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¿Qué enfermedades no te permiten renovar el carnet de conducir?

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Conducir un vehículo es una gran responsabilidad que millones de personas asumen cada día en España. Ya sea un coche, moto, furgoneta u otro tipo de transporte, es necesario contar con el carnet de conducir, obtenido tras superar las pruebas teóricas y prácticas que certifican que el conductor conoce las normas de tráfico. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado nuevas medidas para 2025 que endurecen los controles médicos necesarios para renovar el permiso de conducir, especialmente en personas con determinadas enfermedades y mayores de 70 años.


La salud, clave para renovar el carnet de conducir

Tener un buen estado de salud es fundamental para poder ponerse al volante. Las enfermedades físicas o mentalespueden afectar la capacidad de reacción y de toma de decisiones, aumentando el riesgo de accidentes. Por ello, la DGT busca ser más rigurosa en los reconocimientos médicos, evitando que personas que padezcan ciertas enfermedades o estén bajo tratamientos médicos que afecten la conducción puedan renovar su carnet.

A partir de 2025, los análisis médicos para renovar el carnet serán más estrictos, y los conductores deberán presentar un informe médico que certifique que están en condiciones óptimas para conducir. De lo contrario, no podrán renovar su permiso.


Enfermedades que impiden obtener o renovar el carnet de conducir en 2025

La DGT ha establecido una lista de enfermedades que pueden limitar o impedir la renovación del permiso de conducir, ya que pueden afectar la capacidad de conducción:

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias cardíacas
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o trastorno de ansiedad
  • Depresión
  • Desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Enfermedades cardíacas
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
  • Enfermedades digestivas
  • Enfermedades endocrinas
  • Epilepsia
  • Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
  • Hipotiroidismo y paratiroides
  • Infarto agudo de miocardio
  • Marcapasos
  • Nefropatía con diálisis
  • Parkinson
  • Problemas vasculares
  • Prótesis valvulares
  • Trasplante renal
  • Trastornos de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno obsesivo-compulsivo (TOC)
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos oncohemáticos

Nuevos controles para personas mayores de 70 años

Otro de los cambios importantes que la DGT implementará en 2025 afecta a los conductores mayores de 70 años. Con el paso de los años, la capacidad de reacción y los reflejos pueden verse disminuidos, lo que aumenta el riesgo de accidentes de tráfico.

Por ello, la DGT establecerá que los mayores de 70 años deberán renovar su carnet de conducir cada dos años, en lugar de cada cinco como ocurre actualmente. Además, deberán someterse a pruebas psicofísicas más rigurosas, que incluirán evaluaciones adicionales para asegurarse de que pueden conducir con seguridad.


Cómo renovar el carnet si tienes alguna de estas enfermedades

Si padeces alguna de las enfermedades incluidas en la lista de la DGT, será imprescindible presentar un informe médico válido que certifique que tu estado de salud es adecuado para conducir. Este informe debe ser emitido por un médico especialista y debe detallar que la enfermedad está controlada y no representa un riesgo para la conducción.

En algunos casos, la DGT podría establecer limitaciones específicas para esos conductores, como evitar conducir de noche o durante largos trayectos, dependiendo del tipo de afección.


¿Qué pasa si no puedes renovar el carnet de conducir?

Si no cumples con los requisitos médicos exigidos por la DGT, no podrás renovar tu permiso de conducir. Esto implica que no estarás autorizado para conducir ningún tipo de vehículo, y si lo haces, estarás incurriendo en una infracción grave que puede acarrear multas importantes y pérdida de puntos en el carnet.


Conclusión: más seguridad en las carreteras

La DGT busca con estas medidas reducir los riesgos de accidentes relacionados con problemas de salud. Aunque pueda parecer un endurecimiento de los requisitos, la intención es asegurar que todas las personas al volante estén en condiciones óptimas para conducir, protegiendo tanto a los conductores como a los demás usuarios de la vía.

Por tanto, si te encuentras entre los colectivos afectados por estas nuevas medidas, asegúrate de realizar tus revisiones médicas a tiempo y de cumplir con los requisitos necesarios para renovar tu carnet de conducir.

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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?

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Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16

A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.

Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.

Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria

La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.

Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.

¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Autobuses

  • Camiones

  • Vehículos mixtos

  • Conjuntos de vehículos no especiales

En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.

Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios

La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.

No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.

Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.

Un cambio pensado para salvar vidas

Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.

“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.

🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT

Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.

La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.

Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,

“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.

🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas

Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.

🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal

Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.

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