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Valencia

Los bingos, casinos y locales de azar de la Comunitat vuelven a abrir tras el recurso judicial

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València, 15 abr (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha suspendido cautelarmente el cierre de bingos, casinos y otros establecimientos dedicados al juego y actividades recreativas de azar ordenado por la Generalitat en abril como medida preventiva contra la COVID-19.

Los magistrados no aprecian que la reapertura de estos locales, con las condiciones y restricciones a la actividad que ya fijó la propia Administración autonómica el 5 de diciembre del pasado año, “vaya a producir perturbación grave de los intereses generales”, dada la situación epidemiológica actual, con un nivel de alerta 1 o de riesgo bajo.

El Tribunal, sin entrar en el fondo del asunto, ha estimado así las medidas cautelares solicitadas por una asociación de empresarios del sector contra la resolución de la Conselleria de Sanidad del pasado 9 de abril sobre medidas sanitarias contra la pandemia.

La Sala no encuentra en esa resolución administrativa “justificación ni motivación suficiente para mantener la medida de cierre” en la situación actual, “sin perjuicio de posibles situaciones futuras distintas que determinen que la Administración adopte las medidas precautorias que considere adecuadas”.

Los magistrados recuerdan que el mantenimiento del cierre difiere del tratamiento fijado para este tipo de establecimientos por la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que contempla el posible cierre y la suspensión de actividad del sector de forma temporal solo en el nivel de alerta 3.

El auto, que puede ser recurrido, mantiene de esta manera las medidas relativas a actividades recreativas de azar que establecía la resolución de Sanidad de 5 de diciembre de 2020, con la apertura de hasta un 30 % del aforo interior de los establecimientos, entre otras limitaciones.

Tras conocer este fallo, el Consejo Empresarial del Juego, CeJuego, la principal patronal del juego privado en España, ha celebrado la decisión judicial y asegura que «confirma las reiteradas peticiones que ha realizado el sector a la Generalitat Valenciana solicitando la reapertura de sus negocios, que permanecían cerrados desde mediados del mes de enero, aun cuando la Comunidad se encuentra en el nivel de alerta 1 (el más bajo)».

CeJuego estima que la decisión de prolongar el cierre ha causado unas pérdidas cercanas a los 129 millones de euros, además de hacer peligrar el futuro de los 7.000 puestos de trabajo directos, que ascenderían a 30.000 indirectos, de 779 empresas.

Por su parte, la patronal de ocio, turismo y actividades recreativas Fotur ha aplaudido también el auto del TSJCV pero ha lamentado «profundamente» que no se atiendan las peticiones que realiza el sector, «además de la falta de diálogo e interlocución a la hora de tomar medidas, la mesa de la desescalada es solo una mera apariencia. Y, todavía se lamenta más, que se tenga que acudir a la vía jurisdiccional».

Por ello se insta, «de nuevo, a la Conselleria de Sanidad a convocar con carácter de urgencia la mesa de la desescalada para que se tomen medidas análogas para el resto de actividades que representamos, como son pub, salas de baile, discotecas, dj’s, artistas, espectáculos al aire libre, festivales…», señala Fotur.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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