de España lanzará a partir de 2026 Casa 47, una nueva empresa pública de vivienda que ofrecerá alquileres sociales asequibles dirigidos principalmente a la clase media trabajadora. Este proyecto busca paliar la crisis de la vivienda en España, caracterizada por la falta de alquileres a precios razonables y la presión del mercado inmobiliario.

¿Quiénes podrán acceder a Casa 47?

Los requisitos para acceder a un alquiler de Casa 47 se adaptarán a cada comunidad autónoma, aunque ya se conocen los criterios generales:

  • Rango de ingresos: Los solicitantes deberán tener rentas comprendidas entre 16.800 y 63.000 euros anuales, equivalentes a 2 y 7,5 veces el IPREM.

  • Clase media trabajadora: Este rango de ingresos cubrirá aproximadamente al 60 % de la población, dejando fuera a quienes perciben menos (que podrán optar a vivienda social tradicional) y a quienes superan el límite máximo.

  • Límite de esfuerzo económico: Ningún inquilino podrá destinar más del 30 % de sus ingresos al pago del alquiler, garantizando que la vivienda no comprometa otras necesidades básicas.

Precios y duración de los contratos

Los alquileres de Casa 47 se calcularán en función de la renta media de cada zona, no del coste de construcción. Según las primeras estimaciones:

  • En Madrid, los alquileres podrían reducirse un 38 % respecto al mercado, con precios en torno a 680–690 euros mensuales.

  • En Málaga, la rebaja podría alcanzar el 50 %.

  • En municipios menos tensionados, como Olivenza (Badajoz), los alquileres podrían situarse en torno a 400 euros mensuales.

Los contratos serán de larga duración, con posibilidad de extenderse hasta 75 años, adaptándose a las necesidades de los inquilinos y ofreciendo estabilidad frente a la especulación inmobiliaria.

Portal online y gestión integral de viviendas

En 2026 se habilitará un portal digital de Casa 47, donde los ciudadanos podrán consultar las promociones disponibles, requisitos específicos y formalizar solicitudes. Esta plataforma busca simplificar la gestión y reducir la burocracia.

Además, Casa 47 gestionará todo el ciclo de vida de las viviendas, desde la adquisición de suelos, construcción y urbanismo, hasta la entrega de llaves y administración de los contratos de alquiler.

Inspiración en modelos internacionales

El modelo de Casa 47 se inspira en experiencias europeas de vivienda pública:

  • Austria: Viena tiene más del 60 % de sus habitantes en pisos gestionados por el Estado o cooperativas, con contratos indefinidos y precios ajustados a la renta.

  • Francia: El sistema HLM ofrece vivienda social con criterios de ingresos similares a los de Casa 47 y contratos de larga duración.

  • Países Bajos: El 30 % del parque residencial es gestionado por corporaciones de vivienda pública con precios regulados.

Según datos de la BBC, mientras que en ciudades como Madrid los residentes destinan hasta un 60 % de su salario al alquiler, en Viena solo se dedica el 20 %, lo que evidencia la necesidad de iniciativas como Casa 47 en España.

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