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Aprobada la Ley de Familias: nuevos permisos y ayudas

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La Ley de Familias reconoce dieciséis nuevos tipos de familia. Imagen: Pexels

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de la Ley de Familias, que introduce nuevos permisos y ayudas. La ley ha llegado a Consejo de Ministros con algunos cambios técnicos. La norma se trasladará ahora al Congreso de los Diputados para su trámite por vía urgente. De esta manera, la ley entraría en vigor durante esta legislatura.

Ley de Familias: ¿Qué cambios introduce?

La nueva ley es impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra. La Ley de Familas está basada en cuatro pilares:

  • la ampliación de la protección social a las familias y el apoyo a la crianza
  • la garantía del derecho a la conciliación
  • el pleno reconocimiento jurídico de los distintos tipos de familia
  • y la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Ayudas a las familias

Entre las medidas recogidas en el texto, figura la extensión de la renta crianza de 100 euros al mes a un mayor número de familias con hijos e hijas de 0 a 3 años, así como la ampliación de la protección de la que se benefician las familias numerosas a otras como las monomarentales con dos hijos.

Se crean tres permisos de cuidados:

  • uno de cinco días al año, retribuidos, para atender a un familiar hasta segundo grado o conviviente
  • un permiso parental de ochos semanas, que podrán disfrutarse de manera continua o discontinua, hasta que el menor cumpla 8 años
  • y un permiso por ausencia por fuerza mayor familiar que será de 4 días retribuidos al año.

15 días de permiso para parejas de hecho

La ley avanza en la equiparación de derechos entre los matrimonios y las parejas de hecho, puesto que estas últimas tendrán acceso a los 15 días de permiso por registro equiparables al matrimonio. La ley genera asimismo un nuevo marco de reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas o acogedoras.

En concreto, las familias múltiples, es decir, aquellas que tienen varios hijos o hijas a la vez, serán consideradas como colectivo de especial protección y los hijos e hijas de parejas no casadas podrán ser inscritos en el registro por el progenitor no gestante.

Finalmente, se mejora el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, para el que se agilizan los trámites y que beneficiará también a los hijos e hijas de parejas de hecho, mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia.

Los tipos de familias en la nueva ley

La ley vendría a contemplar hasta 20 tipos diferentes de familia, entre ellas están: biparental (matrimonio o pareja de hecho y descendientes), monoparental o monomarental (un progenitor —hombre o mujer— y uno o más descendientes), joven (progenitores con menos de 29 años), LGTBI (al menos una persona perteneciente a alguno de los colectivos LGTBI o dos personas del mismo sexo), numerosa, múltiple (con adopciones o acogimientos), inmigrante (todos o una parte de los integrantes proceden de otro país) y reconstituida (con hijos de anteriores parejas).

Además, se contemplan los tipos de familia transnacional (alguno de los integrantes vive en otro país), intercultural (integrantes con entornos culturales distintos) y retornada (uno o varios miembros tienen la nacionalidad española tras volver a España después de una residencia en el extranjero de al menos 1 año).

Continúa el «Pin Parental»

El cambio más sustancial con respecto al primer proyecto es el Pin Parental. El anteproyecto contemplaba la prohibición de este mecanismo para permitir que padres y madres prohíban el acceso de sus hijos a contenidos sobre diversidad familiar. La Ley de Familias lo deja fuera por recomendación del Consejo de Estado.

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El Congreso tumba los dos decretos de vivienda del Gobierno tras el rechazo de PP, Vox y Junts

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ley del alquiler
Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Congreso de los Diputados ha rechazado los dos reales decretos-ley de vivienda sometidos a convalidación en el pleno extraordinario celebrado este viernes. Al no obtener la mayoría necesaria, las normas no han sido convalidadas por la Cámara.

El efecto jurídico concreto sobre cada medida depende del contenido de los decretos y de su eventual tramitación parlamentaria. En términos generales, cuando un real decreto-ley no es convalidado, deja de producir efectos conforme a lo previsto en la Constitución y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las situaciones jurídicas generadas durante el periodo en el que estuvo vigente.

El Congreso no convalida los dos decretos de vivienda

El primer decreto ha sido rechazado por 178 votos frente a 172. En la segunda votación, el resultado ha sido de 184 votos en contra y 166 a favor.

PP, Vox, Junts y UPN han votado en contra de los dos textos. En el segundo decreto también se han opuesto otras formaciones, entre ellas el PNV y Coalición Canaria, según el resultado de la votación comunicado tras el pleno.

La falta de convalidación impide que ambos reales decretos-ley continúen aplicándose como normas de urgencia en los términos en los que fueron aprobados. No obstante, la consecuencia sobre contratos, procedimientos judiciales o situaciones iniciadas durante su vigencia debe determinarse conforme a las disposiciones transitorias, al contenido de cada decreto y a la interpretación de los órganos competentes.

Junts mantiene su rechazo a los decretos

El voto de Junts ha contribuido a que el Gobierno no alcanzara la mayoría necesaria para convalidar los textos. La formación catalana había reclamado la retirada de los decretos y la elaboración de una nueva propuesta que permitiera negociar las medidas de vivienda.

Junts ha cuestionado parte del contenido de las normas y ha defendido la necesidad de introducir modificaciones antes de plantear una nueva votación parlamentaria.

El Gobierno decidió mantener el debate y someter ambos reales decretos-ley a la consideración del pleno para su convalidación.

¿Qué medidas dejan de estar vigentes?

La no convalidación afecta a las medidas incorporadas específicamente en los dos reales decretos-ley, entre ellas las disposiciones sobre protección de determinados hogares vulnerables frente a procedimientos de desahucio y las previsiones relativas a la duración o prórroga extraordinaria de algunos contratos de alquiler.

También quedan afectadas las restantes modificaciones normativas incluidas en esos textos sobre vivienda y arrendamientos. Sin embargo, no desaparece toda la regulación estatal sobre estas materias: continúan vigentes las normas anteriores que no hayan sido modificadas o sustituidas por los decretos rechazados.

La aplicación práctica de la pérdida de vigencia puede variar según la medida concreta, la fecha en la que se inició cada procedimiento y las reglas transitorias previstas. Por ello, el rechazo parlamentario no permite afirmar automáticamente que todos los contratos o procedimientos afectados vuelvan a la situación anterior en idénticos términos.

El Gobierno deberá valorar nuevas iniciativas

El rechazo de los decretos obliga al Ejecutivo a valorar si presenta nuevas iniciativas legislativas y qué cambios introduce para intentar obtener una mayoría suficiente en el Congreso. Cualquier nueva medida deberá seguir el procedimiento parlamentario correspondiente y no tendrá efectos hasta su aprobación y entrada en vigor.

La vivienda continúa en el centro del debate político por la evolución de los precios del alquiler, la disponibilidad de viviendas y las dificultades de acceso para determinados colectivos.

La votación deja pendiente la negociación entre el Gobierno y los grupos parlamentarios sobre la protección de los hogares vulnerables, la regulación de los arrendamientos y el resto de medidas incluidas en los decretos que no han sido convalidados.

El Gobierno abre la puerta a un adelanto electoral si decaen los decretos de vivienda

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