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La manifestación del 25N clama en Valencia contra la violencia machista: «El machismo nos mata»

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Manifestación 25N Valencia 2023

València, 25 nov (OFFICIAL PRESS-EFE).- La manifestación del 25N en Valencia ha recorrido desde las seis de la tarde de este sábado las calles del centro de Valencia para clamar «ahora más que nunca» contra todas las violencias machistas que «diariamente matan o quitan la libertad y los derechos a las mujeres y niñas en el mundo» y denunciar que «el machismo nos mata».

El negro y morado son los colores predominantes en la protesta, convocada por el movimiento feminista de Valencia con motivo de la celebración el 25 de noviembre del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la mujer, y que ha partido desde la Porta de la Mar.

Tras una pancarta con el lema ‘Ara més que mai! Contra totes les violèncias masclistes’, la marcha se desarrolla sin incidentes y entre frases como «Visca visca visca, la lluita feminista», «No es un caso aislado se llama patriarcado», «Sola, borracha, quiero llegar a casa», «Si tocan a una, nos tocan a todas» o «Un maltratador no es buen padre».

La manifestación concluirá en la Plaza del Ayuntamiento, donde se leerá un manifiesto para denunciar que la «extrema derecha focaliza su acción política contra el feminismo, banaliza la violencia machista y niega que su origen esté causado por la discriminación estructural que sufrimos las mujeres».

Según las convocantes, la violencia contra las mujeres y las niñas por ser mujeres es una vulneración sistemática de los derechos humanos y no puede tener cabida en una sociedad democrática.

La manifestación del 25N en Valencia

«Digamos alto y claro que el machismo nos mata y, por eso, ahora más que nunca defendemos la democracia y denunciamos la violencia machista. Nos queremos vivas y libres, queremos una vida libre de violencias machistas», afirman.

También subrayan que el «totalitarismo misógino» en países como Afganistán, Irán o Nicaragua, y las guerras en Palestina, Ucrania y los países del Sahel, pone en «alerta al movimiento feminista» porque las mujeres «son las más afectadas directamente por esta violencia».

Recuerdan que desde noviembre del pasado año 99 mujeres han sido asesinadas en la España, además de una niña y un niño por la violencia vicaria que se hace para castigar las mujeres, y en estos momentos están en investigación los asesinatos de seis mujeres.

También denuncian que las violaciones y las violaciones grupales «han aumentado de forma exponencial y todas sabemos que estas cifras escandalosas son únicamente la punta visible y más cruel del iceberg de la violencia machista».

Afirman que el desarrollo y aplicación tanto del Pacto Estatal como del Pacto Valenciano «continúan siendo insuficientes y muy a menudo inoperantes» y ahora, «con la extrema derecha en las instituciones, nuestra legislación está en riesgo grave de retroceso».

Por ello , exigen que el terrorismo machista sea una «cuestión de estado» y se consideran «prioritarias e irrenunciables» las políticas de igualdad entre mujeres y hombres, y reclaman que se garanticen los derechos de las víctimas de violencias machistas «facilitándolos todos los recursos de protección y ayuda suficientes para cubrir las necesidades económicas, de salud, habitacionales, formativas y laborales».

Asimismo, denuncian la «violencia sexual cada vez más brutal y perpetrada hacia mujeres más jóvenes por agresores más jóvenes» un aumento que refleja la influencia de la cultura de la pornografía y del sistema prostitucional, y la mutilación genital femenina y los matrimonios forzados de niñas y jóvenes.

Exigen que se implemente la educación afectiva y sexual con perspectiva feminista en todos los ciclos y ámbitos educativos y que se persigan «las redes criminales del proxenetismo y de la trata con fines de explotación sexual.

Exigen que se dote al sistema judicial de más recursos humanos y económicos y que haya oficinas de atención especializadas a las víctimas y juzgados de violencia sobre las mujeres en cada partido judicial, y también la formación obligatoria en igualdad y prevención de la violencia machista a todos los operadores judiciales.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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