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La vacuna de AstraZeneca, segura pero aún no aconsejable para mayores de 65

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EFE/NARENDRA SHRESTHA/Archivo

Madrid, 2 feb (EFE).- La vacuna de AstraZeneca contra la covid es «segura», no obstante, todo apunta a que en España, como ya se ha decidido en Alemania, no se vaya aún a administrar a los mayores de 65 años por la falta de datos que constaten su eficacia en este colectivo.

Este es uno de los temas que la Ponencia de Programa y Registro de Vacunaciones del Ministerio trata en su reunión de este martes y será mañana la Comisión de Salud Pública la que adopte una decisión al respecto, aunque Sanidad avanzó ayer que «es muy posible» que se opte por no recomendarla en mayores de 65.

Así lo aseguró el director del Centro de Coordinación Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, en su rueda de prensa que ofrece cada lunes para dar cuenta de la evolución de la pandemia, opinión que comparten varios expertos consultados por Efe, que insisten en que de momento no debería administrarse a ese colectivo.

Desde la Asociación Española de Vacunología (AEV), su vicepresidente, Fernando Moraga-Llop, recuerda que ya el comité asesor de vacunas alemán se ha definido en este sentido y muchos expertos en España ya habían comentado que los participantes de más de 65 años en los ensayos clínicos de la vacuna de AstraZeneca «era escaso».

«Aunque la EMA (Agencia Europea de Medicamentos) la haya aprobado a partir de los 18 años, supongo que también en el desarrollo de la ficha técnica contará ese aspecto, no es que la vacuna ni mucho menos esté contraindicada, pero hasta ahora la eficacia en mayores de 65 años no se puede demostrar», apunta Moraga-Llop.

Por eso, a juicio del experto no debería estar indicada para ese grupo de edad hasta que no haya datos estadísticos que constaten su eficacia, como sí la han demostrado, apunta, los fármacos de Pfizer/BiNTech y Moderna.

En el mismo sentido se pronuncia el portavoz de Vacunas de la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (Semfyc), Pablo Aldaz, quien incide en que la dispensación de éste como de cualquier otro fármaco depende de la ficha técnica.

Para que algo figure en la ficha técnica de un medicamento tiene que pasar por un proceso, tiene que demostrar «con una serie de evidencias científicas» que se puede suministrar con seguridad y eficacia a los grupos que se determina.

«En su ensayo, Pfizer por ejemplo no tenía mayores, solo un 4 %, pero al menos los tenía», indica Aldaz, que pone también el ejemplo con los niños, que tampoco han participado en estas pruebas, con lo que no se les puede incluir como colectivos en las fichas técnicas de estas vacunas.

Aldaz recalca que esto no quiere decir que la vacuna «sea buena o mala», solo que no hay evidencia científica de su eficacia en mayores de 65, con lo que en este caso, la farmacéutica AstraZeneca tendrá que plantear si va a hacer estudios y ensayos al respecto.

«Desde el punto de vista de la seguridad no creemos que vaya a haber problema, no va a haber mucha diferencia entre una persona de 60 años y una de 70», pero queda la duda de la eficacia abunda el portavoz de vacunas de la Semfyc.

En este sentido, explica que las personas a medida que se hacen mayores desarrollan el fenómeno de la inmunosenescencia: «nuestro sistema inmunitario responde peor a los estímulos que tenemos, ya sean infecciones, vacunas o lo que sea».

Por eso, hay que demostrar que una vacuna en ese tramo de edad es eficaz, porque si no, se pregunta el experto, «¿para qué la vamos a poner?».

Esta situación no alteraría, según Aldaz, el plan de vacunación puesto que está «bastante bien cubierto» el colectivo de las personas de centros sociosanitarios, que son los de mayor riesgo, con los fármacos de Pfizer y Moderna.

«Lo que tenemos que transmitir es que no es una vacuna mala, no es un problema de seguridad ni muchísimo menos, es un principio de precaución, nada más, pero los datos que tenemos es que será segura y eficaz en mayores de 65 pero nos faltan los datos», remarca el experto de la Semfyc.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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