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Valencia

Así son los nuevos mapas interactivos del Jardín del Túria de València

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Así son los mapas interactivos del Jardín del Túria de València

El servicio de Turismo del Ayuntamiento lanza mapas accesibles e interactivos del Jardín del Túria de València con el objetivo de realizar un recorrido de manera lúdica e interactiva por este espacio natural. “Siguiendo la línea de la sostenibilidad turística, queremos que todas las personas conozcan cada uno de los rincones que conforman el pulmón verde que caracteriza a la ciudad de València y que nos ha hecho posicionarnos, este año, como Capital Verde Europea 2024”, ha apuntado la concejala de Turismo, Innovación y Captación de Inversiones, Paula Llobet,

Se trata de unos mapas con pictogramas adaptados para personas con dificultad visual y cognitiva, que permiten identificar todos los elementos que componen la vértebra verde que recorre toda la ciudad. “El itinerario discurre por los tres tramos que componen el río que recorre València, desde el Parque de Cabecera hasta la Ciudad de las Artes y las Ciencias. Una iniciativa para todos los públicos, que permitirá acercar a la ciudadanía con diversidad funcional el patrimonio de la ciudad”, ha destacado Paula Llobet.

La ruta se podrá hacer de manera independiente o a través de visitas guiadas gratuitas del 30 de junio al 18 de agosto

A partir del diseño del mapa, se han creado visitas guiadas gratuitas adaptadas y accesibles que comenzarán el domingo 30 de junio hasta el domingo 18 de agosto para aquellas personas que deseen conocer más en profundidad cada uno de los puntos de interés y puentes que conforman el jardín. Estas rutas tendrán una duración de dos horas y todas comenzarán a las 10 de la mañana, desde el Puente de Serranos (junto a las torres) hasta el puente de l’Assut de l’Or (Ciudad de las Artes y las Ciencias). Además, se impartirán en castellano (el día 21 de julio), valenciano (el 18 de agosto) e inglés (el 4 de agosto), reservando un cupo para realizarlas en castellano y con intérprete de LSE (Lenguaje de signos español) el 30 de junio.

Los planos estarán disponibles en las oficinas de turismo y en la web municipal en el apartado de ‘turismo’

Por su parte, se repartirán los mapas en las oficinas de turismo de la ciudad, donde la ciudadanía podrá solicitarlos. Se han impreso en papel, que cumple con certificado FSC y PEFC. El material usado es 100 % reciclado, pues proviene de la madera de bosques gestionados de manera sostenible, donde la tala se realiza conforme a los requisitos internacionales estipulados. Aunque, también estarán disponibles en el apartado de turismo de la web municipal.

Para realizar la visita guiada gratuita es necesario inscribirse previamente a través de inscripcionturismo@valencia.es. En esta comunicación debe figurar la fecha en la que se desea realizar la ruta; así como el nombre y apellidos de quienes asistan, y su número de contacto. En total, podrán inscribirse un máximo de cuatro personas por e-mail. Dicha inscripción se confirmará vía correo electrónico.

Jardín del Túria

El Jardín del Túria es un parque urbano público situado en el antiguo cauce del río Túria de la ciudad, con más de tres millones de visitantes anuales, siendo el más visitado de España, actualmente.

El recorrido propuesto en el mapa interactivo tiene dos vertientes: los puntos de interés y los puentes que conforman la zona.

Los puntos de interés propuestos son el Oceanogràfic, el Àgora, el Museu de les Ciéncies, l’Umbracle, el Palau de les Arts, el Palau de la Música, Vivers, el Museu de Belles Arts, el Jardí Botànic, el Estadi d’Atletisme, Naturia, Cap de Capçalera, el Mirador del Morro y el Bioparc.

En cuanto a los puentes planteados para visitar, son el puente de l’Assut de l’Or, el de Monteolivet, el puente de l’Àngel Custodi, el puente d’Aragó, el de les Flors Alcaldessa Rita Barberà, puente de l’Exposició, puente del Real, de la Trinitat, de Fusta, de Serrans, de Sant Josep, de les Arts; Además del puente de les Glòries Valencianes, puente de Campanar, Groc, del Nou d’Octubre y, por último, el del Bioparc.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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