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Consumo

Las personas dependientes esperan 426 días para ser atendidos

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Valencia, 19 dic.- Las personas en situación de dependencia deben esperar una media de 426 días para que sus expedientes se resuelvan y sean atendidos.

Es uno de los datos que ha hecho público la Asociación Estatal de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales (Aedgs) a partir de un borrador del Imserso al que ha tenido acceso fruto del compromiso de transparencia integrado en el llamado Pacto de Estado por la dependencia. Así, según han recogido distintos medios de comunicación, Canarias, con 785 días, Extremadura (675 días), Andalucía (621 días) y Cataluña (576 días) son las comunidades autónomas donde los dependientes deben esperar mayor tiempo a la espera de que les sea concedida la ayuda.

Esta asociación ha denunciado que, si bien el plazo máximo para resolver un expediente se sitúa en seis meses (180 días) sólo hay cuatro territorios por debajo de esa cantidad: Ceuta, con 70 días; Melilla, con 170 días; País Vasco, con 137 días; y Navarra con 155 días. De aquellas que superan el plazo, Castilla y León es la que lo hace por menos, con 191 días de espera.

La Aedgs también ha informado de que, por primera vez desde 2016, el número de personas con el derecho reconocido a dependencia en espera de atención ha aumentado de 378.605 a 422.959, de las cuales más de la mitad son andaluzas (123.000) y catalanas (103.000). El incremento ha sido de más de un 10% entre enero y noviembre.

Según la asociación, en 2019 estima que habrá unas 31.000 personas que podrían llegar a fallecer mientras esperan a que sea resuelto su expediente y recibir la prestación o servicio, teniendo en cuenta que más de la mitad de personas solicitantes tienen más de 85 años.

Por otro lado, también facilitan el dato de que el 75% de las personas que atienden a personas dependientes son sus hijas, madres o parejas, y alerta de que, junto a la brecha de género que esto supone, la demora en ofrecer servicios de asistencia provoca grandes sobrecargas familiares.

La dependencia en la Comunitat Valenciana

La Comunitat Valenciana tiene una lista de espera de 14.674 personas en noviembre de 2019, según datos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad recogidos por Europa Press. Este dato se refiere al número de personas en situación de dependencia que no reciben ninguna prestación, que desciende en más de 500 con respecto a octubre (15.208), pero suma 3.428 más que en noviembre de 2018.

Por otra parte, un total de 86.926 personas cobran en noviembre de 2019 alguna ayuda por su situación de dependencia en la Comunitat Valenciana, frente a las 101.600 que tienen reconocido el derecho a hacerlo. En total, hay casi 1.500 personas más que en octubre (85.199), y más de 14.000 más que en noviembre de 2018, cuando había 72.807.

En noviembre de 2019 hubo un total de 101.600 personas dependientes en la Comunitat Valenciana. En comparación con el mismo periodo del año pasado, varió en 17.547 personas.

Respecto al resto de autonomías, la valenciana es la sexta con un menor porcentaje de dependientes con alguna prestación reconocida sin atención, según datos de la Asociación de Directoras y Gerentes de Servicios Sociales.

En concreto, el 14,4% del total se encuentran en esta situación, y este porcentaje solo es más bajo en Murcia, Galicia, Castilla-La Mancha, Navarra, Castilla y León y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Fuente: Facua y EP

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Consumo

Comunicado de Airbnb

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Airbnb rechaza el listado de Consumo y critica el auto del TSJM

Airbnb ha manifestado su «firme oposición» al procedimiento llevado a cabo por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, tras conocerse este lunes un auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que insta a la plataforma a eliminar 5.800 anuncios de pisos turísticos.

La compañía denuncia el uso de una «metodología indiscriminada» en la elaboración del listado de anuncios presuntamente ilegales, que formaría parte de una serie de resoluciones remitidas por Consumo, y ha confirmado que continuará recurriendo las decisiones judiciales por considerar que «están en desacuerdo con las normativas españolas y europeas».


Airbnb defiende la legalidad de su plataforma

Un portavoz de Airbnb ha explicado que el Ministerio de Consumo «no es competente para hacer cumplir regulaciones turísticas» y que ha enviado un listado que incluye anuncios con licencia y otros que, según la plataforma, «podrían no necesitarla, como los arrendamientos de temporada».

Además, ha afirmado que Consumo ha ignorado resoluciones del Tribunal Supremo que aclaran que no todos los anuncios de Airbnb están obligados a mostrar un número de registro. Según la sentencia del Supremo de enero de 2022, la obligación recae sobre el prestador del servicio turístico, no sobre la plataforma de intermediación.


Airbnb se acoge a la Ley de Servicios Digitales

La compañía ha insistido en que actúa conforme a la Ley de Servicios Digitales europea, y que no tiene obligaciones de supervisión activa sobre el contenido publicado por los usuarios. En esta línea, recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó en diciembre de 2019 que Airbnb es un servicio de la sociedad de la información, y no un agente inmobiliario, por lo que su función es la de intermediación.

Este argumento es clave en la defensa de la plataforma, que reitera que los anfitriones son responsables de cumplir con las leyes locales y de que los anuncios incluyan la información necesaria cuando así se requiera.


Consumo ya ha notificado más de 65.000 anuncios

En los últimos meses, el Ministerio de Consumo ha remitido a Airbnb tres resoluciones diferentes en las que notificó un total de 65.935 anuncios supuestamente ilegales. El auto conocido este lunes por parte del TSJM corresponde a la primera de esas resoluciones, que obliga a retirar 5.800 anuncios concretos.

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha calificado esta decisión como una «gran victoria» en defensa del derecho a la vivienda y ha afirmado que se trata de un «aval claro a la labor del ministerio» en su objetivo de proteger a los consumidores.

Respecto a las otras dos resoluciones, el Ministerio espera que la justicia se pronuncie en la misma línea, aunque reconoce que la plataforma «habrá recurrido» también estos casos.


Airbnb recuerda sus políticas de cumplimiento

En relación con sus procedimientos, Airbnb ha recordado que siempre informa a los anfitriones de la necesidad de cumplir las leyes locales antes de publicar sus anuncios. La plataforma exige a los usuarios que certifiquen que cuentan con los permisos necesarios y les recuerda de forma periódica que revisen la normativa aplicable.

Esto se deja claro en los Términos de Servicio y los usuarios que no cumplan con las políticas pueden ser eliminados de la plataforma”, ha indicado el portavoz.

Además, aclaran que no todos los alojamientos publicados en la web corresponden a viviendas turísticas. También se incluyen apartamentos turísticos, hoteles, hostales o arrendamientos de temporada, modalidades que no están sujetas a las mismas obligaciones que el alquiler vacacional de corta duración.


Colaboraciones recientes con gobiernos regionales

Para demostrar su voluntad de cooperación, Airbnb ha puesto en valor sus recientes acuerdos con gobiernos autonómicos como los de Islas Canarias, Región de Murcia y el Consejo Insular de Ibiza, con el objetivo de fomentar un modelo de turismo sostenible. Según la plataforma, estas iniciativas son ejemplos de que «Airbnb quiere trabajar junto a las autoridades locales para crear un sistema equilibrado y beneficioso para todas las partes implicadas».


¿Por qué considera Consumo que los anuncios son ilegales?

La Dirección General de Consumo ha detallado tres motivos principales por los que considera que los anuncios detectados en Airbnb incumplen la normativa vigente:

1. Falta de número de licencia

Una gran parte de los anuncios analizados no incluyen el número de licencia o registro obligatorio, exigido por varias normativas autonómicas. Esta omisión constituye, según el Ministerio, la infracción más frecuente en la publicidad alojada en la plataforma.

2. Falta de información sobre el arrendador

Otro incumplimiento recurrente es que no se identifica la naturaleza jurídica del arrendador. Es decir, no se especifica si quien alquila es un particular o un profesional, algo fundamental para determinar si el contratante está protegido por la legislación de consumo.

3. Licencias no válidas o falsificadas

Consumo también denuncia la presencia de anuncios con números de licencia falsos o inválidos, es decir, no expedidos por ninguna autoridad oficial. Esta práctica puede ser considerada engañosa o fraudulenta, ya que puede inducir a error a los usuarios que creen estar alquilando alojamientos legales.


Conclusión: choque entre Airbnb y Consumo por el control del alquiler turístico

El conflicto entre Airbnb y el Ministerio de Consumo refleja un choque de competencias y de interpretaciones legales sobre cómo debe regularse el alquiler turístico en España. Mientras Consumo insiste en la necesidad de más transparencia y legalidad en las plataformas, Airbnb reivindica su papel como intermediario tecnológico, sin responsabilidad directa sobre el contenido que publican los anfitriones.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid marca un punto de inflexión en la batalla judicial entre la administración y las plataformas digitales, y podría sentar precedente para el control del mercado de alquiler turístico en España.

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