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El Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con división interna y descarta que sea una «autoamnistía»

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Carles Puigemont

La mayoría progresista del TC respalda la medida al considerar que responde a una crisis política excepcional y no contraviene la Constitución. El bloque conservador vota en contra.

El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la controvertida ley de amnistía para el ‘procés’, destinada a extinguir la responsabilidad penal de los líderes independentistas catalanes, al considerar que no vulnera la Constitución española ni representa una «autoamnistía». La decisión ha salido adelante por una ajustada mayoría de 6 votos a favor y 4 en contra, reflejando la profunda división entre los magistrados progresistas y conservadores.

La sentencia, de 205 páginas, da carpetazo al recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, que cuestionaba la legalidad de toda la norma. El alto tribunal, sin introducir cambios sustanciales en el texto, ha respaldado la ponencia elaborada por la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, y defendida por el presidente Cándido Conde-Pumpido, quien la calificó de “excelente”.


No es una «autoamnistía», según el TC

El Pleno del TC rechaza que la ley suponga una autoamnistía, figura proscrita por el derecho internacional. Según la sentencia, una norma aprobada por el Parlamento en un Estado democrático no puede equipararse a una autoamnistía, que es propia de regímenes autoritarios o transiciones post-dictatoriales.

Además, la corte subraya que la Constitución española no prohíbe expresamente la amnistía, y que el silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición tácita:

“El legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente. De lo contrario, se limitarían las facultades del Parlamento sin base en el texto constitucional”.


Una medida para resolver una crisis política excepcional

El Tribunal Constitucional defiende que la amnistía tiene una finalidad legítima al responder a un “supuesto paradigmático de crisis política y constitucional”: el desafío independentista que culminó con el referéndum del 1 de octubre de 2017.

En su análisis, el tribunal sostiene que los hechos del ‘procés’ supusieron una fractura profunda en la sociedad catalana y española, afectando a la convivencia, la estabilidad institucional y el respeto al orden constitucional. Por ello, considera que la ley busca restaurar la cohesión social y la paz ciudadana.

La sentencia también aclara que la amnistía no borra los hechos, sino que elimina las consecuencias penales asociadas a ellos:

“Los hechos son o no son. Ninguna ley de amnistía puede hacerlos desaparecer. Lo que se extingue son las sanciones penales, no la memoria ni el juicio histórico”.


El Constitucional evita valorar motivaciones políticas

Frente a los argumentos del PP, que calificaban la norma de “pago político” para facilitar la investidura de Pedro Sánchez, el TC reitera que su papel no es juzgar intenciones políticas, sino evaluar la constitucionalidad de la ley:

“La voluntad del legislador no puede confundirse con la de cada parlamentario. No corresponde al tribunal levantar el velo sobre motivaciones políticas”.

En este sentido, recuerda que toda norma emana de decisiones políticas y que no es necesario justificarla desde un “ideal de justicia”, como sostenía el PP. Basta con que haya circunstancias excepcionales y que no se vulneren derechos fundamentales.


Euroórdenes y malversación: puntos clave aún pendientes

El Tribunal también se pronuncia sobre el impacto de la amnistía en el ámbito europeo, avalando que las órdenes europeas de detención (euroórdenes) decaigan automáticamente si el delito al que se refieren ha sido amnistiado. Esto afectaría directamente a líderes como Carles Puigdemont, cuya entrega había sido solicitada por España.

Sin embargo, el TC no entra a valorar la posible amnistía del delito de malversación, crucial para casos como el de Puigdemont y Oriol Junqueras, ya que ese punto no fue incluido en el recurso del PP. Esta cuestión será analizada cuando el tribunal resuelva los recursos de amparo presentados por los propios líderes independentistas.


Rechaza interferencia en el Poder Judicial

Otro de los argumentos rechazados por el Constitucional es el supuesto choque entre el Poder Legislativo y el Judicial. El tribunal afirma que la ley no impone a los jueces órdenes o presiones y que respeta plenamente la independencia judicial:

“No se percibe reproche alguno al Poder Judicial ni presión para que los jueces actúen de determinada manera”.


Conclusión: constitucional, legítima y excepcional

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional legitima la ley de amnistía como una herramienta válida en un sistema democrático para resolver crisis políticas que no encuentran salida con los instrumentos ordinarios del Derecho.

El texto también sirve de respaldo jurídico a la estrategia del Gobierno de Pedro Sánchez y da cobertura legal a los tribunales que deban aplicar la norma en los próximos meses.


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El Tribunal Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con 6 votos a favor y 4 en contra. Descarta que sea una «autoamnistía» y la considera constitucional al responder a una crisis política excepcional

 

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Cancelación de trenes por la huelga del 9, 10 y 11 de febrero: consulta el estado de tu tren de Renfe, Ouigo e Iryo

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huelga maquinistas
Los maquinistas convocan una huelga general: estos son los días de paro

La huelga ferroviaria convocada para los días 9, 10 y 11 de febrero afectará de forma significativa al transporte en tren en España. Los sindicatos del sector mantienen los paros de 24 horas durante estas tres jornadas, lo que provocará cancelaciones y modificaciones en los servicios de Renfe, Ouigo e Iryo, especialmente en los trenes de alta velocidad, larga distancia y media distancia.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha decretado servicios mínimos del 73% en alta velocidad, pero aun así se prevé la supresión de hasta 350 trenes en total, lo que obligará a miles de pasajeros a revisar el estado de sus viajes.

La huelga ferroviaria en Valencia continúa afectando a miles de usuarios de Cercanías, con retrasos y cancelaciones en múltiples líneas durante la primera jornada. Las Líneas C1, C2, C3 y C6 han registrado incidencias tanto por la movilización de los trabajadores como por averías técnicas, lo que ha generado alteraciones significativas en los horarios habituales. Renfe y los sindicatos mantienen posiciones enfrentadas sobre el seguimiento de la huelga, mientras los viajeros deben consultar el estado de sus trenes antes de desplazarse para evitar contratiempos. La combinación de servicios mínimos y averías convierte esta jornada en una de las más complicadas para los usuarios de la red de Cercanías de Valencia, afectando especialmente a quienes se desplazan durante las horas punta.


Huelga de trenes en febrero: qué días y a qué servicios afecta

La huelga ferroviaria comenzará a las 00:00 horas del domingo 9 de febrero y se prolongará hasta las 23:59 horas del martes 11 de febrero. Durante esos días, los paros afectarán a:

  • Alta velocidad y larga distancia

  • Media distancia

  • Cercanías y Rodalies

  • Servicios de mercancías

Los sindicatos reclaman mejoras en las condiciones de seguridad ferroviaria y cambios en la gestión del sector tras varios incidentes recientes, motivo por el cual no se ha alcanzado un acuerdo para desconvocar los paros.


Trenes cancelados de Renfe, Ouigo e Iryo

Las principales operadoras ferroviarias ya han comunicado afectaciones en sus servicios:

🚄 Renfe

  • Cancelaciones en AVE, Larga Distancia y Media Distancia

  • Ajustes en horarios de Cercanías, especialmente fuera de las horas punta

  • Posible supresión de cientos de servicios a lo largo de los tres días

🚆 Ouigo

  • Cancelación de varias decenas de trenes de alta velocidad

  • Reorganización de frecuencias en los corredores más demandados

🚄 Iryo

  • Servicios no garantizados durante las jornadas de huelga

  • Cambios de última hora según el cumplimiento de los servicios mínimos

En total, se calcula que hasta 350 trenes de alta velocidad podrían verse afectados entre las tres compañías.


Servicios mínimos durante la huelga ferroviaria

El Gobierno ha establecido servicios mínimos obligatorios para garantizar la movilidad básica de los ciudadanos:

  • Alta velocidad y larga distancia: 73%

  • Media distancia: alrededor del 65%

  • Cercanías en horas punta: hasta el 75%

  • Cercanías en horas valle: en torno al 50%

  • Mercancías: aproximadamente el 21%

Estos porcentajes pueden variar en comunidades con competencias ferroviarias propias.


Cómo consultar el estado de tu tren

Si tienes previsto viajar los días 9, 10 o 11 de febrero, es fundamental comprobar si tu tren está cancelado o mantiene su servicio. Puedes hacerlo a través de:

  • La web oficial o la app móvil de Renfe, Ouigo o Iryo

  • El área de “Mis viajes” usando tu localizador

  • Los avisos enviados por correo electrónico o SMS por la operadora

Se recomienda revisar el estado del tren con antelación y justo antes del viaje, ya que pueden producirse cambios de última hora.


Qué hacer si tu tren está cancelado

En caso de cancelación, las compañías ferroviarias ofrecen a los pasajeros:

  • Reembolso completo del billete

  • Cambio de fecha u horario sin coste adicional

  • Posibilidad de reubicación en otro tren dentro de la disponibilidad existente

También se aconseja valorar medios de transporte alternativos si el desplazamiento es urgente.


Resumen rápido para pasajeros

  • 📅 Fechas de la huelga: 9, 10 y 11 de febrero

  • 🚆 Compañías afectadas: Renfe, Ouigo e Iryo

  • Trenes cancelados: hasta 350 de alta velocidad

  • 📊 Servicios mínimos: 73% en AVE y larga distancia

  • 🔍 Recomendación: comprobar el estado del tren antes de viajar

 


 

Adif rectifica y vuelve a limitar a 160 km/h la velocidad en un tramo de la línea Madrid-Barcelona

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