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Estas son las condenas de la primera sentencia del caso Gürtel en Valencia

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.

El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.

La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.

En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.

El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.

Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.

Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.

Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.

La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:

-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión

Asociación ilícita

3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho activo

3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses

Asociación ilícita

2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel

Asociación ilícita.

18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ISABEL JORDÁN 6 años de prisión

Asociación ilícita

18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros

-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ 4 años y cuatro meses de cárcel

Asociación ilícita

16 meses de prisión
5.850 euros de multa.

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTO

Malversación de caudales públicos

1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros

-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ 3 años de prisión

Asociación ilícita

12 meses de prisión
1.800 euros de multa

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos

2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta

-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión

Prevaricación administrativa

9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho pasivo

3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-RAFAEL BETORET 6 años de prisión

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos y falsedad documental

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ISAAC VIDAL 7 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

falsedad documental

3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-JORGE GUARRO 4 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ANA GRAU 3 años de prisión

Prevaricación administrativa

4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Falsedad documental

3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Malversación de caudales públicos

ABSUELTA

-ANGÉLICA SUCH

Prevaricación administrativa

ABSUELTA

-JUAN BOVER

Prevaricación administrativa

ABSUELTO

La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.

La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.

La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.

El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.

El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.

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La rutina de Maje con su bebé: Así es ser madre entre barrotes

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Maje y su bebé en la cárcel

Maje en Picassent: rutina con su bebé y servicios disponibles para madres reclusas

El hijo de Maje, la conocida «viuda negra de Patraix», es fruto de una relación con otro recluso, David, condenado también por homicidio. Ambos se conocieron en la prisión de Picassent, donde coincidieron en el mismo módulo. La relación surgió durante su convivencia en prisión y, aunque en su momento fue estable —incluso llegaron a compartir visitas íntimas autorizadas—, en la actualidad ya no mantienen ningún tipo de vínculo sentimental o familiar. Según fuentes penitenciarias, Maje está criando sola a su hijo en el módulo de madres de la cárcel de Fontcalent.

1. Servicios de apoyo y formación en Picassent

En la cárcel de Picassent las madres reclusas cuentan con:

  • Unidades mixtas con módulo especial de maternidad: las reclusas embarazadas o con hijos pequeños acceden a actividades conjuntas con otros internos y se benefician de talleres formativos.

  • Programas de empoderamiento: proyectos como “documentos sonoros” ofrecen espacios de expresión personal con apoyo de fundaciones y voluntarios, centrados en el desarrollo, la narración y la integración.

  • Talleres educativos y ocupacionales: manualidades, teatro foro y actividades culturales o de estimulación infantil organizadas por ONGs y personal penitenciario.

2. La rutina diaria de Maje con su hijo (hasta mayo 2023 en Picassent, luego traslado por embarazo)

Según el relato de una compañera que compartió módulo con ella, su día a día seguía un esquema similar al siguiente:

  • Módulo de convivencia (preventivo o cumplimiento): Maje vivía en un módulo mixto, interactuando con personal masculino en zonas comunes permitidas (cocina, comedor, áreas de recreo).

  • Trabajo como ordenanza: ayudaba en el office o comedor, sirviendo bandejas a través de la trampilla de la celda, tras formarse en manipulación de alimentos.

  • Relaciones y permisos íntimos: mantenía contacto con otros presos; la normativa permite una comunicación íntima al mes de entre 1 y 3 horas cuando existían condiciones que lo permitían.

  • Acceso a formación y talleres: asistía a las mismas clases y actividades que otras internas: empoderamiento, expresión en proyectos sonoros, aula-talleres y actividades culturales.

  • Cuidados durante el embarazo: tras desarrollar su embarazo en Picassent, fue trasladada hacia el final del embarazo a Fontcalent, un módulo de madres exclusivo que no comparte espacios con hombres.

3. Cambio de escenario: traslado a unidad de madres

En mayo de 2023 fue trasladada a la cárcel de Fontcalent (Alicante), módulo exclusivo para madres e hijos menores de 3 años, con:

  • Ambiente solo femenino: sin presencia de reclusos masculinos, solo funcionarias y personal sanitario.

  • Instalaciones adaptadas: habitaciones con dormitorio, comedor y baño, aulas, salas de juego y farmacia propia en amplias zonas comunes.


Resumen comparativo

Aspecto Maje en Picassent Maje después en Fontcalent
Módulo Mixto, con acceso a cocina, comedor y zonas comunes Unidad exclusivamente femenina destinada a madres
Trabajo Ordenanza en office, cocina y comedor Más centrado en cuidados del bebé
Formación Talleres, proyectos de empoderamiento, clases mixtas Continuados pero dentro de la unidad femenina
Interacciones íntimas Permitidas bajo normativa técnica No aplican
Instalaciones Módulo general con algunos recursos para madres Habitaciones-family friendly, espacios infantiles

 

El hijo de Maje podrá vivir con ella en la cárcel hasta que cumpla 3 años, conforme a la legislación penitenciaria española vigente.

¿Qué dice la ley?

El Reglamento Penitenciario (artículo 38.2) establece que:

“Las internas podrán tener consigo a sus hijos menores de tres años en establecimientos penitenciarios que cuenten con unidades de madres”.

Una vez alcanzada esa edad, el niño debe abandonar la prisión, y se sigue este protocolo:

  1. Prioridad para la familia extensa: se intenta que el menor sea entregado a un familiar directo (padre, abuelos, tíos, etc.).

  2. Si no hay familia apta, pasa a disposición de los servicios sociales de protección del menor, que valoran acogida o centros especializados.

En el caso de Maje:

  • Su hijo nació en julio de 2023.

  • Podrá vivir con ella hasta julio de 2026, salvo que por razones médicas, psicológicas o judiciales se decida un traslado anticipado.

  • Mientras tanto, sigue criando al niño dentro del módulo de madres de la prisión de Fontcalent, en condiciones adaptadas para garantizar su desarrollo.

Este límite de edad busca un equilibrio entre el derecho del niño a estar con su madre y su necesidad de crecer en un entorno no penitenciario una vez que alcanza cierta madurez. Si necesitas, puedo ayudarte a desarrollar este tema desde un enfoque legal, psicológico o humano para tu artículo.

Maje, la Viuda Negra de Patraix: análisis psicológico de una mente criminal

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