Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con división interna y descarta que sea una «autoamnistía»

Publicado

en

Carles Puigemont

La mayoría progresista del TC respalda la medida al considerar que responde a una crisis política excepcional y no contraviene la Constitución. El bloque conservador vota en contra.

El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la controvertida ley de amnistía para el ‘procés’, destinada a extinguir la responsabilidad penal de los líderes independentistas catalanes, al considerar que no vulnera la Constitución española ni representa una «autoamnistía». La decisión ha salido adelante por una ajustada mayoría de 6 votos a favor y 4 en contra, reflejando la profunda división entre los magistrados progresistas y conservadores.

La sentencia, de 205 páginas, da carpetazo al recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, que cuestionaba la legalidad de toda la norma. El alto tribunal, sin introducir cambios sustanciales en el texto, ha respaldado la ponencia elaborada por la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, y defendida por el presidente Cándido Conde-Pumpido, quien la calificó de “excelente”.


No es una «autoamnistía», según el TC

El Pleno del TC rechaza que la ley suponga una autoamnistía, figura proscrita por el derecho internacional. Según la sentencia, una norma aprobada por el Parlamento en un Estado democrático no puede equipararse a una autoamnistía, que es propia de regímenes autoritarios o transiciones post-dictatoriales.

Además, la corte subraya que la Constitución española no prohíbe expresamente la amnistía, y que el silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición tácita:

“El legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente. De lo contrario, se limitarían las facultades del Parlamento sin base en el texto constitucional”.


Una medida para resolver una crisis política excepcional

El Tribunal Constitucional defiende que la amnistía tiene una finalidad legítima al responder a un “supuesto paradigmático de crisis política y constitucional”: el desafío independentista que culminó con el referéndum del 1 de octubre de 2017.

En su análisis, el tribunal sostiene que los hechos del ‘procés’ supusieron una fractura profunda en la sociedad catalana y española, afectando a la convivencia, la estabilidad institucional y el respeto al orden constitucional. Por ello, considera que la ley busca restaurar la cohesión social y la paz ciudadana.

La sentencia también aclara que la amnistía no borra los hechos, sino que elimina las consecuencias penales asociadas a ellos:

“Los hechos son o no son. Ninguna ley de amnistía puede hacerlos desaparecer. Lo que se extingue son las sanciones penales, no la memoria ni el juicio histórico”.


El Constitucional evita valorar motivaciones políticas

Frente a los argumentos del PP, que calificaban la norma de “pago político” para facilitar la investidura de Pedro Sánchez, el TC reitera que su papel no es juzgar intenciones políticas, sino evaluar la constitucionalidad de la ley:

“La voluntad del legislador no puede confundirse con la de cada parlamentario. No corresponde al tribunal levantar el velo sobre motivaciones políticas”.

En este sentido, recuerda que toda norma emana de decisiones políticas y que no es necesario justificarla desde un “ideal de justicia”, como sostenía el PP. Basta con que haya circunstancias excepcionales y que no se vulneren derechos fundamentales.


Euroórdenes y malversación: puntos clave aún pendientes

El Tribunal también se pronuncia sobre el impacto de la amnistía en el ámbito europeo, avalando que las órdenes europeas de detención (euroórdenes) decaigan automáticamente si el delito al que se refieren ha sido amnistiado. Esto afectaría directamente a líderes como Carles Puigdemont, cuya entrega había sido solicitada por España.

Sin embargo, el TC no entra a valorar la posible amnistía del delito de malversación, crucial para casos como el de Puigdemont y Oriol Junqueras, ya que ese punto no fue incluido en el recurso del PP. Esta cuestión será analizada cuando el tribunal resuelva los recursos de amparo presentados por los propios líderes independentistas.


Rechaza interferencia en el Poder Judicial

Otro de los argumentos rechazados por el Constitucional es el supuesto choque entre el Poder Legislativo y el Judicial. El tribunal afirma que la ley no impone a los jueces órdenes o presiones y que respeta plenamente la independencia judicial:

“No se percibe reproche alguno al Poder Judicial ni presión para que los jueces actúen de determinada manera”.


Conclusión: constitucional, legítima y excepcional

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional legitima la ley de amnistía como una herramienta válida en un sistema democrático para resolver crisis políticas que no encuentran salida con los instrumentos ordinarios del Derecho.

El texto también sirve de respaldo jurídico a la estrategia del Gobierno de Pedro Sánchez y da cobertura legal a los tribunales que deban aplicar la norma en los próximos meses.


Metadescripción SEO:

El Tribunal Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con 6 votos a favor y 4 en contra. Descarta que sea una «autoamnistía» y la considera constitucional al responder a una crisis política excepcional

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Playas con prohibición de baño en la Comunidad Valenciana en 2025: Dosel en Cullera y tramo en Calpe

Publicado

en

Cullera playa Dosel prohibido bañarse

En 2025, en la Comunidad Valenciana solo dos zonas de baño cuentan con prohibición temporal para el baño debido a problemas de contaminación bacteriana. Estas medidas buscan proteger la salud pública y garantizar la seguridad de los bañistas. A continuación, te contamos qué playas están afectadas y los motivos detrás de estas restricciones.

Playas con prohibición de baño en la Comunidad Valenciana

1. Playa del Dosel, Cullera (Valencia)

El Ayuntamiento de Cullera ha prohibido el baño en la playa del Dosel tras detectarse niveles elevados de bacterias en sus aguas. La medida se mantiene mientras se esperan nuevos análisis para confirmar que la calidad del agua ha mejorado y así poder reabrir la zona de baño con seguridad.

2. Tramo de la playa de Calpe (Alicante)

En Calpe, un tramo concreto de la playa ha sido cerrado temporalmente al baño debido a la detección de contaminación microbiológica. Las autoridades locales mantienen controles constantes para asegurar que el agua cumpla con los estándares sanitarios antes de levantar la prohibición.

Consulta el estado actualizado de las playas en la Comunidad Valenciana

Para evitar sorpresas y planificar tus visitas a la playa con seguridad, puedes consultar el estado actualizado de las zonas de baño en la web oficial de la Generalitat Valenciana:
Calidad de aguas de baño – Generalitat Valenciana


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo