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Todos los posibles pactos electorales

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Calendario tras las elecciones
Foto: OFFICIAL PRESS

Los resultados de este 23J, en los que ningún partido ha logrado la mayoría absoluta, llevan a valorar todos los posibles pactos electorales.

Posibles pactos electorales tras el 23J

Bloque de la derecha

El Partido Popular consigue 136 escaños, 47 más que hace cuatro años y Vox pierde 19 diputados con respecto a 2019 (33).

Los partidos de Feijóo y Abascal suman 169 diputados en el Congreso. Una cifra que no les da para gobernar, ni con la hipotética suma del diputado de UPN y de Coalición Canaria ya que no llegan a los 176 necesarios para la investidura.

Partidos de izquierdas

El bloque de la izquierda (PSOE – Sumar) tampoco llega: Los 122 escaños del PSOE y los 31 de Sumar, la coalición de 15 partidos de Yolanda Díaz, suman  un total de 153 escaños. Pero para lograr los 176 que dan la mayoría absoluta necesitarían un total 23 diputados más y sus aliados (ERC, Bildu, PNV y BNG) suman 19.

Puigdemont, la llave

La sorpresa llega de la mano de Junts  que puede ser determinante para que Pedro Sánchez vuelva a ser elegido como presidente de España y siga en La Moncloa.

El expresidente catalán, Carles Puigdemont, ya aseguró antes de iniciarse la campaña electoral que su formación no daría apoyo ni a Sánchez ni a Feijóo. Tras los resultados del 23J mandó un claro mensaje a Sánchez.

Un bloque político que podría desencadenar en unas nuevas elecciones generales.

PP-Vox o PSOE-Sumar

Las posibles coaliciones tras las elecciones del 23J son: un bloque de derechas (PP y Vox) o un bloque de izquierdas (PSOE y Sumar). El presidente del Gobierno en funciones y líder del Partido Socialista Obrero Español no se esconde al admitir que si los votos suman, pactará con Yolanda Díaz, cabeza de ‘Sumar’.

¿Se podría ver un acuerdo entre PP-PSOE? No se prevé que los dos principales partidos se pongan de acuerdo para una investidura.

El candidato del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, reivindica su derecho a formar gobierno y pedirá que se permita la investidura del candidato que ha ganado los comicios.

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VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

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Okupa Menorca chalé lujo

Una familia de okupas toma posesión de un chalé de lujo con vistas al mar en la costa de Menorca y lo presume en redes sociales.

La mujer okupa, que se ha instalado en el chalé junto a su familia, presenta el vídeo que ha grabado con estas palabras: «Hoy os voy a enseñar el chalé que he okupado, nuevo y a estrenar». El chalé se encuentra en la exclusiva urbanización de Coves Noves, en el norte de Menorca.

En su house tour, la mujer okupa ha decidido compartir con sus amistades todos los detalles de su nueva morada, mientras que el propietario del chalé ha presentado la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil.

La okupa muestra orgullosa las diversas estancias del chalé, que «acaba de estrenar» y que cuenta con tres cuartos de baño, cuatro dormitorios y una moderna cocina, entre otras dependencias. También destaca los grandes ventanales con vistas al mar y los suelos de parqué.

VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

 

En España, la ocupación de viviendas es un problema complejo que involucra varias leyes y procedimientos legales. La respuesta de la ley depende en gran medida de si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o una segunda vivienda. Aquí hay un resumen de cómo actúa la ley en estos casos:

1. Residencia Habitual:

  • Desalojo Rápido: Si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o de alguien que la usa regularmente (incluso si está vacía durante unas vacaciones, por ejemplo), la policía puede desalojar a los okupas de manera inmediata sin necesidad de una orden judicial.
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal (Artículo 202): La ocupación de la vivienda habitual del propietario puede considerarse un allanamiento de morada, un delito penal que puede conllevar penas de prisión.

2. Segundas Viviendas o Propiedades Desocupadas:

  • Procedimiento Judicial: Para las segundas viviendas o propiedades desocupadas, el desalojo suele requerir un proceso judicial. El propietario debe presentar una denuncia, y el juez debe ordenar el desalojo.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (Juicio Verbal de Desahucio por Precario): Este procedimiento judicial permite a los propietarios solicitar el desalojo de okupas, aunque el proceso puede ser largo, a menudo tomando varios meses.
  • Reforma de 2018: Se introdujo un procedimiento acelerado para desalojar a los okupas, permitiendo a los propietarios y entidades públicas solicitar un desalojo rápido en casos de ocupación ilegal.

3. Medidas Penales y Administrativas:

  • Multas y Penas de Prisión: Además de la posible pena de prisión por allanamiento de morada, los okupas pueden enfrentarse a multas. En algunos casos, si se demuestra que hay daños a la propiedad o comportamientos ilícitos adicionales, las penas pueden ser más severas.
  • Responsabilidad del Propietario: A veces, los propietarios también pueden enfrentar sanciones si no aseguran adecuadamente sus propiedades, aunque esto es menos común.

4. Protección de los Derechos de los Ocupantes:

  • Diferencias entre Ocupas y Personas Vulnerables: La ley hace distinciones entre okupas que ocupan ilegalmente propiedades por lucro o por necesidad y personas en situación de vulnerabilidad. Las segundas pueden recibir una consideración diferente en los tribunales, especialmente si hay menores o personas dependientes involucradas.
  • Intervención de Servicios Sociales: En algunos casos, los servicios sociales pueden intervenir para proporcionar asistencia a las personas vulnerables ocupantes, buscando soluciones habitacionales alternativas.

5. Procedimientos Preventivos:

  • Seguridad Privada: Algunos propietarios optan por contratar seguridad privada para vigilar sus propiedades y evitar ocupaciones.
  • Medidas Cautelares: Los tribunales pueden imponer medidas cautelares para proteger las propiedades en riesgo de ser ocupadas.

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