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La juez absuelve los miembros de España 2000 acusados de amenazar a Oltra en la puerta de su casa al no ver delito

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VALÈNCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) –

La magistrada juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Llíria (València) ha absuelto a los cuatro miembros de España 2000 acusados de amenazar y coaccionar a la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, a las puertas de su vivienda, al considerar que la acción desarrollada era «innecesaria» desde el punto de vista de la libertad de expresión pero no constituye ilícito penal.

Para la magistrada, la alegada «potencialidad peligrosa» de los denunciados por su supuesta vinculación con la extrema derecha «no puede ser tenida en consideración» para valorar los hechos juzgados en este procedimiento. Así, sí que considera que se presentaron «innecesariamente» ante la casa de Oltra, «alterando» su tranquilidad y el sosiego familiar, pero de ello no se deriva «una conminación implícita de causarle mal alguno».

Por ello, la jueza absuelve al asesor jurídico de España 2000 y expresidente de esta formación, José Luis Roberto, y a otros dos hombres y una mujer miembros de este partido, para quienes la fiscal pedía, para cada uno de ellos, 900 euros de multa por un delito leve de amenazas y la prohibición de acercarse a 300 metros de Oltra o, subsidiariamente, la misma condena por coacciones leves. La Abogacía de la Generalitat reclamaba la misma pena pero elevaba la multa a Roberto a los 1.800 euros.

Según la juzgadora, Oltra no intentó salir de su casa; no consta que se pulsara el timbre; ni que quisieran acceder a la casa, o golpearan la puerta o lanzaran objetos, «actitudes que podrían haber infundido objetivamente un temor fundado»; el tono usado es «de corte jocoso y festivo»; el horario no fue «especialmente intempestivo» y con las máscaras usadas querían evitar su identificación.

Tampoco está acreditado que supieran que dentro de la casa estaban los hijos de Oltra, de origen etíope, o que se encontrara también la empleada de hogar, de nacionalidad uruguaya. En esta línea, subraya que no se profirió ninguna consigna ni se realizó una manifestación de corte racista o xenófobo. La vicepresidenta declaró que se sintió «asustada» y temió por sus hijos durante la acción mientras que Roberto y sus compañeros alegaron que actuaron movidos por la intención de defender la unidad de España frente a la actitud de Compromís con el ‘procés’ catalán.

SIN REITERACIÓN PAR SER ACOSO
A juicio de la magistrada, esta conducta desarrollada tendría cabida únicamente en el delito de acoso «pero sólo si tuviera una reiteración en el tiempo», lo que no sucede en este caso, según se señala en la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

La magistrada, que entiende justificada la intervención de la Abogacía de la Generalitat en el procesado dado que en la acción se referían a Oltra como vicepresidenta además de como miembro de Compromís, la acción supone una «intimidación de carácter circunstancial que no alcanza la calificación delictiva al faltar el elemento objetivo consistente en la conminación al sujeto pasivo de un mal injusto, determinado y posible».

Asimismo, la jueza entiende que no es la sede penal el lugar «idóneo» para analizar el ideario de España 2000, cuya ilegalidad no se alegó en el juicio o si, a consecuencia de él, «los denunciados suponían sin más una amenaza para la denunciante», ya que en España el denominado derecho penal de autor es contrario al principio constitucional de culpabilidad (aquel que sostiene que el hombre debe ser enjuiciado no por lo que hace sino por lo que es).

Así, sostiene que los recortes de prensa aportados en la vista –como los relativos a los incidentes del pasado 9 d’Octubre– son un intento de demostrar la «peligrosidad» de las personas vinculadas con España 2000 y Levantina de Seguridad, lo que supondría aplicar ese derecho penal de autor no permitido, y añade que ninguno de los denunciados tiene antecedentes penales.

Los hechos ocurrieron el 18 de octubre de 2017, sobre las 21.00 horas, cuando un grupo de personas, algunas de las cuales llevaban la cara tapada con caretas de la película Scream, llegó en coche ante la casa de Oltra, desplegaron una bandera española sobre la que se podía leer ‘Viva la Unidad de España’ y pusieron la canción de Manolo Escobar ‘Que viva España’ al tiempo que emitían consignas como «Mira, esta es tu bandera» y grababan un vídeo.

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El nuevo DNI digital: qué cambia a partir del 2 de abril y cómo te afecta

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DNI en el móvil
POLICÍA NACIONAL - Archivo

El DNI en el móvil ya es una realidad en España

A partir del 2 de abril, los ciudadanos españoles podrán llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el teléfono móvil gracias a la aplicación oficial MiDNI, impulsada por la Policía Nacional.

Este cambio supone un avance clave en la digitalización de la administración y permitirá identificarse de forma segura, rápida y legal en múltiples situaciones cotidianas sin necesidad de portar el documento físico.

Bajo el lema “El momento ha llegado”, las autoridades destacan que este nuevo sistema facilitará gestiones habituales como:

  • Registrarse en hoteles
  • Alquilar vehículos
  • Recoger paquetes
  • Retirar medicamentos en farmacias
  • Realizar trámites presenciales

🔐 Cómo funciona el DNI digital en el móvil

El DNI digital no es una copia del documento físico, sino un sistema seguro basado en códigos QR temporales que permiten verificar la identidad en tiempo real.

Cuando el usuario necesita identificarse:

  1. Genera un código QR desde la app MiDNI
  2. El receptor lo escanea
  3. Se validan los datos directamente con la Policía Nacional

Este sistema evita falsificaciones y garantiza que la información esté siempre actualizada.


⚙️ Requisitos para activar el DNI en el móvil

Antes de utilizar el DNI digital, es necesario completar un proceso de registro que vincula el número de teléfono con el documento físico.

✔️ Opciones para registrarse:

1. Con certificado electrónico

  • Acceder a la web oficial (midni.gob.es)
  • Introducir datos del DNI
  • Verificar identidad
  • Recibir un SMS con código de activación

2. Sin certificado electrónico

  • Acudir a un Puesto de Actualización de Documentación (PAD) en comisarías
  • Introducir DNI y número de móvil
  • Recibir SMS de verificación

3. En la renovación del DNI

  • Solicitar ayuda a un agente para completar el registro

📥 Cómo descargar y activar la app MiDNI

La aplicación oficial MiDNI está disponible en:

  • Google Play
  • App Store

🔑 Pasos para activarla:

  1. Aceptar términos y condiciones
  2. Introducir número de DNI (con letra)
  3. Añadir número de soporte (en el DNI físico)
  4. Crear contraseña segura
  5. Verificar con código SMS

También permite desbloqueo biométrico mediante huella o reconocimiento facial.


⚠️ Cuidado con apps falsas del DNI digital

El Ministerio del Interior advierte que existen aplicaciones no oficiales como:

  • “mi DNI digital”
  • “DNI Wallet”

Estas no tienen validez legal y funcionan como simples copias o imágenes del documento.

👉 La app oficial:

  • Se llama MiDNI
  • Tiene fondo azul oscuro
  • Incluye referencias a la Policía Nacional
  • Muestra elementos de la bandera española y europea

🧾 Para qué sirve el DNI digital

El DNI en el móvil tendrá validez en múltiples situaciones presenciales, entre ellas:

  • Identificación ante autoridades
  • Trámites administrativos
  • Apertura de cuentas bancarias
  • Registro en hoteles
  • Contratación de seguros
  • Recogida de paquetes
  • Acceso a eventos y edificios
  • Compra de entradas nominativas
  • Acreditación de mayoría de edad

🚫 Limitaciones del DNI digital (importante)

Aunque supone un gran avance, el DNI digital tiene algunas restricciones clave:

✈️ No sirve para viajar

No sustituye al DNI físico ni al pasaporte en:

  • Vuelos nacionales
  • Vuelos internacionales
  • Controles de seguridad

🗳️ No válido para votar

La Junta Electoral ha decidido que no se puede usar para identificarse en elecciones, al considerar que el sistema aún necesita más garantías.


🔒 Privacidad y control de datos

Una de las principales ventajas del sistema es que no muestra todos los datos del usuario, sino que permite elegir qué información compartir.

🧩 Niveles de identificación:

  • DNI EDAD: foto, nombre y mayoría de edad
  • DNI SIMPLE: datos básicos y validez
  • DNI COMPLETO: toda la información

El código QR generado:

  • Es único
  • Dura 60 segundos
  • Se invalida automáticamente

📊 ¿Sustituye el DNI digital al físico?

No. El DNI en el móvil es complementario, no sustitutivo.

El documento físico sigue siendo:

  • Obligatorio
  • Necesario para viajar
  • Imprescindible en ciertos trámites

Además, debe mantenerse en vigor y renovarse según la edad del titular.


🧠 Qué cambia con el DNI digital en España

La llegada del DNI digital marca un paso más hacia la identidad electrónica en España, alineándose con otros servicios digitales como:

  • Certificados electrónicos
  • Firma digital
  • Administración online

Este sistema permitirá a millones de ciudadanos llevar su identificación siempre disponible, simplificando procesos y reduciendo la dependencia del formato físico.


Un avance clave hacia la identidad digital

El DNI en el móvil representa una transformación importante en la forma de identificarse en España. Aunque aún tiene limitaciones, su implementación abre la puerta a un futuro donde la identidad digital será cada vez más habitual, segura y eficiente.

La evolución del DNI en España:

  1. Introducción del DNI electrónico (DNIe): Una de las transformaciones más significativas ocurrió con la introducción del DNIe en 2006. Este documento incorpora un chip electrónico que almacena información biométrica y permite la autenticación digital. Además, posibilita la realización de trámites en línea y la firma digital.
  2. Actualizaciones de seguridad y diseño: A lo largo de los años, se han implementado mejoras en las medidas de seguridad del DNI para prevenir la falsificación y el uso fraudulento. Estas actualizaciones han incluido elementos como hologramas, microtextos y marcas de agua.
  3. Cambios en el formato y la presentación: El formato físico del DNI ha experimentado modificaciones en términos de tamaño y diseño. Estos cambios buscan mejorar la legibilidad y la identificación visual del documento.
  4. Renovación y caducidad: Las autoridades españolas suelen establecer períodos de validez para los DNIs, y los ciudadanos deben renovar su documento al llegar a la fecha de caducidad. Durante este proceso, es posible que se realicen actualizaciones tecnológicas y de seguridad.
  5. Incorporación de datos biométricos: El DNI actual incluye datos biométricos como la fotografía y las huellas dactilares, lo que contribuye a una identificación más precisa y segura.
  6. Digitalización de trámites: Con la introducción del DNIe, se ha fomentado la digitalización de trámites administrativos, permitiendo a los ciudadanos realizar gestiones de manera electrónica, lo que agiliza y simplifica procesos.

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