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¿En qué consiste el plan de adiestramiento que está haciendo la princesa Leonor?

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Princesa Leonor plan de adiestramiento

La princesa Leonor se encuentra junto con sus compañeros del grupo de cadetes de la Academia General Militar de Zaragoza realizando el palan de adiestramiento en la estación de esquí de Astún.

El grupo llegó a primera hora del lunes a las instalaciones invernales para realizar la instrucción de montaña, según ha recogido el Heraldo.

La princesa y sus compañeros de promoción pasarán tres días en la Escuela Militar de Alta Montaña y Operaciones Especiales como plan de instrucción dentro de las actividades de formación que lleva a cabo desde su ingreso el pasado 17 de agosto en la Academia General Militar de Zaragoza.

La cadete Borbón Ortiz recibirá adiestramiento en las pistas de esquí del Pirineo aragonés de Astún y Candanchú, que han abierto este fin de semana como inicio de la temporada.

El centro invernal de Astún inauguró la temporada el pasado sábado y dispone de más de 20 kilómetros de pistas, lo que permite asegurar la nieve suficiente para realizar el plan de instrucción.

 

¿Qué es el plan de adiestramiento militar?

El plan de adiestramiento militar es un conjunto organizado de actividades diseñadas para desarrollar y mejorar las habilidades, conocimientos y aptitudes de los militares. Estas actividades están diseñadas para preparar a los individuos y unidades militares para cumplir con sus responsabilidades y misiones de manera efectiva. El adiestramiento militar abarca una variedad de áreas, desde habilidades tácticas y técnicas específicas hasta aspectos físicos, mentales y éticos.

Aquí hay algunos componentes clave que a menudo se incluyen en un plan de adiestramiento militar:

  1. Instrucción Básica:
    • Entrenamiento físico básico.
    • Educación sobre el código de conducta militar y valores éticos.
    • Instrucción en técnicas y tácticas militares fundamentales.
  2. Especialización Técnica:
    • Formación en el uso de armas y equipo militar.
    • Desarrollo de habilidades específicas para el rol asignado (por ejemplo, infantería, artillería, fuerzas especiales, etc.).
    • Capacitación en comunicaciones, navegación y otras habilidades técnicas.
  3. Ejercicios de Campo y Simulacros:
    • Ejercicios tácticos para mejorar la coordinación y el trabajo en equipo.
    • Simulacros de situaciones de combate y respuestas a emergencias.
    • Prácticas de supervivencia en diversos entornos.
  4. Formación Física:
    • Desarrollo de resistencia, fuerza y habilidades físicas específicas.
    • Carreras de resistencia y entrenamiento en condiciones adversas.
  5. Formación Mental:
    • Desarrollo de habilidades de liderazgo y toma de decisiones bajo presión.
    • Entrenamiento en resolución de problemas y adaptación a situaciones cambiantes.
    • Instrucción sobre ética militar y normas de comportamiento.
  6. Adiestramiento en Seguridad:
    • Conciencia y medidas de seguridad operacional.
    • Entrenamiento en la identificación y respuesta a amenazas potenciales.
  7. Educación Continua:
    • Actualización constante en nuevas tácticas, tecnologías y procedimientos.
    • Desarrollo profesional y oportunidades de educación superior.

El plan de adiestramiento puede variar según la rama militar, el tipo de unidad y las responsabilidades específicas de los militares. Asimismo, se adapta continuamente para abordar las cambiantes amenazas y desafíos que puedan surgir. Es esencial para mantener un nivel alto de preparación y eficacia en las fuerzas armadas.

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Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

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La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

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