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Un juez anula la candidatura de Toni Cantó en la lista de Díaz Ayuso

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Madrid, 11 abr (EFE).- El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Madrid ha anulado las candidaturas del exportavoz de Cs en la Cortes valencianas Toni Cantó y del exalcalde de Toledo Agustín Conde en la lista del PP que encabeza Isabel Díaz Ayuso al considerarlos inelegibles por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid después del cierre del censo electoral.

«Los candidatos Sres. Cantó y Conde, por haber cambiado sus domicilios desde otras circunscripciones electorales a la de Madrid, con posterioridad a la fecha de cierre del censo electoral aplicable para las presentes elecciones, no ostentarían, en modo alguno, la condición de elector, que es un requisito insoslayable para poder concurrir a las elecciones como candidato», concluye la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y contra la que solo cabe recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

El titular del Juzgado, Ramón Fernández Florez, estima así el recurso que interpuso el PSOE madrileño contra el Acuerdo de la Junta Electoral de Madrid por el que avaló la candidatura del PP a las elecciones a la Comunidad de Madrid pese a que el PSOE alegó que eran inelegibles por no estar inscritos en el censo electoral vigente antes del 1 de enero de 2021 (que era la fecha en que se había cerrado el censo electoral para dichas elecciones).

«Vistos los volantes de empadronamiento aportados por el Partido Popular, se reputa acreditado que el empadronamiento en la Comunidad de Madrid de los candidatos Sres. Cantó y Conde ha sido en fecha posterior al cierre del censo electoral vigente (1 de enero de 2021) y anterior a la presentación de la candidatura por el Partido Popular, en que se han integrado», observa el magistrado.

Según los DNI que ambos aportaron, éstos fueron renovados los días 26 y 29 de marzo de 2021 y los volantes de empadronamiento en la ciudad de Madrid son de 22 y 26 de marzo de 2021.

Por eso, añade, el que reúnan, «actualmente, la condición de vecindad administrativa de ciudadanos de la Comunidad de Madrid, no les confiere, per se, el derecho a ser elegibles a las presentes elecciones a su Asamblea Legislativa, del próximo 4 de mayo de 2021″.

El juez, que se apoya también en el informe de la Fiscalía, favorable a la anulación de las candidaturas, entiende que para poder ser candidato ha de reunirse la condición de elector, y por tanto se ha de estar inscrito en el censo electoral «vigente».

«Esta previsión legal -indica la sentencia- no es propiamente una excepción o un régimen especial, como se postula por la JEP y el Partido Popular».

A su entender, «permite a quien tenía derecho a estar inscrito en el censo electoral (por residir habitualmente en la Comunidad de Madrid en la fecha de cierre del censo electoral aplicable a las elecciones), pero, que por cualquier razón no figura inscrito en dicho censo electoral, la posibilidad de acreditar su derecho a haber figurado inscrito en él, mediante cualesquiera medios de prueba admitidos en derecho»

«Si no se tenía derecho a estar incluido en el censo a la fecha de su cierre (1 de enero de 2021), no se podrá concurrir a las elecciones (puesto que en ningún momento podrían haber sido electores)», argumenta el magistrado.

En este sentido, señala que la sentencia del Tribunal Constitucional 86/2003, «citada por todas las partes», dispone que «otra interpretación implicaría privar del derecho de sufragio pasivo a quien, por un error inadvertido, en el censo, no ha solicitado subsanar en los plazos establecidos en la propia LOREG (art.39) de su derecho a participar en las elecciones, cuando tenía pleno derecho a hacerlo·

La Ley Orgánica del Régimen electoral General (Loreg) recoge en su artículo 39.1 que «para cada elección el Censo Electoral vigente será el cerrado el día primero del mes anterior al de la fecha de la convocatoria».

Por todo ello, el juez ordena excluir a Cantó y a Conde de la lista a la elecciones por ser inelegibles, «con las consecuencias que se deriven, que habrán de ser acordadas por la Junta Electoral Provincial, a la que corresponde ejecutar la presente sentencia», concluye.

El PP recurrirá ante el TC la anulación de las candidaturas de Cantó y Conde

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Cómo ver el eclipse lunar total del 7 de septiembre

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eclipse lunar españa
PEXELS

El cielo nos regalará uno de los espectáculos astronómicos más esperados del año: el eclipse lunar total del 7 de septiembre de 2025. Durante varias horas, la Luna pasará por diferentes fases hasta teñirse de un intenso color rojo, conocido popularmente como luna de sangre.

Este fenómeno será visible desde gran parte del mundo, incluida España, aunque con matices según la región. A continuación, te contamos los horarios exactos, cómo verlo desde tu ciudad, previsiones meteorológicas y próximos eclipses.

Horarios del eclipse lunar del 7 de septiembre en España

El eclipse se dividirá en varias fases que se extenderán a lo largo de más de cinco horas.

  • Comienzo de la fase penumbral: 17:29 horas (hora peninsular).

  • Inicio de la fase parcial: 18:27 horas.

  • Comienzo de la totalidad: 19:31 horas.

  • Máximo eclipse: 20:12 horas.

  • Fin de la totalidad: 20:53 horas.

  • Fin de la fase parcial: 21:56 horas.

  • Fin de la fase penumbral: 22:55 horas.

En Canarias, todos los horarios se reducen en una hora menos.

La fase más esperada será la totalidad, cuando la Luna estará completamente cubierta por la sombra terrestre y se volverá rojiza, visible en España al atardecer.

Desde dónde ver el eclipse lunar en España

La visibilidad dependerá de la ubicación:

  • Islas Canarias y Galicia occidental: la Luna saldrá en el horizonte una vez finalizada la totalidad, por lo que solo se podrá ver el final del eclipse parcial.

  • Resto de la península, Baleares, Ceuta y Melilla: se podrá observar la fase total al salir la Luna ya eclipsada, disfrutando de su característico color rojo.

El eclipse será visible, en alguna de sus fases, en Europa, África, Asia, Oceanía, la Antártida y parte de Sudamérica.

Previsión meteorológica: nubosidad durante el eclipse

El principal inconveniente puede ser la nubosidad. Según las previsiones, un frente cruzará la península el 7 de septiembre:

  • Mejores zonas para observarlo: Galicia, oeste de Castilla y León y Canarias.

  • Mayor nubosidad: Cantábrico, Pirineos, interior de Cataluña, Castilla-La Mancha y zonas del sureste peninsular.

Si el cielo lo permite, cualquier punto con horizonte despejado hacia el este será ideal para seguir el espectáculo.

Cómo observar y fotografiar la luna roja

  • No se necesitan gafas especiales: a diferencia de los eclipses solares, los eclipses lunares son totalmente seguros a simple vista.

  • Telescopios y prismáticos: permiten ver con más detalle los cráteres y mares lunares.

  • Fotografía: lo ideal es usar cámara con teleobjetivo o el modo luna de algunos smartphones, siempre con trípode o superficie estable.

Un eclipse es también una gran oportunidad para practicar astrofotografía y captar imágenes únicas de la luna roja.

Por qué la luna se vuelve roja en un eclipse total

El color rojizo se debe a que la Tierra bloquea la luz solar directa, pero la atmósfera filtra y refracta parte de ella. La luz azul se dispersa y solo los tonos rojos y anaranjados llegan hasta la superficie lunar.

Este mismo efecto ocurre en los amaneceres y atardeceres, pero visto desde la Luna. La intensidad del color puede variar entre rojo oscuro y naranja pálido según la cantidad de polvo y nubes en la atmósfera terrestre.

Próximos eclipses lunares visibles en España

Si te preguntas cuándo volveremos a vivir algo similar, apunta estas fechas:

  • 3 de marzo de 2026: eclipse total de luna, pero no será visible desde España.

  • 31 de diciembre de 2028 (Nochevieja): próximo eclipse total de luna visible en España, una cita astronómica que promete ser inolvidable.

 

 

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