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Los bingos, casinos y locales de azar de la Comunitat vuelven a abrir tras el recurso judicial

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València, 15 abr (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha suspendido cautelarmente el cierre de bingos, casinos y otros establecimientos dedicados al juego y actividades recreativas de azar ordenado por la Generalitat en abril como medida preventiva contra la COVID-19.

Los magistrados no aprecian que la reapertura de estos locales, con las condiciones y restricciones a la actividad que ya fijó la propia Administración autonómica el 5 de diciembre del pasado año, “vaya a producir perturbación grave de los intereses generales”, dada la situación epidemiológica actual, con un nivel de alerta 1 o de riesgo bajo.

El Tribunal, sin entrar en el fondo del asunto, ha estimado así las medidas cautelares solicitadas por una asociación de empresarios del sector contra la resolución de la Conselleria de Sanidad del pasado 9 de abril sobre medidas sanitarias contra la pandemia.

La Sala no encuentra en esa resolución administrativa “justificación ni motivación suficiente para mantener la medida de cierre” en la situación actual, “sin perjuicio de posibles situaciones futuras distintas que determinen que la Administración adopte las medidas precautorias que considere adecuadas”.

Los magistrados recuerdan que el mantenimiento del cierre difiere del tratamiento fijado para este tipo de establecimientos por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que contempla el posible cierre y la suspensión de actividad del sector de forma temporal solo en el nivel de alerta 3.

El auto, que puede ser recurrido, mantiene de esta manera las medidas relativas a actividades recreativas de azar que establecía la resolución de Sanidad de 5 de diciembre de 2020, con la apertura de hasta un 30 % del aforo interior de los establecimientos, entre otras limitaciones.

Tras conocer este fallo, el Consejo Empresarial del Juego, CeJuego, la principal patronal del juego privado en España, ha celebrado la decisión judicial y asegura que «confirma las reiteradas peticiones que ha realizado el sector a la Generalitat Valenciana solicitando la reapertura de sus negocios, que permanecían cerrados desde mediados del mes de enero, aun cuando la Comunidad se encuentra en el nivel de alerta 1 (el más bajo)».

CeJuego estima que la decisión de prolongar el cierre ha causado unas pérdidas cercanas a los 129 millones de euros, además de hacer peligrar el futuro de los 7.000 puestos de trabajo directos, que ascenderían a 30.000 indirectos, de 779 empresas.

Por su parte, la patronal de ocio, turismo y actividades recreativas Fotur ha aplaudido también el auto del TSJCV pero ha lamentado «profundamente» que no se atiendan las peticiones que realiza el sector, «además de la falta de diálogo e interlocución a la hora de tomar medidas, la mesa de la desescalada es solo una mera apariencia. Y, todavía se lamenta más, que se tenga que acudir a la vía jurisdiccional».

Por ello se insta, «de nuevo, a la Conselleria de Sanidad a convocar con carácter de urgencia la mesa de la desescalada para que se tomen medidas análogas para el resto de actividades que representamos, como son pub, salas de baile, discotecas, dj’s, artistas, espectáculos al aire libre, festivales…», señala Fotur.

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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