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El Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con división interna y descarta que sea una «autoamnistía»

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Carles Puigemont

La mayoría progresista del TC respalda la medida al considerar que responde a una crisis política excepcional y no contraviene la Constitución. El bloque conservador vota en contra.

El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la controvertida ley de amnistía para el ‘procés’, destinada a extinguir la responsabilidad penal de los líderes independentistas catalanes, al considerar que no vulnera la Constitución española ni representa una «autoamnistía». La decisión ha salido adelante por una ajustada mayoría de 6 votos a favor y 4 en contra, reflejando la profunda división entre los magistrados progresistas y conservadores.

La sentencia, de 205 páginas, da carpetazo al recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, que cuestionaba la legalidad de toda la norma. El alto tribunal, sin introducir cambios sustanciales en el texto, ha respaldado la ponencia elaborada por la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, y defendida por el presidente Cándido Conde-Pumpido, quien la calificó de “excelente”.


No es una «autoamnistía», según el TC

El Pleno del TC rechaza que la ley suponga una autoamnistía, figura proscrita por el derecho internacional. Según la sentencia, una norma aprobada por el Parlamento en un Estado democrático no puede equipararse a una autoamnistía, que es propia de regímenes autoritarios o transiciones post-dictatoriales.

Además, la corte subraya que la Constitución española no prohíbe expresamente la amnistía, y que el silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición tácita:

“El legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente. De lo contrario, se limitarían las facultades del Parlamento sin base en el texto constitucional”.


Una medida para resolver una crisis política excepcional

El Tribunal Constitucional defiende que la amnistía tiene una finalidad legítima al responder a un “supuesto paradigmático de crisis política y constitucional”: el desafío independentista que culminó con el referéndum del 1 de octubre de 2017.

En su análisis, el tribunal sostiene que los hechos del ‘procés’ supusieron una fractura profunda en la sociedad catalana y española, afectando a la convivencia, la estabilidad institucional y el respeto al orden constitucional. Por ello, considera que la ley busca restaurar la cohesión social y la paz ciudadana.

La sentencia también aclara que la amnistía no borra los hechos, sino que elimina las consecuencias penales asociadas a ellos:

“Los hechos son o no son. Ninguna ley de amnistía puede hacerlos desaparecer. Lo que se extingue son las sanciones penales, no la memoria ni el juicio histórico”.


El Constitucional evita valorar motivaciones políticas

Frente a los argumentos del PP, que calificaban la norma de “pago político” para facilitar la investidura de Pedro Sánchez, el TC reitera que su papel no es juzgar intenciones políticas, sino evaluar la constitucionalidad de la ley:

“La voluntad del legislador no puede confundirse con la de cada parlamentario. No corresponde al tribunal levantar el velo sobre motivaciones políticas”.

En este sentido, recuerda que toda norma emana de decisiones políticas y que no es necesario justificarla desde un “ideal de justicia”, como sostenía el PP. Basta con que haya circunstancias excepcionales y que no se vulneren derechos fundamentales.


Euroórdenes y malversación: puntos clave aún pendientes

El Tribunal también se pronuncia sobre el impacto de la amnistía en el ámbito europeo, avalando que las órdenes europeas de detención (euroórdenes) decaigan automáticamente si el delito al que se refieren ha sido amnistiado. Esto afectaría directamente a líderes como Carles Puigdemont, cuya entrega había sido solicitada por España.

Sin embargo, el TC no entra a valorar la posible amnistía del delito de malversación, crucial para casos como el de Puigdemont y Oriol Junqueras, ya que ese punto no fue incluido en el recurso del PP. Esta cuestión será analizada cuando el tribunal resuelva los recursos de amparo presentados por los propios líderes independentistas.


Rechaza interferencia en el Poder Judicial

Otro de los argumentos rechazados por el Constitucional es el supuesto choque entre el Poder Legislativo y el Judicial. El tribunal afirma que la ley no impone a los jueces órdenes o presiones y que respeta plenamente la independencia judicial:

“No se percibe reproche alguno al Poder Judicial ni presión para que los jueces actúen de determinada manera”.


Conclusión: constitucional, legítima y excepcional

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional legitima la ley de amnistía como una herramienta válida en un sistema democrático para resolver crisis políticas que no encuentran salida con los instrumentos ordinarios del Derecho.

El texto también sirve de respaldo jurídico a la estrategia del Gobierno de Pedro Sánchez y da cobertura legal a los tribunales que deban aplicar la norma en los próximos meses.


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El Tribunal Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con 6 votos a favor y 4 en contra. Descarta que sea una «autoamnistía» y la considera constitucional al responder a una crisis política excepcional

 

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Un valenciano de 52 años, entre los presos liberados en Venezuela tras un año encarcelado

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Ernesto Gorbe Cardona, natural de València, permanecía detenido en la prisión de El Rodeo (Caracas) acusado de tener la visa vencida. Su liberación se enmarca en una excarcelación colectiva anunciada por el Parlamento venezolano.

Un ciudadano valenciano figura entre las personas excarceladas en Venezuela en las últimas horas. Se trata de Ernesto Gorbe Cardona, de 52 años y nacido en València, quien llevaba aproximadamente un año detenido en la prisión de El Rodeo, en Caracas, junto a otros ciudadanos hispano-venezolanos con doble nacionalidad.

Gorbe Cardona fue arrestado por las autoridades venezolanas bajo la acusación de irregularidades administrativas relacionadas con la caducidad de su visado, según fuentes cercanas al caso. Su nombre aparece ahora en la lista de personas liberadas dentro de un proceso anunciado este jueves por el presidente de la Asamblea Nacional venezolana, Jorge Rodríguez.

El dirigente chavista informó de la liberación de un “número importante” de presos, entre los que se encuentran tanto ciudadanos venezolanos como extranjeros, aunque no precisó cifras concretas. Según explicó, la medida responde a un gesto político orientado a “consolidar la paz y la convivencia pacífica” en el país.

La excarcelación se produce en un contexto de presión internacional y movilizaciones ciudadanas, como las concentraciones recientes en varias ciudades españolas donde decenas de personas reclamaron “libertad para Venezuela” y la liberación de presos considerados arbitrarios.

El anuncio ha generado expectación entre familiares y organizaciones de derechos humanos, que esperan que este proceso suponga un primer paso hacia nuevas liberaciones y una mejora de la situación de los detenidos extranjeros en el país sudamericano.

 

Vuelos a Venezuela siguen suspendidos

Mientras tanto, las aerolíneas españolas Iberia, Air Europa y Plus Ultra han decidido prolongar la suspensión de vuelos a Caracas hasta finales de enero, siguiendo las recomendaciones de seguridad de la AESA y organismos internacionales.

La situación política y militar en Venezuela, sumada a la operación estadounidense y la captura de Maduro, ha elevado los riesgos en el espacio aéreo, afectando tanto a pasajeros como al transporte de carga y comercio entre España y Venezuela.


Gobierno venezolano y presidencia interina

Tras la captura de Maduro, Delcy Rodríguez ha sido nombrada presidenta interina, aunque su mandato se enfrenta a un escenario incierto debido a la intervención estadounidense y la presión internacional.

Expertos internacionales recomiendan evitar viajar a Venezuela hasta que la situación política se estabilice y las aerolíneas vuelvan a operar con normalidad.

 

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