Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los afectados por Castor piden 2 millones de euros a la empresa de Florentino Pérez

Publicado

en

Castelló, 29 sep (EFE).- Un total de 123 afectados por los seísmos provocados por el proyecto Castor reclaman a la empresa concesionaria ESCAL UGS, S.L (participada mayoritariamente por ACS) 1.845.000 euros por lo daños morales producidos por «la ola de pánico generalizado» consecuencia de los 552 seísmos que se detectaron en las poblaciones afectadas.

El despacho de abogados BCV Lex, en representación de la asociación de afectados Aplaca (formada por 123 vecinos de las localidades afectadas), ha solicitado a la Audiencia Provincial de Castellón una indemnización de 15.000 euros para cada uno de los afectados en el juicio que se iniciará el próximo día 18 de octubre en el Tribunal de Castellón, según han señalado fuentes del despacho.

«La indemnización se plantea como la forma de resarcir a unos afectados que estuvieron sometidos durante semanas a una situación de pánico general provocada por los seísmos constantes, por conocer que los terremotos estaban provocados por la actividad en la plataforma y por la agitación social provocada durante los hechos», ha explicado Esther Abellán Solesio, abogada del despacho BCV Lex y responsable del caso.

Las mismas fuentes han recordado que en el periodo entre el 2 de septiembre en que comenzó la tercera fase de inyección en la plataforma Castor y el día 17 de septiembre en que se ordenó su paralización se detectaron en la zona un total de 552 seísmos de diferentes magnitudes.

De todos ellos, quince, según informe del Instituto Geográfico Nacional, afectaron a la población de Vinaròs, así como a las poblaciones cercanas a la misma tanto de la provincia de Castellón como de la provincia de Tarragona, con una intensidad II y III en la escala macrosísmica europea.

Esto ocasionó a la población afectada «la consiguiente intranquilidad, angustia, miedo, zozobra, y preocupación por los acontecimientos, que sintieron alguno de los movimientos en las horas de descanso nocturno, y generando una gran incertidumbre al vincularlos a las actividades de inyección realizadas, todo los cual interfirió en el normal disfrute de su vida y de sus propiedades, ocasionando un grave riesgo tanto a la salud de las personas como a las condiciones naturales del ecosistema (suelo, aire y agua)», según recoge el informe del caso.

ACS, a través de la compañía ESCAL UGS, S.L, obtuvo «autorización administrativa y reconocimiento de la utilidad pública de las instalaciones y servicios necesarios para el desarrollo del almacenamiento subterráneo Castor», según consta en la documentación del caso.

El objetivo de la citada concesión era desarrollar un almacén subterráneo de gas aprovechando las posibilidades que ofrecía una estructura geológica del antiguo yacimiento petrolífero de Amposta, situado en el subsuelo del mar Mediterráneo, a más de 1.700 metros de profundidad, y a una distancia de 22 kilómetros de la costa de Vinaròs, contando con una plataforma marítima ubicada sobre el mismo yacimiento y una planta de operaciones ubicada unida con un gaseoducto de 30 pulgadas de diámetro y 30 kilómetros de longitud, de los que 22 son submarinos y 8 kilómetros en la costa.

En el estudio de impacto ambiental previo al proyecto, el observatorio del Ebro presentó alegaciones en la fase de consultas, advirtiendo sobre el riesgo de terremotos asociados a las actividades de inyección. Así ocurrió nada más empezar la tercera fase de inyección de gas en el depósito, sometiendo a la población a una situación de pánico continuado durante todo el periodo, según la defensa de los afectados.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

Publicado

en

guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

Puedes seguir toda la actualidad visitando OfficialPress o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo