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La Ley del Taxi del Consell primará a las mujeres en el caso de empate en las solicitudes

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El Consell ha aprobado el proyecto de Ley del Taxi de la Comunitat Valenciana para poder iniciar su tramitación en Les Corts.

El texto, que fue presentado por primera vez al Consell el pasado mes de diciembre, ha sido sometido a exposición pública y a las consultas de las asociaciones más representativas del sector del taxi, de las asociaciones de consumidores y usuarios, asociaciones de personas discapacitadas o la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.

Además, se ha recabado el dictamen del Consell Econòmic i Social y del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, lo que ha contribuido a mejorar la ley, así como la redacción y comprensión del texto.

El proyecto de Ley del Taxi tiene como espíritu fundamental la profesionalización del sector para mejorar la calidad del servicio que se ofrece, además de acabar con las confusiones en materia competencial y garantizar la homogeneidad al sector.

Se pretende ofrecer a los profesionales de esta actividad un marco jurídico que les permita su actividad en condiciones de homogeneidad, modernidad y seguridad, reconociendo la contribución que prestan a la actividad productiva y económica, destacando el componente público que caracteriza sus prestaciones.

Mejoras introducidas en el proceso de participación

De esta manera, el nuevo texto del proyecto de ley, tras haber sido sometido a consultas de los distintos organismos y entidades, así como a información pública, ha incorporado una nueva disposición adicional que específica que no podrá existir más de una autorización para arrendamiento de vehículos con conductor por cada 30 autorizaciones existentes en la Comunitat.

También se ha modificado la disposición transitoria primera para permitir a las personas físicas titulares de varias autorizaciones de taxi continuar en posesión de las autorizaciones si en el plazo de seis meses, desde la entrada en vigor de la Ley, adscriben vehículo adaptado para personas con movilidad reducida.

Más protagonismo de género y de ayuntamientos

Entre las modificaciones destacan también las mejoras incorporadas en el artículo que hace referencia a las nuevas autorizaciones de taxi a través de un procedimiento de libre concurrencia.

En este punto se han introducido más garantías para los profesionales del taxi al concretar los criterios que deben valorarse en el procedimiento de libre concurrencia.

Además, como novedad, se ha añadido que debe existir siempre informe de ayuntamientos y representantes de taxistas y usuarios y que, en caso de empate entre dos solicitudes, se otorgará la autorización a favor de la mujer, al ser el género menos representado en el sector del taxi.

En el nuevo texto, los ayuntamientos, las asociaciones profesionales y las de los usuarios han cobrado más protagonismo al incorporar como preceptivos sus informes, antes de que la Administración pueda adoptar medidas en el supuesto de pretender reducir el número de autorizaciones de taxi y en el caso de que entienda que se deben modificar las tarifas, etc.

Finalmente, por razones de interés público, se incorpora la posibilidad de otorgar autorizaciones para prestar el servicio de taxi con vehículos de hasta 9 plazas en municipios y áreas de prestación conjunta, situadas en zonas rurales de interior.

Mayor calidad en el servicio

Así, la ley se distribuye en siete Títulos, una disposición adicional, tres transitorias, una derogatoria y siete finales. En primer lugar, el Título I, regula el objeto, ámbito de aplicación de la Ley, los principios por los que se rige y el reparto de competencias.

En este sentido, como novedad se puede destacar que se devuelven las competencias en esta materia para los municipios de menos de 20.000 habitantes que no estén en un Área de Prestación Conjunta.

El Título II se centra en el nuevo modelo impulsado basado en «un taxista, una licencia». Distribuido en cinco capítulos, regula el régimen jurídico de la actividad del servicio del taxi.

Contiene preceptos relativos a las autorizaciones de taxi, en concreto, los requisitos para su obtención, su vigencia y suspensión, su visado, rehabilitación y reactivación, su transmisión y los supuestos de extinción.

La ley aplica el modelo de prestación del profesional autónomo y, por lo tanto, sólo las personas físicas podrán ser titulares de una autorización o licencia, sin perjuicio de que este titular pueda contar con conductores colaboradores o asalariados.

El objetivo no es otro que garantizar una mayor eficacia y calidad del servicio porque se establece un contacto directo entre el usuario y la persona que explota el servicio. Con este modelo se evitarán las acumulaciones de licencias que pueden generar situaciones no deseables.

Se apuesta por un sector más profesionalizado donde sea el propio titular de la autorización el que explota el servicio, porque esto redunda directamente en la calidad del servicio que se presta a los usuarios. Para los casos de acumulación de licencias, la Ley establecerá un plazo de dos años para que se haga la transmisión de las licencias a otra persona física.

La expedición de nuevas autorizaciones de taxi se realizará a través de procedimientos de libre concurrencia y se expiden sin plazo de duración prefijado si bien su validez quedará condicionada a su visado periódico cada dos años para comprobar que se mantienen las condiciones en que la autorización fue expedida.

Vehículos de nueve plazas

La Ley también recoge entre otras novedades, que en régimen general se autorizarán vehículos de 5 plazas y de 7 para vehículos adaptados. Pero en casos excepcionales, como por ejemplo en zonas rurales donde no está garantizada una comunicación suficiente con transporte (conexión directa en la capital comarcal o provincial dos veces al día, de ida y retorno, mañana y tarde) se autorizarán vehículos de 9 plazas como transporte a la demanda y de agrupación de viajeros. Además, la antigüedad de los vehículos que prestan servicio de taxi no excederá de 12 años.

El Título III recoge el régimen tarifario de la prestación de los servicios de taxi mediante el establecimiento de tarifas urbanas e interurbanas, será la conselleria en materia de transporte la que deberá ajustar el régimen tarifario del taxi a los criterios establecidos en la ley en el plazo de 6 meses.

Por otra parte, en este punto hay que destacar que la Ley acabará con la tarifa variable porque las tarifas que se aplicarán para desplazamientos fuera de las municipios o las áreas de prestación conjunta serán las tarifas interurbanas. Igualmente, se aplicará la tarifa de la Comunidad Valenciana en viajes fuera de los límites de la autonomía.

Centros de Distribución de Servicios del Taxi

Además, en este apartado también se contempla como novedad la creación de la figura de los Centros de Distribución de los Servicios del Taxi, donde se ofrece la posibilidad a los taxistas de agruparse en una sociedad o cooperativa para poder concentrar la oferta de sus servicios y mejorar la comercialización.

En ningún caso el usuario asumirá el coste de la puesta a disposición del taxi mediante este servicio.

El Título IV regula las Áreas de Prestación Conjunta (APCs) como entidades formadas por varios municipios para la mejora de la prestación del servicio de taxi.

En este punto, la novedad más destacable es que las APCs se crearán por orden de la conselleria siempre previa consulta de las asociaciones representativas de taxistas y usuarios, además, se requerirá la conformidad de 2/3 de los ayuntamientos afectados que representen, al menos, un 50% de la población de derecho. Se pretende así favorecer y facilitar la creación de APCs.

Clarificación de los derechos, deberes y obligaciones

El Título V regula el estatuto jurídico de los usuarios y de los taxistas. La Ley parte de la concepción de que el servicio de taxi debe estar orientado a garantizar al usuario un servicio de la máxima calidad posible, en este título se regula un amplio elenco de derechos y deberes del mismo, así como, de obligaciones de los prestadores del servicio que, por primera vez, se les da rango de Ley.

El Título VI prevé la posibilidad de creación de órganos consultivos en materia de taxi, con participación de representantes de la Administración, de las asociaciones representativas del sector del taxi y de los consumidores y usuarios.

La función principal de estos órganos es colaborar con la Generalitat en la mejora de las condiciones de prestación de los servicios de taxi, fundamentalmente en lo relativo al incremento de la seguridad y calidad y a la incorporación de nuevas tecnologías.

Por último, el Título VII recoge el régimen sancionador dotándolo del marco legal adecuado y de las infracciones que se dividen en leves, graves o muy graves: las infracciones leves se sancionarán con multas de hasta 400 euros; las graves, con multa desde 401 hasta 2.000 euros; y las muy graves, con multa desde 2.001 hasta 6.000 euros y la posibilidad de declarar la caducidad del título administrativo habilitando.

Vehículos adaptados

Finalmente se recogen una serie de disposiciones adicionales, transitorias y finales, la finalidad de las cuales es contemplar aquellas situaciones que van a permitir una correcta aplicación de la Ley.

Cabe destacar la disposición transitoria primera que pretende aplicar medidas para conseguir un 5% de taxis adaptados y responder así a la demanda y a las necesidades actuales.

Por ejemplo, actualmente, este porcentaje no llega al 1% en el área de prestación conjunta de Valencia, por eso, a aquellos propietarios que tengan más de una licencia se les ofrece la posibilidad de mantenerlas durante un plazo máximo de 10 años si cambian su vehículo por un vehículo adaptado.

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Juan Carlos I renuncia a recuperar los 65 millones de euros que entregó a Corinna Larsen

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Corinna Larsen
El rey emérito Juan Carlos I junto a Corinna Larsen, a quien entregó 65 millones de euros en 2012 que finalmente no reclamará judicialmente.-CAPTURA DE PANTALLA

El rey emérito descarta finalmente emprender acciones judiciales contra su expareja y el abogado suizo Dante Canónica, a quienes pretendía reclamar más de 73 millones de euros por una operación económica vinculada a fondos procedentes de Arabia Saudí.

Juan Carlos I ha decidido no continuar con su intención de recuperar los 65 millones de euros que transfirió a Corinna Larsen en 2012, una cantidad que procedía de los fondos que el entonces monarca había recibido años antes de Arabia Saudí. El rey emérito renuncia así a presentar la demanda que había anunciado en abril de 2025 contra su antigua pareja sentimental y contra el abogado suizo Dante Canónica.

La decisión supone un nuevo giro en uno de los episodios económicos más controvertidos de la vida del padre de Felipe VI. Según ha publicado El País, citando fuentes próximas al entorno del exjefe del Estado, la reclamación judicial finalmente no se ha formalizado, pese a que inicialmente se había planteado exigir 70 millones de euros a Corinna Larsen y otros 3,5 millones al letrado suizo.

Con este cambio de postura, Juan Carlos I evita abrir otro procedimiento judicial relacionado con sus finanzas personales y con la fortuna que acabó en manos de quien fue su compañera sentimental durante años.

Juan Carlos I renuncia a demandar a Corinna Larsen por los 65 millones de euros

La intención del rey emérito de acudir a los tribunales se conoció en abril de 2025, cuando trascendió que estudiaba emprender acciones legales contra Corinna Larsen y Dante Canónica.

La reclamación no se limitaba a solicitar la devolución del dinero. También contemplaba posibles acciones por presunto fraude y vulneración del derecho al honor, en relación con las circunstancias de la transferencia y las declaraciones públicas realizadas por la empresaria.

Juan Carlos I consideraba que había sido engañado y pretendía obtener una compensación económica que superaba el importe originalmente entregado.

Sin embargo, más de un año después de anunciar sus intenciones, el antiguo monarca ha optado por no presentar la demanda.

Esta decisión evita reactivar un enfrentamiento judicial que podría haber vuelto a situar bajo el foco público las operaciones financieras del emérito y su relación con Corinna Larsen.

¿De dónde procedían los 65 millones de euros que Juan Carlos I entregó a Corinna?

El origen de esta fortuna se remonta a 2008, cuando Juan Carlos I recibió 100 millones de dólares del Ministerio de Finanzas de Arabia Saudí, durante el reinado de Abdalá bin Abdulaziz.

Los fondos fueron depositados en una cuenta bancaria vinculada a la fundación panameña Lucum, una estructura financiera relacionada con el patrimonio del entonces jefe del Estado español.

La operación adquirió especial relevancia pública años después, cuando comenzaron a conocerse detalles sobre las cuentas del rey emérito en el extranjero.

En 2012, el banco suizo Mirabaud & Cie exigió el cierre de la cuenta asociada a la fundación Lucum. Fue entonces cuando Juan Carlos I transfirió aproximadamente 65 millones de euros a Corinna Larsen.

La empresaria trasladó posteriormente ese patrimonio a una cuenta perteneciente a una de sus sociedades en Bahamas.

Una donación que se realizó después del escándalo de Botsuana

La transferencia tuvo lugar en 2012, el mismo año en el que salió a la luz el polémico viaje de Juan Carlos I a Botsuana para participar en una cacería de elefantes.

Aquel episodio marcó un punto de inflexión en la imagen pública del entonces monarca, especialmente después de que sufriera un accidente durante su estancia en el país africano.

Corinna Larsen formaba parte de aquel viaje, cuya repercusión mediática puso bajo escrutinio la vida privada del rey y su relación con la empresaria.

Meses después de aquel escándalo, Juan Carlos I formalizó la entrega de los 65 millones de euros que ahora ha decidido no reclamar judicialmente.

La clave de la fortuna de Corinna Larsen: una donación irrevocable

Uno de los aspectos fundamentales de este caso es la naturaleza jurídica de la transferencia realizada por Juan Carlos I.

Según la documentación de la operación, la entrega de los 65 millones de euros se formalizó como una donación irrevocable, una condición que resulta especialmente relevante a la hora de valorar cualquier posible reclamación posterior.

El documento establecía que Corinna Larsen no estaba obligada a devolver el dinero, ni siquiera en caso de fallecimiento del rey emérito.

Esta cláusula dificultaba una eventual reclamación basada únicamente en la voluntad de recuperar los fondos.

Aunque Juan Carlos I estudió la posibilidad de impugnar la operación, finalmente ha decidido no iniciar ese procedimiento.

La decisión no supone una nueva resolución judicial sobre la titularidad del dinero, sino que implica que el emérito no ha formalizado las acciones legales que había anunciado.

¿Quién es Dante Canónica y qué relación tiene con el dinero de Juan Carlos I?

El abogado suizo Dante Canónica también figuraba entre las personas contra las que Juan Carlos I pretendía emprender acciones judiciales.

Su nombre está vinculado a la estructura de la fundación Lucum, a través de la cual se canalizaron los fondos recibidos de Arabia Saudí.

La reclamación que se planteaba contra él ascendía a 3,5 millones de euros, mientras que la dirigida contra Corinna Larsen alcanzaba los 70 millones.

El rey emérito pretendía cuestionar las circunstancias de las operaciones económicas y exigir responsabilidades por los perjuicios que consideraba haber sufrido.

No obstante, la decisión de no presentar la demanda afecta a ambos y deja sin materializar aquella iniciativa judicial.

La relación entre Juan Carlos I y Corinna Larsen, marcada por las polémicas

La relación personal entre Juan Carlos I y Corinna Larsen ha protagonizado numerosos titulares durante las últimas décadas.

La empresaria alemana, conocida también como Corinna zu Sayn-Wittgenstein, mantuvo una estrecha vinculación con el entonces monarca y su nombre apareció posteriormente asociado a diferentes controversias relacionadas con las finanzas del rey emérito.

El viaje a Botsuana de 2012 contribuyó a que aquella relación adquiriera una gran dimensión mediática.

Con el paso de los años, las diferencias entre ambos trascendieron el ámbito privado y llegaron a los tribunales.

Las declaraciones públicas de Larsen sobre su relación con Juan Carlos I y las operaciones económicas relacionadas con el antiguo jefe del Estado también contribuyeron a mantener el caso en la actualidad informativa.

La intención anunciada en 2025 de reclamar judicialmente los millones transferidos parecía abrir un nuevo capítulo en ese enfrentamiento.

Sin embargo, la renuncia a presentar la demanda supone, por ahora, que no se iniciará ese nuevo procedimiento por parte del emérito.

Juan Carlos I evita una nueva batalla judicial por su fortuna

La decisión de Juan Carlos I llega después de varios años en los que sus actividades financieras han sido objeto de investigaciones y procedimientos judiciales tanto en España como en el extranjero.

Desde 2018, diferentes asuntos relacionados con el patrimonio y las operaciones económicas del rey emérito han generado una importante controversia pública.

Los procedimientos a los que se refiere la información publicada han terminado archivados, aunque la repercusión de estas investigaciones ha continuado afectando a su imagen.

En este contexto, la posibilidad de presentar una nueva demanda contra Corinna Larsen y Dante Canónica suponía volver a abrir un frente judicial de gran repercusión mediática.

La renuncia a reclamar los 65 millones de euros evita, al menos por esta vía, que las circunstancias de aquella donación vuelvan a examinarse en un nuevo procedimiento promovido por Juan Carlos I.

¿Qué ocurrirá ahora con los 65 millones de euros de Corinna Larsen?

La consecuencia inmediata de esta decisión es que Juan Carlos I no ha presentado la reclamación judicial que había anunciado para intentar recuperar el dinero.

La transferencia realizada en 2012 se formalizó mediante un documento que establecía expresamente su carácter irrevocable.

Por tanto, y de acuerdo con la información conocida, no existe una nueva resolución judicial que obligue a Corinna Larsen a devolver aquella cantidad.

El emérito tampoco ha formalizado la reclamación económica prevista contra Dante Canónica.

De este modo, Juan Carlos I deja atrás, por ahora, la posibilidad de recuperar mediante la demanda anunciada los 65 millones de euros entregados a su expareja, una fortuna cuyo origen y posterior transferencia han marcado algunos de los episodios más controvertidos de su trayectoria tras abandonar la jefatura del Estado.

 

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