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El Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con división interna y descarta que sea una «autoamnistía»

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Carles Puigemont

La mayoría progresista del TC respalda la medida al considerar que responde a una crisis política excepcional y no contraviene la Constitución. El bloque conservador vota en contra.

El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la controvertida ley de amnistía para el ‘procés’, destinada a extinguir la responsabilidad penal de los líderes independentistas catalanes, al considerar que no vulnera la Constitución española ni representa una «autoamnistía». La decisión ha salido adelante por una ajustada mayoría de 6 votos a favor y 4 en contra, reflejando la profunda división entre los magistrados progresistas y conservadores.

La sentencia, de 205 páginas, da carpetazo al recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, que cuestionaba la legalidad de toda la norma. El alto tribunal, sin introducir cambios sustanciales en el texto, ha respaldado la ponencia elaborada por la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, y defendida por el presidente Cándido Conde-Pumpido, quien la calificó de “excelente”.


No es una «autoamnistía», según el TC

El Pleno del TC rechaza que la ley suponga una autoamnistía, figura proscrita por el derecho internacional. Según la sentencia, una norma aprobada por el Parlamento en un Estado democrático no puede equipararse a una autoamnistía, que es propia de regímenes autoritarios o transiciones post-dictatoriales.

Además, la corte subraya que la Constitución española no prohíbe expresamente la amnistía, y que el silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición tácita:

“El legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente. De lo contrario, se limitarían las facultades del Parlamento sin base en el texto constitucional”.


Una medida para resolver una crisis política excepcional

El Tribunal Constitucional defiende que la amnistía tiene una finalidad legítima al responder a un “supuesto paradigmático de crisis política y constitucional”: el desafío independentista que culminó con el referéndum del 1 de octubre de 2017.

En su análisis, el tribunal sostiene que los hechos del ‘procés’ supusieron una fractura profunda en la sociedad catalana y española, afectando a la convivencia, la estabilidad institucional y el respeto al orden constitucional. Por ello, considera que la ley busca restaurar la cohesión social y la paz ciudadana.

La sentencia también aclara que la amnistía no borra los hechos, sino que elimina las consecuencias penales asociadas a ellos:

“Los hechos son o no son. Ninguna ley de amnistía puede hacerlos desaparecer. Lo que se extingue son las sanciones penales, no la memoria ni el juicio histórico”.


El Constitucional evita valorar motivaciones políticas

Frente a los argumentos del PP, que calificaban la norma de “pago político” para facilitar la investidura de Pedro Sánchez, el TC reitera que su papel no es juzgar intenciones políticas, sino evaluar la constitucionalidad de la ley:

“La voluntad del legislador no puede confundirse con la de cada parlamentario. No corresponde al tribunal levantar el velo sobre motivaciones políticas”.

En este sentido, recuerda que toda norma emana de decisiones políticas y que no es necesario justificarla desde un “ideal de justicia”, como sostenía el PP. Basta con que haya circunstancias excepcionales y que no se vulneren derechos fundamentales.


Euroórdenes y malversación: puntos clave aún pendientes

El Tribunal también se pronuncia sobre el impacto de la amnistía en el ámbito europeo, avalando que las órdenes europeas de detención (euroórdenes) decaigan automáticamente si el delito al que se refieren ha sido amnistiado. Esto afectaría directamente a líderes como Carles Puigdemont, cuya entrega había sido solicitada por España.

Sin embargo, el TC no entra a valorar la posible amnistía del delito de malversación, crucial para casos como el de Puigdemont y Oriol Junqueras, ya que ese punto no fue incluido en el recurso del PP. Esta cuestión será analizada cuando el tribunal resuelva los recursos de amparo presentados por los propios líderes independentistas.


Rechaza interferencia en el Poder Judicial

Otro de los argumentos rechazados por el Constitucional es el supuesto choque entre el Poder Legislativo y el Judicial. El tribunal afirma que la ley no impone a los jueces órdenes o presiones y que respeta plenamente la independencia judicial:

“No se percibe reproche alguno al Poder Judicial ni presión para que los jueces actúen de determinada manera”.


Conclusión: constitucional, legítima y excepcional

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional legitima la ley de amnistía como una herramienta válida en un sistema democrático para resolver crisis políticas que no encuentran salida con los instrumentos ordinarios del Derecho.

El texto también sirve de respaldo jurídico a la estrategia del Gobierno de Pedro Sánchez y da cobertura legal a los tribunales que deban aplicar la norma en los próximos meses.


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El Tribunal Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con 6 votos a favor y 4 en contra. Descarta que sea una «autoamnistía» y la considera constitucional al responder a una crisis política excepcional

 

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Alerta: Europa urge a vacunarse “cuanto antes” por la expansión de la variante K de la gripe, más contagiosa y detectada en todo el mundo

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La gripe vuelve a situarse en el centro de la preocupación sanitaria en España. A las puertas del invierno, y coincidiendo con la primera ola de frío que ha desplomado las temperaturas en buena parte del país, las autoridades europeas han emitido una advertencia urgente: vacunarse de la gripe «cuanto antes». El motivo, la detección y rápida expansión de un nuevo subgrupo del virus, la variante K de A(H3N2), más contagiosa y que ya se ha documentado en los cinco continentes.

El último balance del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) confirma el impacto que tuvo la gripe la pasada temporada: más de 33.000 hospitalizaciones, 1.811 ingresos en UCI y 1.825 fallecimientos, según el sistema de vigilancia SiVIRA. El virus respiratorio sigue siendo, año tras año, uno de los más letales en España.


La variante K de la gripe A(H3N2): más transmisible y detectada antes de lo previsto

El Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC) ha alertado de un crecimiento “inusual” de casos, entre tres y cuatro semanas antes de lo habitual. Según sus expertos, la variante K —antes conocida como J.2.4.1— se ha convertido en un subgrupo dominante:

  • Representa un tercio de todas las secuencias mundiales de A(H3N2) registradas entre mayo y noviembre de 2025.

  • En la Unión Europea supone casi la mitad de los casos secuenciados.

La presencia global del virus indica una elevada capacidad de transmisión y una mayor velocidad de circulación. Además, los análisis serológicos preliminares apuntan a una posible falta de concordancia entre la vacuna actual y esta variante, aunque las autoridades recuerdan que la vacunación sigue siendo esencial para reducir complicaciones graves.


¿Quién debe vacunarse de inmediato?

Las autoridades europeas insisten en que no hay tiempo que perder ante esta subida anticipada de casos. La recomendación es clara: vacunarse ya, especialmente en los grupos más vulnerables:

Personas con mayor riesgo de enfermedad grave:

  • Adultos mayores de 65 años

  • Personas con enfermedades crónicas (cardiovasculares, respiratorias, metabólicas, neuromusculares…)

  • Pacientes inmunodeprimidos

  • Mujeres embarazadas

  • Personas que viven en residencias o centros de larga estancia

Profesionales con riesgo de transmisión:

  • Personal sanitario y sociosanitario

  • Cuidadores formales e informales

Niños (según recomendaciones nacionales)

Vacunarlos reduce tanto el riesgo de enfermedad grave como la transmisión comunitaria, especialmente en menores de 5 años.

Incluso si la vacuna no coincide al 100% con la variante circulante, sigue proporcionando protección frente a hospitalización, complicaciones graves y fallecimientos.


Recomendaciones para hospitales y centros sociosanitarios

La llegada temprana de la gripe obliga a los centros sanitarios a activar sus planes de invierno. El ECDC insta a:

  • Reforzar las prácticas de prevención y control de infecciones

  • Identificar de forma precoz a pacientes con síntomas

  • Agrupar casos compatibles cuando sea necesario

  • Utilizar pruebas diagnósticas rápidas para orientar el manejo clínico

  • Exigir mascarillas (FFP2 o quirúrgicas según actividad) a personal y visitantes

  • Mantener fuera de actividad asistencial al personal sanitario con síntomas

  • Reforzar higiene de manos, limpieza ambiental y ventilación

Estas medidas buscan minimizar la transmisión en entornos donde la gripe puede causar más complicaciones.


Síntomas más comunes de la gripe (incluida la variante K)

Los síntomas habituales siguen siendo los mismos, aunque la variante K se está asociando a un inicio más brusco y una mayor transmisibilidad:

  • Fiebre alta repentina

  • Tos seca persistente

  • Dolor de garganta

  • Cefalea intensa

  • Dolores musculares y articulares

  • Debilidad extrema o cansancio súbito

  • Escalofríos

  • Congestión nasal

  • En algunos casos: náuseas, vómitos o diarrea, más frecuentes en niños

Aunque la mayoría de personas mejoran en pocos días, los grupos de riesgo pueden desarrollar neumonía, bronquitis, descompensación de patologías previas e incluso necesitar hospitalización.


Conclusión: vacunarse y extremar las medidas de prevención

La expansión global de la variante K de gripe A(H3N2) marca el inicio de una temporada que podría ser más intensa de lo previsto. Los expertos coinciden: la vacunación anticipada es la mejor herramienta para proteger a la población y evitar un aumento significativo de hospitalizaciones.

Con la llegada del frío, el incremento de virus respiratorios y un subgrupo más transmisible en circulación, la recomendación es unánime: vacunarse cuanto antes y mantener las medidas básicas de prevención.

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