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El Supremo niega la amnistía por malversación y confirma la orden de detención de Carles Puigdemont

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Pedro Sánchez- Foto: PSOE

Decisión del Tribunal Supremo

Los magistrados que juzgaron el ‘procés’ en el Tribunal Supremo (TS) han rechazado amnistiar la malversación al exvicepresidente del Govern, Oriol Junqueras, y al resto de condenados por el referéndum ilegal del 1-O. El juez instructor, Pablo Llarena, también ha rechazado perdonar la malversación al expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y mantiene su orden de detención.

Plazo para pronunciamiento sobre la amnistía

Según consta en los dos autos dictados este lunes, la Sala de lo Penal también ha dado un plazo de 10 días a las partes para que se pronuncien sobre si ven pertinente plantear una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional para que se pronuncie sobre la amnistía al delito de desobediencia. La Sala de lo Penal ha adoptado esta decisión después de estudiar los informes de las acusaciones (Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox) y de las defensas sobre la aplicabilidad de la ley de amnistía a los distintos hechos que se atribuyen a Oriol Junqueras y los exconsejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Así las cosas, se mantienen las condenas de inhabilitación para ellos.

Pronunciamiento del juez Llarena

El juez Llarena, por su parte, se ha pronunciado tras analizar las alegaciones de las acusaciones y de los exconsejeros Toni Comín, Lluís Puig y la secretaria general de ERC, Marta Rovira. Al igual que ha hecho con Carles Puigdemont, ha acordado mantener las órdenes nacionales de detención contra los dos exconsejeros, pero deja sin efecto la orden vigente contra la dirigente republicana.

Posición de la Fiscalía

La Fiscalía había informado a favor de aplicar la ley a los condenados y procesados del ‘procés’ al entender que no hubo enriquecimiento patrimonial ni se afectó a los intereses de la Unión Europea. Ni la Sala de lo Penal ni el juez Llarena han coincidido con el criterio del Ministerio Público. La Sala de lo Penal ha concluido que los acusados obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial. «La única alternativa al alcance de los Sres. Junqueras, Romeva, Turull y la Sra. Bassa, si querían coadyuvar al proyecto independentista, era disponer de los fondos públicos de la Generalitat o pagar de su bolsillo. Y optaron por la primera de las opciones», han apuntado.

Motivación del Supremo

Los magistrados han explicado que el ánimo de lucro siempre «se ha considerado perfectamente compatible con cualquier otra finalidad». Sobre este extremo, han incidido en que «el que se apodera de bienes ajenos –en este caso, patrimonio público– comete un delito aunque el metálico obtenido se destine a regalos a terceros, a limosna o a cualquier otra causa altruista. El castigo en los delitos patrimoniales no se justifica por ‘quedarse con las cosas de otro’, sino por ‘quitarle a otro las cosas’». Para el Supremo, los condenados «hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio». «Destinaron aquél a sus propios objetivos personales, que no por ser políticos, dejan de tener esa vertiente también particular o sectaria. Fondos públicos puestos al servicio de sus fines que eran también particulares, aunque pudiesen estar compartidos por un número mayor o menor de personas», han apuntado.

El alto tribunal ha insistido en que «la financiación de campañas electorales, de metas con significación política, de propaganda o la implementación de las propias ideas políticas, incluso aunque tenga una vertiente idealista, no deja de reportar también un beneficio personalísimo que adquiere carácter patrimonial cuando ha reportado un ahorro significativo».

Declaraciones del juez Llarena

El juez Llarena ha considerado que los procesados obtuvieron los materiales, prestaciones y servicios que precisaban «para, desde su liderazgo, satisfacer su antojadizo interés, haciéndolo con cargo a todos los contribuyentes de Cataluña y eludiendo sufragar sus deseos o afanes con detrimento de su fortuna personal». Para el instructor, «se refleja así que la malversación operó en beneficio personal y para rendir en los encausados un provecho de carácter patrimonial», concurriendo por tanto la excepción que prevé la ley de amnistía respecto al delito de malversación.

Voto particular de Ana Ferrer

Una de las magistradas del tribunal que juzgó el ‘procés’, Ana Ferrer, ha suscrito un voto particular discrepante con excluir de la amnistía el delito de malversación, al tiempo que ha apoyado plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). «La única interpretación razonable de la ley que ahora aplicamos nos lleva a entender que ese beneficio orientado a procurar el proyecto independentista catalán, es precisamente el que la ley quiere amnistiar», ha dicho Ferrer.

Ausencia del eurodiputado Toni Comín

Precisamente hoy ha sido el gran ausente Toni Comín, que debía jurar o prometer la Constitución en el Congreso como eurodiputado. Solo 58 de los 61 nuevos eurodiputados españoles han jurado o prometido la Constitución, en un acto al que ha faltado, como era previsible, el parlamentario de Junts Toni Comín, huido de la Justicia tras el 1-O. Tampoco han acudido Alicia Homs, la sustituta en el PSOE de Teresa Ribera, que no recogerá su acta como eurodiputada, y Sandra Gómez, que han acatado la Constitución previamente por motivos personales.

 

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El rey Juan Carlos I demandará a Revilla en Madrid tras fracasar la conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

La demanda del rey emérito sigue adelante tras no llegar a un acuerdo con Miguel Ángel Revilla, quien se negó a rectificar sus declaraciones en televisión

Tras una conciliación sin acuerdo celebrada el pasado viernes 16 de mayo en los juzgados de Santander, el rey emérito Juan Carlos I presentará una demanda formal contra el expresidente de Cantabria y líder del PRC, Miguel Ángel Revilla, en los tribunales de Madrid.

El acto de conciliación fue el paso previo legal antes de una querella civil por injurias y vulneración del derecho al honor, después de que Revilla realizara declaraciones críticas sobre el monarca en diferentes programas televisivos. La abogada del rey emérito, Guadalupe Sánchez, solicitaba una rectificación pública y una indemnización de 50.000 euros.


📝 Sin avenencia en la conciliación: Revilla se negó a rectificar

Durante la vista, celebrada en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander, Revilla se mantuvo firme:

«Yo no rectifico en nada. Creo que estoy en lo cierto», aseguró el líder regionalista a su salida del juzgado.

El rey emérito no acudió personalmente al acto, aunque estuvo representado legalmente por su procurador y su abogada. Revilla, por su parte, asistió de forma presencial junto a su defensa. Ante la falta de acuerdo, la letrada de la Administración de Justicia dio por finalizado el acto sin avenencia, permitiendo así al emérito continuar por la vía judicial ordinaria.


💬 ¿Qué motivó la demanda de Juan Carlos I?

El origen del conflicto se remonta a manifestaciones públicas de Miguel Ángel Revilla en las que criticó al rey Juan Carlos en espacios televisivos de gran audiencia. Según la representación legal del emérito, esas declaraciones:

  • «Carecen de base fáctica»

  • Se fundamentan en informaciones periodísticas «que no equivalen a sentencias»

  • Constituyen un ataque a su honor y reputación

Revilla, por su parte, sostiene que sus palabras fueron simples opiniones personales y que se basaron en hechos públicos divulgados por medios de comunicación.


🚨 ¿Qué implica la demanda del rey emérito?

Concluida la fase de conciliación sin resultados, Juan Carlos I formalizará una demanda en los juzgados de Madrid, como permite la legislación civil española. El proceso judicial se iniciará con una reclamación por:

  • 50.000 euros de indemnización

  • Una rectificación pública de las declaraciones consideradas injuriosas

La defensa de Revilla prevé una batalla legal que podría alargarse en el tiempo. “Me veo en el banquillo a punto de cumplir 83 años”, comentó el expresidente cántabro tras conocer la decisión del emérito.

 

 

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