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Tablas de cotización de autónomos para 2023

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tablas cotizacion autonomos 2023

Aprobadas las tablas de cotización de los autónomos para 2023. Establecerá un sistema de 13 tramos de cotización para que los trabajadores por cuenta propia coticen según sus rendimientos netos.

¿Qué va a cambiar con la nueva cuota de autónomos 2023-2031?

Lo más destacable de la nueva cuota de autónomos es que ya no se podrá elegir la base de cotización que se quiera, sino que se cotizará según la previsión de rendimiento neto anual que realicemos.

En el nuevo sistema existen 15 tramos de cotización y, como hemos dicho, deberemos acogernos a uno de ellos en función de nuestros ingresos:

  • Si ingresamos al mes 1300 euros o menos, la cuota de autónomos se irá reduciendo durante el periodo de 2023 a 2025.
  • Si nuestros ingresos mensuales se encuentran en la franja de los 1301 hasta los 1700 euros, pagaremos lo mismo que hasta ahora.
  • Cuando superemos los 1701 euros mensuales, deberemos abonar más cada año.

Todos los nuevos cambios:

  • Cotizaremos según los rendimientos netos de tu actividad económica.
  • El sistema de cotización se irá incrementando de manera progresiva desde 2023 (año en el que entra en vigor) hasta 2031.
  • A través de la plataforma Import@s, deberemos comunicar nuestra previsión de  rendimientos netos al empezar el año a la Seguridad Social para que esta nos informe sobre nuestra base de cotización y la cuota mensual que deberemos abonar.
  • Podremos cambiar nuestra base de cotización cada dos meses.
  • La cuota de trabajador por cuenta propia incluirá el cese de actividad (ya no será voluntario).
  • La tarifa plana para los nuevos autónomos que cumplan las condiciones seguirá existiendo, pero será diferente.
  • Si un año cotizamos por encima de nuestros ingresos reales, la Seguridad Social nos devolverá la diferencia y, si es al contrario, tendremos que pagar lo que falte (más una sanción, claro).
  • Nos podremos  deducir de manera genérica un 7% de nuestros gastos (o un 3% si somos autónomo societario).
  • Desaparece el tope para los autónomos mayores de 47 años.
  • Los autónomos que en diciembre de 2022 estén cotizando por una base superior podrán seguir haciéndolo aunque sus ingresos sean inferiores.
  • El cese de actividad podrá ser también parcial. En otras palabras, a partir del año que viene, podremos compatibilizar nuestra actividad con el paro del autónomo siempre y cuando nuestra facturación haya caído un 75% (como mínimo) durante dos trimestres.

¿Cuánto sube la cuota de autónomos en 2023?

La respuesta a esta pregunta dependerá de nuestra previsión de ingresos netos. Por eso, lo primero que tenemos que hacer al comienzo de cada año a partir de 2023 será realizar una aproximación de cuánto vamos a ganar (es decir, a los ingresos que tengamos le tenemos que descontar los gastos) entre enero y diciembre.

Nueva cuota mínima

La nueva tabla de cotizaciones -que poco tiene que ver con la lanzada inicialmente por el ministro José Luis Escrivá- está dividida en 15 tramos según los rendimientos netos previstos por el trabajador, que van desde los iguales o inferiores 670 euros mensuales hasta los que superen los 6.000 euros.

Se establece una nueva cuota reducida de 80 euros al mes para todos aquellos trabajadores que inicien una actividad por cuenta propia durante el primer año, prorrogable a otros 12 meses si el autónomo tiene ingresos inferiores al SMI.

Tablas cotización autonómos 2023

Fuente Antena 3

¿Cómo se calcula la nueva cuota de autónomos?

Para calcular el rendimiento mensual por el que debemos cotizar, tendremos que descontarle a nuestros ingresos los gastos que hemos tenido durante el ejercicio de nuestra actividad profesional y las cuotas de autónomo que hemos pagado. Además, a la cantidad que obtengamos tendremos que restarle el 7% (si somos persona física) o el 3% (si somos persona jurídica) en concepto de gastos de imposible justificación. Cuando tengamos obtenido esta cifra, la diviremos por 12 (los meses del año). El resultado que obtengamos es el que tenemos que trasladar a la tabla de cotización para saber en qué tramo nos encontramos y cuánto tendremos que pagar al mes.

 

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Nueva Ley ‘Antiokupas’ en España: Adiós a la ocupación de viviendas, esta será su fecha de entrada en vigor

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nueva ley antiokupas

El Congreso aprueba una enmienda para agilizar los juicios por usurpación y allanamiento de morada

La ocupación ilegal de viviendas en España está cerca de un cambio significativo.

El Congreso de los Diputados ha aprobado una reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que establece que los delitos de usurpación y allanamiento de morada sean tramitados en juicios abreviados, permitiendo que se resuelvan en un máximo de 15 días desde que los ‘okupas’ son puestos a disposición judicial.

La iniciativa fue aprobada con el respaldo del PP, Junts, UPN, Coalición Canaria, ERC y Bildu, aunque este último reconoció su voto como un error y se disculpó públicamente. Vox se abstuvo, mientras que PSOE, Sumar, Podemos y BNG votaron en contra.

 

Siguientes pasos para la aprobación definitiva

La reforma forma parte de la Ley de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia y ahora se encuentra en el Senado, que tiene hasta dos meses para debatir la propuesta. Sin embargo, al no ser un proyecto declarado urgente, los plazos pueden extenderse. En el Senado pueden suceder tres escenarios:

  1. Aprobación sin cambios: La ley pasa directamente al proceso de sanción, promulgación y publicación.
  2. Veto absoluto: La iniciativa vuelve al Congreso sin ser aprobada, aunque no se espera que ocurra debido a la mayoría del PP en la Cámara Alta.
  3. Enmiendas parciales: El texto es modificado y regresaría al Congreso para su debate final.

Si se aprueba sin modificaciones, el Rey procederá a sancionar y promulgar la ley, un acto formal que no puede ser revocado. Posteriormente, se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor en el plazo indicado por la ley o, en su defecto, en 20 días.

Impacto de la nueva ley en los plazos legales actuales
El cambio permitirá agilizar notablemente los procesos judiciales. En la actualidad, el 80% de los casos de desahucio en España tardan entre 4 y 9 meses en resolverse. Con la reforma, estos casos se resolverán en 15 días.

 

Comparativa con otros países europeos

En otros países de Europa, las medidas contra la ocupación ilegal son más inmediatas:

  • Francia: La Policía puede desalojar sin autorización judicial en 48 horas. Las penas llegan a tres años de prisión y multas de hasta 45.000 euros.
  • Alemania: El desalojo se produce en 24 horas y las penas alcanzan hasta dos años de cárcel si se utiliza violencia.
  • Reino Unido: La Policía puede actuar sin permiso judicial y la pena máxima es de 51 semanas de prisión y multas de hasta 5.700 euros, salvo si los ‘okupas’ abandonan la vivienda antes de las primeras 24 horas.

 

 

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