Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El ministro Illa avisa que «la Navidad no será normal, sino diferente y con distancia»

Publicado

en

El ministro de Sanidad, Salvador Illa se ha pronunciado sobre uno de los temas que más se están comentando últimamente y que tiene que ver sobre cómo se podrá celebrar la Navidad en España viendo el aumento constante de nuevos casos de coronavirus y el alto número de fallecimientos. Y sobre este tema Illa ha sido muy claro y pesimista afirmando que la celebración de la Navidad «no será normal, será diferente que otros años». En declaraciones a la cadena de radio RAC1 de Barcelona, el máximo responsable del Gobierno en la gestión sanitaria de la pandemia de coronavirus ha anunciado que la estrategia para reducir la tasas de contagios que sufre el país será la de confinamientos «contundentes pero cortos».

Pero esta no es la primera vez que Salvador Illa se pronuncia sobre la incidencia de las medidas contra la pandemia en la celebración de las navidades. El pasado martes aseguró en una entrevista en la cadena SER que si el Gobierno tuviese que tomar una decisión este mismo martes, la Navidades tendría que celebrarse «con medidas de restricción importantes». Por eso, ha fiado la decisión a la evolución del escenario en los meses de octubre y noviembre.

El titular de Sanidad también ha lanzado otro mensaje cargado de pesimismo, vaticinando que «nos quedan entre cinco y seis meses complicados» de convivencia con el coronavirus hasta que llegue la vacuna, que se espera para 2021. Una versión que dista bastante de las opiniones de expertos como el Dr. Pedro Cavadas, quien asegura que la vacuna puede tardar muchísimo más. Mientras que con los cálculos del ministro, se prevé que lleguen a finales de año o principios de 2021 los tres millones de dosis que ya están comprometidas con una gran compañía farmacéutica, que suministrará unos 30 millones de dosis a la Unión Europea.

Si esta situación se confirma, «el próximo verano tendremos una vida mucho más normal», ha augurado Illa, que ha asegurado asimismo que «no sacrificaremos ningún criterio de seguridad» en cuanto a la primera vacuna que se administre en España y que ha anunciado que un grupo de expertos ya está trabajando para determinar cómo se hará esta vacunación masiva.

Sobre la distribución de la vacuna se decidirá con criterios «de equidad y proporcionalidad» y se tendrá en cuenta especialmente a personas que están en riesgo.

En este sentido, el ministro ha señalado que «el contexto europeo es muy preocupante, el virus está entre nosotros y nos lo hemos de tomar en serio. Tenemos que tener la mentalidad de que estamos en una carrera de fondo», ha argumentado, aunque ha descartado, «a día de hoy», un confinamiento domiciliario de la población como se hizo durante la primera ola de la pandemia en marzo y abril aunque ha avisado de que en los próximos meses se deberán tomar medidas «quirúrgicas en periodos cortos» y en función de la incidencia epidemiológica de cada territorio.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

Publicado

en

INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

Puedes seguir toda la actualidad visitando OfficialPress o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo