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¿Qué enfermedades no te permiten renovar el carnet de conducir?

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Conducir un vehículo es una gran responsabilidad que millones de personas asumen cada día en España. Ya sea un coche, moto, furgoneta u otro tipo de transporte, es necesario contar con el carnet de conducir, obtenido tras superar las pruebas teóricas y prácticas que certifican que el conductor conoce las normas de tráfico. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado nuevas medidas para 2025 que endurecen los controles médicos necesarios para renovar el permiso de conducir, especialmente en personas con determinadas enfermedades y mayores de 70 años.


La salud, clave para renovar el carnet de conducir

Tener un buen estado de salud es fundamental para poder ponerse al volante. Las enfermedades físicas o mentalespueden afectar la capacidad de reacción y de toma de decisiones, aumentando el riesgo de accidentes. Por ello, la DGT busca ser más rigurosa en los reconocimientos médicos, evitando que personas que padezcan ciertas enfermedades o estén bajo tratamientos médicos que afecten la conducción puedan renovar su carnet.

A partir de 2025, los análisis médicos para renovar el carnet serán más estrictos, y los conductores deberán presentar un informe médico que certifique que están en condiciones óptimas para conducir. De lo contrario, no podrán renovar su permiso.


Enfermedades que impiden obtener o renovar el carnet de conducir en 2025

La DGT ha establecido una lista de enfermedades que pueden limitar o impedir la renovación del permiso de conducir, ya que pueden afectar la capacidad de conducción:

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias cardíacas
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o trastorno de ansiedad
  • Depresión
  • Desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Enfermedades cardíacas
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
  • Enfermedades digestivas
  • Enfermedades endocrinas
  • Epilepsia
  • Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
  • Hipotiroidismo y paratiroides
  • Infarto agudo de miocardio
  • Marcapasos
  • Nefropatía con diálisis
  • Parkinson
  • Problemas vasculares
  • Prótesis valvulares
  • Trasplante renal
  • Trastornos de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno obsesivo-compulsivo (TOC)
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos oncohemáticos

Nuevos controles para personas mayores de 70 años

Otro de los cambios importantes que la DGT implementará en 2025 afecta a los conductores mayores de 70 años. Con el paso de los años, la capacidad de reacción y los reflejos pueden verse disminuidos, lo que aumenta el riesgo de accidentes de tráfico.

Por ello, la DGT establecerá que los mayores de 70 años deberán renovar su carnet de conducir cada dos años, en lugar de cada cinco como ocurre actualmente. Además, deberán someterse a pruebas psicofísicas más rigurosas, que incluirán evaluaciones adicionales para asegurarse de que pueden conducir con seguridad.


Cómo renovar el carnet si tienes alguna de estas enfermedades

Si padeces alguna de las enfermedades incluidas en la lista de la DGT, será imprescindible presentar un informe médico válido que certifique que tu estado de salud es adecuado para conducir. Este informe debe ser emitido por un médico especialista y debe detallar que la enfermedad está controlada y no representa un riesgo para la conducción.

En algunos casos, la DGT podría establecer limitaciones específicas para esos conductores, como evitar conducir de noche o durante largos trayectos, dependiendo del tipo de afección.


¿Qué pasa si no puedes renovar el carnet de conducir?

Si no cumples con los requisitos médicos exigidos por la DGT, no podrás renovar tu permiso de conducir. Esto implica que no estarás autorizado para conducir ningún tipo de vehículo, y si lo haces, estarás incurriendo en una infracción grave que puede acarrear multas importantes y pérdida de puntos en el carnet.


Conclusión: más seguridad en las carreteras

La DGT busca con estas medidas reducir los riesgos de accidentes relacionados con problemas de salud. Aunque pueda parecer un endurecimiento de los requisitos, la intención es asegurar que todas las personas al volante estén en condiciones óptimas para conducir, protegiendo tanto a los conductores como a los demás usuarios de la vía.

Por tanto, si te encuentras entre los colectivos afectados por estas nuevas medidas, asegúrate de realizar tus revisiones médicas a tiempo y de cumplir con los requisitos necesarios para renovar tu carnet de conducir.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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