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¿Qué enfermedades no te permiten renovar el carnet de conducir?

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PIXABAY

Conducir un vehículo es una gran responsabilidad que millones de personas asumen cada día en España. Ya sea un coche, moto, furgoneta u otro tipo de transporte, es necesario contar con el carnet de conducir, obtenido tras superar las pruebas teóricas y prácticas que certifican que el conductor conoce las normas de tráfico. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado nuevas medidas para 2025 que endurecen los controles médicos necesarios para renovar el permiso de conducir, especialmente en personas con determinadas enfermedades y mayores de 70 años.


La salud, clave para renovar el carnet de conducir

Tener un buen estado de salud es fundamental para poder ponerse al volante. Las enfermedades físicas o mentalespueden afectar la capacidad de reacción y de toma de decisiones, aumentando el riesgo de accidentes. Por ello, la DGT busca ser más rigurosa en los reconocimientos médicos, evitando que personas que padezcan ciertas enfermedades o estén bajo tratamientos médicos que afecten la conducción puedan renovar su carnet.

A partir de 2025, los análisis médicos para renovar el carnet serán más estrictos, y los conductores deberán presentar un informe médico que certifique que están en condiciones óptimas para conducir. De lo contrario, no podrán renovar su permiso.


Enfermedades que impiden obtener o renovar el carnet de conducir en 2025

La DGT ha establecido una lista de enfermedades que pueden limitar o impedir la renovación del permiso de conducir, ya que pueden afectar la capacidad de conducción:

  • Accidente isquémico transitorio
  • Alzheimer
  • Aneurisma de grandes vasos
  • Apnea del sueño
  • Arritmias cardíacas
  • Crisis o pérdida de conciencia
  • Demencia o trastorno de ansiedad
  • Depresión
  • Desfibrilador automático
  • Diabetes mellitus insulinodependiente
  • Enfermedades cardíacas
  • Enfermedades degenerativas, neurológicas y crónicas
  • Enfermedades digestivas
  • Enfermedades endocrinas
  • Epilepsia
  • Esclerosis lateral amiotrófica (ELA)
  • Hipotiroidismo y paratiroides
  • Infarto agudo de miocardio
  • Marcapasos
  • Nefropatía con diálisis
  • Parkinson
  • Problemas vasculares
  • Prótesis valvulares
  • Trasplante renal
  • Trastornos de la personalidad
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • Trastorno obsesivo-compulsivo (TOC)
  • Trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH)
  • Trastornos del sueño
  • Trastornos oncohemáticos

Nuevos controles para personas mayores de 70 años

Otro de los cambios importantes que la DGT implementará en 2025 afecta a los conductores mayores de 70 años. Con el paso de los años, la capacidad de reacción y los reflejos pueden verse disminuidos, lo que aumenta el riesgo de accidentes de tráfico.

Por ello, la DGT establecerá que los mayores de 70 años deberán renovar su carnet de conducir cada dos años, en lugar de cada cinco como ocurre actualmente. Además, deberán someterse a pruebas psicofísicas más rigurosas, que incluirán evaluaciones adicionales para asegurarse de que pueden conducir con seguridad.


Cómo renovar el carnet si tienes alguna de estas enfermedades

Si padeces alguna de las enfermedades incluidas en la lista de la DGT, será imprescindible presentar un informe médico válido que certifique que tu estado de salud es adecuado para conducir. Este informe debe ser emitido por un médico especialista y debe detallar que la enfermedad está controlada y no representa un riesgo para la conducción.

En algunos casos, la DGT podría establecer limitaciones específicas para esos conductores, como evitar conducir de noche o durante largos trayectos, dependiendo del tipo de afección.


¿Qué pasa si no puedes renovar el carnet de conducir?

Si no cumples con los requisitos médicos exigidos por la DGT, no podrás renovar tu permiso de conducir. Esto implica que no estarás autorizado para conducir ningún tipo de vehículo, y si lo haces, estarás incurriendo en una infracción grave que puede acarrear multas importantes y pérdida de puntos en el carnet.


Conclusión: más seguridad en las carreteras

La DGT busca con estas medidas reducir los riesgos de accidentes relacionados con problemas de salud. Aunque pueda parecer un endurecimiento de los requisitos, la intención es asegurar que todas las personas al volante estén en condiciones óptimas para conducir, protegiendo tanto a los conductores como a los demás usuarios de la vía.

Por tanto, si te encuentras entre los colectivos afectados por estas nuevas medidas, asegúrate de realizar tus revisiones médicas a tiempo y de cumplir con los requisitos necesarios para renovar tu carnet de conducir.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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