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Consumo

Denuncian a un producto «milagroso» por suplantar identidades de famosos como reclamo publicitario

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producto milagroso famosos
Vicky Martín Berrocal posando en bañador. @vickymartinberrocal

FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Ministerio de Consumo a una página web donde se comercializa el producto «milagroso» Sirtfood Diet con supuestas propiedades adelgazantes por el uso de publicidad engañosa para captar clientes suplantando la identidad de expertos y de personajes famosos.

La web denunciada carece de «aviso legal» que permita identificar a los responsables, y tampoco informa de la política de protección y tratamiento de los datos que recaba.

La asociación ha requerido tanto al departamento que dirige Alberto Garzón como a la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que abran expedientes y sancionen las prácticas que presuntamente vulneran la legislación en materia de publicidad, protección de datos y defensa del consumidor.

El producto «milagroso» que usa a famosos

A la web denunciada se accede a través de anuncios que insertan en páginas de medios de comunicación y donde aparece claramente la imagen del famoso al que quieren vincular con el producto supuestamente milagroso que pretenden comercializar haciendo unas declaraciones a modo de entrevista periodística.

Con este reclamo, redirigen al usuario a la página web donde captan clientes valiéndose de publicidad engañosa. Resulta imposible identificar a la entidad titular de la misma, dado que no se indica nombre de la persona física o jurídica a la que pudiera pertenecer este dominio, ni domicilio alguno.

FACUA ha advertido que el sitio web denunciado hace uso de imágenes de un personaje famoso, Vicky Martín Berrocal, a la que refieren a lo largo del texto como Vicky M., y que aparece con numerosas imágenes fácilmente reconocibles a las que se le pixela el rostro.

En la web simulan una entrevista en la que exponen las bondades de este producto supuestamente adelgazante como si de un anuncio publicitario se tratase, incluyendo al final de la página -y en varias ocasiones a través de ventanas flotantes en las que prometen un descuento aplicado para el mercado español- la posibilidad de adquirir el mencionado producto.

Riesgos para la salud pública

En la simulada entrevista al personaje famoso, indican «todo empezó hace unos meses, cuando en un programa conté como pude perder peso tan rápido, y que nunca frecuentaba los gimnasios, ni usaba los servicios de dietólogos, recomendando encarecidamente evitarlos, ya que existe un método natural más sencillo y barato para perder los kilos de más».

Aunque en la web fraudulenta aparecen las imágenes de Vicky Martín Berrocal pixeladas, cualquier usuario puede identificar con facilidad que se trata de este personaje famoso. En la parte inferior de la web, simulan igualmente comentarios de pacientes reales adulando el producto e incitando a los consumidores a su adquisición.

La asociación ha instado a Consumo a investigar y sancionar los hechos denunciados, y advierte de que el uso de este supuesto remedio adelgazante puede ser especialmente perjudicial para los consumidores, dado el impacto que pueda tener para la salud pública. Bien por sus posibles efectos secundarios, bien porque el usuario abandone un tratamiento médico habitual pensando erróneamente que este compuesto es más beneficioso.

¿Qué dice la ley?

El apartado e) del artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad que “es ilícita: e) La publicidad engañosa, la publicidad desleal y la publicidad agresiva, que tendrán el carácter de actos de competencia desleal en los términos contemplados en la Ley de Competencia Desleal».

Mientras que el artículo 5 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal indica en su apartado primero, «se considera desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico».

El Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, recoge en su artículo 4, apartados 7, 13, 14 y 15, que «queda prohibida cualquier clase de publicidad o promoción directa o indirecta, masiva o individualizada, de productos, materiales, sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria» en casos como «que pretendan aportar testimonios de profesionales sanitarios, de personas famosas o conocidas por el público o de pacientes reales o supuestos, como medio de inducción al consumo, (…) que utilicen el término «natural» como característica vinculada a pretendidos efectos preventivos o terapéuticos (…), que atribuyan carácter superfluo o pretenda sustituir la utilidad de los medicamentos o productos sanitarios legalmente reconocidos, (…) o que atribuyan carácter superfluo o pretendan sustituir la consulta o la intervención de los profesionales sanitarios».

Además, el artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias recoge que son derechos básicos de los consumidores «la protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad».

Imposible identificar a la entidad titular de la web fraudulenta

Resulta imposible identificar a la entidad titular de esta web fraudulenta, dado que no se indica nombre de la persona física o jurídica a la que pudiera pertenecer este dominio ni domicilio alguno.

Por ello, FACUA ha dirigido una denuncia contra los comercializadores de Sirtfood Diet ante la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial por los presuntos incumplimientos de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) cometidos en la página web, al constatar que no aparecen datos que, conforme al artículo 10, deben aportarse obligatoriamente como «nombre o denominación social», «datos de inscripción en el Registro Mercantil» y «número de identificación fiscal».

Esta información es básica porque es la que permite a los consumidores identificar a la entidad responsable de la web para solicitar información, interponer una reclamación o conocer sobre quién recae la responsabilidad del bien o producto que adquiere.

Denuncia ante la Agencia Española de Protección de datos

En las indagaciones, FACUA ha constatado que la web denunciada no informa de su política de protección y tratamiento de datos, cuestión que ha denunciado ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). «Nada se menciona en relación a los datos personales que pudieran obtener de los usuarios que adquiriesen algún producto de los anunciados en esta plataforma web, ni cuáles serán los fines que darán a estos datos ni cómo ejercer sus derechos sobre el tratamiento de los mismos, ni si existe algún responsable designado para esta clase de menesteres», ha advertido la asociación en el escrito de denuncia.

El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, contempla en el artículo 13, apartados primero y segundo, que «cuando se obtengan de un interesado datos personales relativos a él, el responsable del tratamiento, en el momento en que estos se obtengan, le facilitará toda la información» relativa, entre otros aspectos, a «la identidad y los datos de contacto del responsable y, en su caso, de su representante; los datos de contacto del delegado de protección de datos, en su caso, (…) o los fines del tratamiento a que se destinan los datos personales y la base jurídica del tratamiento».

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Consumo

Sanidad y Consumo intensifica los controles en las 165 churrerías de Fallas en València

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Churrerías de Fallas 
Churrerías de Fallas -Archivo/EFE/Ángel Medina G.

El Ayuntamiento de València ha reforzado los controles sanitarios diarios en las churrerías instaladas durante las Fallas, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores. En total, 165 puestos de churros y buñuelos funcionan en la ciudad entre el 2 y el 19 de marzo, coincidiendo con la celebración de las Fallas de València.

El concejal de Sanidad y Consumo, José Gosálbez, participó junto a inspectores municipales en una demostración práctica de inspección higiénico-sanitaria en una churrería de la ciudad, donde se mostró el procedimiento que se aplica durante la campaña fallera.

Más de 700 inspecciones desde el inicio de las Fallas

Desde el comienzo del dispositivo, el servicio municipal ha realizado más de 700 inspecciones en los puestos de churros y buñuelos instalados en la ciudad.

De los 165 puestos autorizados,

  • 146 corresponden a puestos específicos de Fallas

  • 19 pertenecen a bares que también ofrecen estos productos tradicionales.

Durante estas inspecciones se han llevado a cabo alrededor de 600 análisis del aceite utilizado para la fritura, de los cuales 60 han requerido su sustitución. Además, los técnicos municipales han realizado 40 controles del suministro de agua para verificar su calidad.

Según explicó Gosálbez, los controles se realizan de forma aleatoria y por sorpresa, cualquier día de la semana y a cualquier hora, con el objetivo de comprobar que todos los puestos cumplen las condiciones higiénico-sanitarias exigidas.

Qué revisan los inspectores en las churrerías

Los seis inspectores municipales supervisan distintos aspectos relacionados con la seguridad alimentaria:

  • Manipulación adecuada de alimentos

  • Calidad del aceite mediante medidores de compuestos polares

  • Conexión a la red municipal de agua

  • Presencia de calentador y grifos de accionamiento no manual

  • Uso de toallas de un solo uso

  • Toma de muestras de agua para análisis químico

Según el concejal, “todos los puestos deben cumplir las mismas normas y garantizar las mismas condiciones higiénico-sanitarias. Quien no las cumpla tendrá que desmontar el puesto”.

Control de precios y derechos del consumidor

Además de los controles sanitarios, el área de Consumo también verifica el cumplimiento de la normativa de protección al cliente. Entre las comprobaciones se incluye:

  • Lista de precios visible para el público

  • Disponibilidad de hojas de reclamaciones

  • Entrega de ticket cuando lo solicite el cliente

El objetivo es garantizar transparencia en los precios y seguridad para los consumidores durante las fiestas.

Supervisión de los mercados falleros

A estas inspecciones se suma la supervisión de los 79 mercados falleros instalados en la ciudad desde el 12 de marzo. Cada uno de estos espacios puede albergar hasta diez puestos de alimentación, de los cuales cinco pueden preparar comida en el momento y otros cinco vender alimentos ya elaborados.

Todas estas actuaciones se desarrollan conforme al Bando Fallero, que establece las normas que deben cumplir los puestos de venta durante las fiestas.

“Las Fallas son una celebración abierta al mundo y queremos que también sean un ejemplo de seguridad alimentaria y respeto al consumidor”, concluyó Gosálbez.

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