Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con división interna y descarta que sea una «autoamnistía»

Publicado

en

Carles Puigemont

La mayoría progresista del TC respalda la medida al considerar que responde a una crisis política excepcional y no contraviene la Constitución. El bloque conservador vota en contra.

El Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles la controvertida ley de amnistía para el ‘procés’, destinada a extinguir la responsabilidad penal de los líderes independentistas catalanes, al considerar que no vulnera la Constitución española ni representa una «autoamnistía». La decisión ha salido adelante por una ajustada mayoría de 6 votos a favor y 4 en contra, reflejando la profunda división entre los magistrados progresistas y conservadores.

La sentencia, de 205 páginas, da carpetazo al recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP, que cuestionaba la legalidad de toda la norma. El alto tribunal, sin introducir cambios sustanciales en el texto, ha respaldado la ponencia elaborada por la vicepresidenta del Constitucional, Inmaculada Montalbán, y defendida por el presidente Cándido Conde-Pumpido, quien la calificó de “excelente”.


No es una «autoamnistía», según el TC

El Pleno del TC rechaza que la ley suponga una autoamnistía, figura proscrita por el derecho internacional. Según la sentencia, una norma aprobada por el Parlamento en un Estado democrático no puede equipararse a una autoamnistía, que es propia de regímenes autoritarios o transiciones post-dictatoriales.

Además, la corte subraya que la Constitución española no prohíbe expresamente la amnistía, y que el silencio constitucional no puede interpretarse como una prohibición tácita:

“El legislador puede hacer todo lo que la Constitución no prohíba explícita o implícitamente. De lo contrario, se limitarían las facultades del Parlamento sin base en el texto constitucional”.


Una medida para resolver una crisis política excepcional

El Tribunal Constitucional defiende que la amnistía tiene una finalidad legítima al responder a un “supuesto paradigmático de crisis política y constitucional”: el desafío independentista que culminó con el referéndum del 1 de octubre de 2017.

En su análisis, el tribunal sostiene que los hechos del ‘procés’ supusieron una fractura profunda en la sociedad catalana y española, afectando a la convivencia, la estabilidad institucional y el respeto al orden constitucional. Por ello, considera que la ley busca restaurar la cohesión social y la paz ciudadana.

La sentencia también aclara que la amnistía no borra los hechos, sino que elimina las consecuencias penales asociadas a ellos:

“Los hechos son o no son. Ninguna ley de amnistía puede hacerlos desaparecer. Lo que se extingue son las sanciones penales, no la memoria ni el juicio histórico”.


El Constitucional evita valorar motivaciones políticas

Frente a los argumentos del PP, que calificaban la norma de “pago político” para facilitar la investidura de Pedro Sánchez, el TC reitera que su papel no es juzgar intenciones políticas, sino evaluar la constitucionalidad de la ley:

“La voluntad del legislador no puede confundirse con la de cada parlamentario. No corresponde al tribunal levantar el velo sobre motivaciones políticas”.

En este sentido, recuerda que toda norma emana de decisiones políticas y que no es necesario justificarla desde un “ideal de justicia”, como sostenía el PP. Basta con que haya circunstancias excepcionales y que no se vulneren derechos fundamentales.


Euroórdenes y malversación: puntos clave aún pendientes

El Tribunal también se pronuncia sobre el impacto de la amnistía en el ámbito europeo, avalando que las órdenes europeas de detención (euroórdenes) decaigan automáticamente si el delito al que se refieren ha sido amnistiado. Esto afectaría directamente a líderes como Carles Puigdemont, cuya entrega había sido solicitada por España.

Sin embargo, el TC no entra a valorar la posible amnistía del delito de malversación, crucial para casos como el de Puigdemont y Oriol Junqueras, ya que ese punto no fue incluido en el recurso del PP. Esta cuestión será analizada cuando el tribunal resuelva los recursos de amparo presentados por los propios líderes independentistas.


Rechaza interferencia en el Poder Judicial

Otro de los argumentos rechazados por el Constitucional es el supuesto choque entre el Poder Legislativo y el Judicial. El tribunal afirma que la ley no impone a los jueces órdenes o presiones y que respeta plenamente la independencia judicial:

“No se percibe reproche alguno al Poder Judicial ni presión para que los jueces actúen de determinada manera”.


Conclusión: constitucional, legítima y excepcional

Con esta sentencia, el Tribunal Constitucional legitima la ley de amnistía como una herramienta válida en un sistema democrático para resolver crisis políticas que no encuentran salida con los instrumentos ordinarios del Derecho.

El texto también sirve de respaldo jurídico a la estrategia del Gobierno de Pedro Sánchez y da cobertura legal a los tribunales que deban aplicar la norma en los próximos meses.


Metadescripción SEO:

El Tribunal Constitucional avala la ley de amnistía al ‘procés’ con 6 votos a favor y 4 en contra. Descarta que sea una «autoamnistía» y la considera constitucional al responder a una crisis política excepcional

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Muere una niña de cinco años en Huelva por sepsis meningocócica

Publicado

en

tiempo espera operación Seguridad Social
Imagen: ARCHIVO FACUA

Una niña de cinco años, natural de Villablanca, ha fallecido a causa de un cuadro fulminante de sepsis meningocócica, según ha confirmado la Junta de Andalucía. Tras conocerse el caso, las autoridades sanitarias han activado de inmediato el protocolo sanitario previsto para este tipo de infecciones graves con el objetivo de prevenir posibles contagios.

La Delegación Territorial de Salud y Consumo de Huelva ha comunicado el fallecimiento de la menor y ha expresado sus condolencias a la familia, a la que se le ha ofrecido asistencia psicológica especializada a través del equipo de Salud Mental.

Activado el protocolo sanitario para evitar nuevos contagios

Desde la Red de Alertas del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Andalucía, dependiente de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias, se activó de forma inmediata el protocolo establecido para casos de enfermedad meningocócica invasiva.

Este procedimiento incluye la identificación de todas las personas que han mantenido un contacto estrecho con la menor, tanto en el ámbito familiar como en el sanitario, y la administración de tratamiento preventivo (quimioprofilaxis) para reducir el riesgo de transmisión de la bacteria.

El municipio de Villablanca, conmocionado por la pérdida

El Ayuntamiento de Villablanca ha trasladado públicamente su “más profundo pesar” por el fallecimiento de la menor, ocurrido de forma repentina. En un comunicado, el consistorio ha expresado el apoyo unánime del municipio a la familia, subrayando el impacto emocional que ha causado la noticia en toda la localidad.

Qué es la sepsis meningocócica y por qué es tan peligrosa

La sepsis meningocócica es una infección grave provocada por la bacteria Neisseria meningitidis, conocida comúnmente como meningococo. Se trata de una enfermedad poco frecuente, pero extremadamente agresiva, que puede evolucionar en cuestión de horas y poner en peligro la vida del paciente, especialmente en niños pequeños.

Cómo se produce la sepsis meningocócica

La bacteria puede alojarse en la garganta de personas sanas sin causar síntomas, pero en algunos casos invade el torrente sanguíneo, desencadenando una respuesta inflamatoria descontrolada del organismo. Esta reacción afecta a órganos vitales como el corazón, los pulmones, los riñones o el cerebro.

Síntomas más habituales

Los primeros síntomas pueden confundirse con un cuadro viral común, lo que dificulta su detección precoz. Entre los signos de alarma más frecuentes se encuentran:

  • Fiebre alta repentina

  • Malestar general intenso

  • Vómitos y dolor de cabeza

  • Manchas en la piel de color violáceo que no desaparecen al presionar

  • Respiración rápida o dificultad para respirar

  • Somnolencia, confusión o pérdida de conciencia

En los casos más graves, la evolución puede ser fulminante en pocas horas.

Importancia de la vacunación y la detección precoz

Los especialistas insisten en que la vacunación frente al meningococo es la principal herramienta de prevención, junto con la atención médica inmediata ante cualquier síntoma compatible. La rapidez en el diagnóstico y el inicio del tratamiento antibiótico resulta clave para mejorar el pronóstico.

Un caso aislado, pero bajo estricta vigilancia sanitaria

Las autoridades sanitarias han subrayado que se trata de un caso aislado, aunque se mantiene una vigilancia epidemiológica activa para descartar nuevos contagios. La activación del protocolo responde a los estándares de seguridad sanitaria y no implica la existencia de un brote.

Desde la Consejería de Salud recuerdan la importancia de seguir las recomendaciones médicas, acudir a urgencias ante síntomas sospechosos y mantener al día el calendario de vacunación infantil.

Continuar leyendo