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Valencia

Oltra sobre los abusos a la menor tutelada: «A nadie provocan más repugnancia que a mí»

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EFE

València, 21 abr (EFE).- La vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, ha asegurado que no hay nadie a quien provoquen «más repugnancia» que a ella los abusos cometidos por un educador, exmarido suyo, sobre una menor tutelada, y por los que ha sido condenado a cinco años de prisión.

Así lo ha afirmado la también consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas en Les Corts Valencianes, donde ha comparecido para explicar la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que condena a este educador, y en la que se critica la actuación de la Conselleria.

Tras afirmar que su relación personal con el condenado «no ha afectado en nada a sus actuaciones» en el Consell, ha criticado una sentencia que, según ha destacado, pone en duda, «de manera generalizada, a profesionales, públicos y privados», del sistema de protección de menores.

Los grupos de la oposición han criticado el «victimismo» de Oltra, a la que han recordado que la víctima es la menor abusada y no ella, y han pedido su dimisión, no por su relación personal con el abusador, sino por ser la máxima responsable de una Conselleria que debía proteger a la menor.

Mónica Oltra: «Mi relación con el educador no ha afectado en nada a mis actuaciones»

Oltra también ha asegurado que su relación personal con el educador condenado por abusos sexuales a una menor tutelada «no ha afectado en nada a sus actuaciones» en el Consell.

«Cuestionar eso es cuestionar mi honor, mi integridad moral y ética, y mi labor institucional», ha afirmado Oltra durante su intervención en el pleno de Les Corts para explicar la sentencia que condena a cinco años a este educador, exmarido de la vicepresidenta, y en la que se critica la actuación de la Conselleria.

Pero es más que eso, ha dicho Oltra, «es también cuestionar el trabajo libre y profesional de todas las personas trabajadoras que se han visto salpicadas y cuestionadas en su trabajo cotidiano», y «poner en duda la credibilidad y el buen hacer» de las funcionarias y funcionarios públicos.

Oltra ha iniciado su comparecencia leyendo los hechos probados que recoge la sentencia y que, según ha destacado, no hacen ninguna referencia ni a la Generalitat, ni a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ni a ella misma.

«Tampoco a la Administración Pública como encubridora de abusadores, ni de tratos de favor, ni de consignas, ni de desamparar a la víctima», ha dicho Oltra, quien ha destacado que la sentencia «tiene como objetivo juzgar un caso de abusos a una persona menor de edad y no la acción de la Conselleria».

«Todo aquello que queda fuera de estos hechos son interpretaciones, insinuaciones, juicios de valor o apreciaciones diversas sobre la actuación de la Vicepresidencia del Consell», ha precisado.

Según Oltra, la sentencia «realiza valoraciones y lanza sospechas graves sobre la actuación de la Vicepresidencia», que no tienen traslado ni relevancia en los hechos probados, y «cuestiona el funcionamiento del sistema de protección» de los menores tutelados por la Generalitat y la actuación y el comportamiento de funcionarios y profesionales de entidades de carácter privado.

«No podemos permitir que se ponga en duda el sistema de protección»

La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, ha asegurado este miércoles en Les Corts que no se puede permitir que «se ponga en duda, de manera generalizada, a profesionales, públicos y privados», del sistema de protección de menores.

Ha afirmado que la sentencia que condena a un educador por abusos a una menor tutelada supone «una enmienda a la totalidad del conjunto de los recursos y profesionales del sistema de protección de menores de la Comunitat Valenciana», al insinuar que estos profesionales «han hecho un uso espurio de su obligación de atender y proteger a una joven que está bajo la protección de la Generalitat».

La vicepresidenta ha comparecido en el pleno de Les Corts para explicar la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que condena a cinco años a este educador, exmarido de Oltra, y en la que se critica la actuación de la Conselleria.

Se ha mostrado convencida de que «hechos aislados, que pueden ser errores o disfunciones en el funcionamiento de las administraciones públicas, no pueden confundirse con maniobras para tratar de ocultar o manipular pruebas en defensa y protección de nadie», como, a su juicio, se insinúa en la sentencia.

Oltra ha dicho que ella tampoco piensa que «errores o disfunciones del Ministerio Fiscal o del juzgado se hayan producido para perjudicar a la joven de manera consciente ni para beneficiar o proteger al acusado».

La vicepresidenta ha recordado que el Ministerio Fiscal tenía en su poder desde noviembre de 2017 el informe de la entidad privada Espill, especializada en casos de abusos a menores, pero no lo aportó al juicio, circunstancia que obligó a repetirlo.

Además, ha destacado que fue un juez el que, cuando dictó una orden de alejamiento del educador respecto de la víctima, lo justificó en referencia a «los delitos contra el patrimonio», e hizo referencia al artículo 337.1 del Código Penal, «dentro del capítulo de los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos».

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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