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Las 29 medidas que el Gobierno impone para la ‘Vuelta al cole 2020’

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Los ministros de Sanidad, Educación y Política Territorial han comparecido este jueves, tras reunirse con las comunidades autónomas, para dar cuenta de los acuerdos y medidas consensuadas para la ‘delicada’ vuelta al cole 2020-2021.

Isabel Celaá, titular de Educación, ha anunciado un «acuerdo total» entre Gobierno y las autonomías para cerrar un protocolo de vuelta al cole «presencial y segura».

Se trata de un acuerdo compuesto por 29 medidas y 5 recomendaciones. Algunas de ellas incluyen incluyen la presencialidad para todas las etapas.

Estas son algunas de las medidas más destacadas a implantar:

– El colegio será presencial para todos los niveles y etapas, siendo prioritaria para el alumnado de menor edad, al menos hasta cuarto de la ESO.

– Solo se suspenderá de forma generalizada la actividad presencial en los colegios por parte de una comunidad autónoma ante «situaciones excepcionales», previa comunicación al Ministerio de Sanidad y previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

– Los centros educativos estarán abiertos durante todo el curso escolar asegurando los servicios de comedor, y el apoyo lectivo a menores con necesidades especiales siempre que la situación epidemiológica lo permita.

– Se debe mantener una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros en las interacciones entre las personas en el centro educativo.

– El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de 6 años, con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal.

– Se realizará una higiene de manos de forma frecuente al menos a la entrada y salida del centro, antes y después del patio, de comer y siempre después de ir al aseo. En todo caso un mínimo de cinco veces al día.

– El personal que trabaje en el centro educativo debe reducir al máximo su permanencia en el mismo. Para ello, se promueve la realización telemática de todas aquellas actividades no lectivas que lo permitan.

– Todos los centros educativos deben designar a una persona responsable para los aspectos relacionados con COVID-19 que será la persona que actuará como interlocutor con los servicios sanitarios.

– Para educación infantil y en primer ciclo de educación primaria, la organización del alumnado se establecerá, con carácter general, en grupos de convivencia estable. En estos casos no se aplicarán criterios de limitación de distancia.

– Los eventos deportivos o celebraciones que se lleven a cabo en los centros educativos se realizarán sin asistencia de público.

– El alumnado debe recibir educación para la salud para posibilitar una correcta higiene de manos e higiene respiratoria y el uso adecuado de la mascarilla.

– Se debe intensificar la limpieza, en especial en los baños y en las superficies de mayor uso. Se ventilarán con frecuencia las instalaciones del centro, al menos durante 10 – 15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo, y siempre que sea posible entre clases, manteniéndose las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible.

– En comedores escolares o espacios alternativos habilitados para las comidas, tendrá que mantenerse la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros, excepto en los grupos de convivencia estable y se asignarán puestos fijos durante todo el año para el alumnado.

– En el transporte escolar colectivo será obligatorio el uso de mascarilla a partir de los 6 años, y recomendable para los de 3 a 5 años. Se asignarán asientos fijos al alumnado para todo el curso escolar, salvo que, en base a la situación epidemiológica, las autoridades sanitarias determinen un uso más restrictivo.

En el caso de detectar algún caso de COVID-19 en el centro educativo:

– Evitar la asistencia al centro de personas sintomáticas.

– Aislamiento precoz y referencia al sistema sanitario de personas con síntomas.

– Se deberá tomar la temperatura corporal a todo el alumnado y el personal de forma previa al inicio de la jornada. Cada centro educativo dispondrá la forma de llevar a cabo esta obligación, evitando en todo caso aglomeraciones y asegurando el mantenimiento de la distancia interpersonal de al menos 1,5 metros.

– No deben acudir al centro educativo aquellas personas que tengan síntomas compatibles con la infección, ya sean parte del alumnado, profesorado u otro personal, y tampoco aquellas que se encuentren en aislamiento o en período de cuarentena por contacto estrecho con un caso sospechoso o confirmado.

Estas son las cinco recomendaciones que también es necesario poner en marcha si es posible:

– Priorizar la utilización de espacios al aire libre.

– En las etapas educativas superiores al primer ciclo de Educación Primaria el alumnado puede organizarse en grupos de convivencia estable en la medida de lo posible.

– Priorizar la comunicación con las familias mediante teléfono, correo electrónico, mensajes o correo ordinario, facilitando las gestiones administrativas de forma telemática.

– Se recomienda a la ciudadanía la priorización del transporte activo (andando o en bicicleta) en rutas seguras a la escuela como opción de movilidad que mejor garantiza la distancia interpersonal.

– Emprender acciones para prevenir el estigma o discriminación en relación con la COVID-19, cuidando de manera especial las situaciones de mayor vulnerabilidad emocional y social que hayan podido producirse como consecuencia la pandemia.

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El Congreso tumba los dos decretos de vivienda del Gobierno tras el rechazo de PP, Vox y Junts

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ley del alquiler
Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Congreso de los Diputados ha rechazado los dos reales decretos-ley de vivienda sometidos a convalidación en el pleno extraordinario celebrado este viernes. Al no obtener la mayoría necesaria, las normas no han sido convalidadas por la Cámara.

El efecto jurídico concreto sobre cada medida depende del contenido de los decretos y de su eventual tramitación parlamentaria. En términos generales, cuando un real decreto-ley no es convalidado, deja de producir efectos conforme a lo previsto en la Constitución y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las situaciones jurídicas generadas durante el periodo en el que estuvo vigente.

El Congreso no convalida los dos decretos de vivienda

El primer decreto ha sido rechazado por 178 votos frente a 172. En la segunda votación, el resultado ha sido de 184 votos en contra y 166 a favor.

PP, Vox, Junts y UPN han votado en contra de los dos textos. En el segundo decreto también se han opuesto otras formaciones, entre ellas el PNV y Coalición Canaria, según el resultado de la votación comunicado tras el pleno.

La falta de convalidación impide que ambos reales decretos-ley continúen aplicándose como normas de urgencia en los términos en los que fueron aprobados. No obstante, la consecuencia sobre contratos, procedimientos judiciales o situaciones iniciadas durante su vigencia debe determinarse conforme a las disposiciones transitorias, al contenido de cada decreto y a la interpretación de los órganos competentes.

Junts mantiene su rechazo a los decretos

El voto de Junts ha contribuido a que el Gobierno no alcanzara la mayoría necesaria para convalidar los textos. La formación catalana había reclamado la retirada de los decretos y la elaboración de una nueva propuesta que permitiera negociar las medidas de vivienda.

Junts ha cuestionado parte del contenido de las normas y ha defendido la necesidad de introducir modificaciones antes de plantear una nueva votación parlamentaria.

El Gobierno decidió mantener el debate y someter ambos reales decretos-ley a la consideración del pleno para su convalidación.

¿Qué medidas dejan de estar vigentes?

La no convalidación afecta a las medidas incorporadas específicamente en los dos reales decretos-ley, entre ellas las disposiciones sobre protección de determinados hogares vulnerables frente a procedimientos de desahucio y las previsiones relativas a la duración o prórroga extraordinaria de algunos contratos de alquiler.

También quedan afectadas las restantes modificaciones normativas incluidas en esos textos sobre vivienda y arrendamientos. Sin embargo, no desaparece toda la regulación estatal sobre estas materias: continúan vigentes las normas anteriores que no hayan sido modificadas o sustituidas por los decretos rechazados.

La aplicación práctica de la pérdida de vigencia puede variar según la medida concreta, la fecha en la que se inició cada procedimiento y las reglas transitorias previstas. Por ello, el rechazo parlamentario no permite afirmar automáticamente que todos los contratos o procedimientos afectados vuelvan a la situación anterior en idénticos términos.

El Gobierno deberá valorar nuevas iniciativas

El rechazo de los decretos obliga al Ejecutivo a valorar si presenta nuevas iniciativas legislativas y qué cambios introduce para intentar obtener una mayoría suficiente en el Congreso. Cualquier nueva medida deberá seguir el procedimiento parlamentario correspondiente y no tendrá efectos hasta su aprobación y entrada en vigor.

La vivienda continúa en el centro del debate político por la evolución de los precios del alquiler, la disponibilidad de viviendas y las dificultades de acceso para determinados colectivos.

La votación deja pendiente la negociación entre el Gobierno y los grupos parlamentarios sobre la protección de los hogares vulnerables, la regulación de los arrendamientos y el resto de medidas incluidas en los decretos que no han sido convalidados.

El Gobierno abre la puerta a un adelanto electoral si decaen los decretos de vivienda

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