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La UE no ha renovado «de momento» su contrato con AstraZeneca en junio

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Unión Europea vacuna astrazeneca
París, 9 jun (EFE).- La Unión Europea no ha renovado «de momento» el contrato con AstraZeneca para el suministro de vacunas contra la covid-19 tras los incumplimientos por parte de la compañía, aseguró hoy el comisario europeo de Mercado Interior, Thierry Breton.

El contrato actual se extiende hasta finales de junio y «no hemos renovado el pedido después de junio. Veremos qué pasa», dijo Breton en una entrevista televisiva en FranceInfo, en la que precisó que esta decisión ha sido tomada «de momento».

El comisario francés aseguró que los incumplimientos de AstraZeneca son «esencialmente» la causa por la que la UE tuvo un inicio más lento de su vacunación en los primeros meses del año, ya que ese laboratorio dio preferencia a los envíos a otros países, como Reino Unido o Israel.

Bretón afirmó que está «absolutamente seguro» de que esos problemas de aprovisionamiento se han terminado y que la UE terminará el año con una capacidad de producir «más de 3.000 millones de vacunas al año».

Gracias a ese aumento de la producción, recalcó que la UE podría tener vacunada al 70 % de su población para mediados de julio.

La Comisión Europea anunció a finales de abril el inicio de procedimientos legales contra AstraZeneca por incumplir su contrato de suministro.

Según Bruselas, el laboratorio anglosueco solo entregó a la UE 29,8 millones de dosis en el primer trimestre del año, con otros 70 millones previstos para el segundo, frente a los 400 millones previstos en el contrato para los seis primeros meses de 2021.

Breton añadió que los 1.800 millones de dosis adicionales que la UE ha contratado con Pfizer para su entrega entre 2021 y 2023 podrían costar más de lo previsto, aunque evitó dar detalles concretos.

«Puede que haya un costo adicional, pero dejaré que las autoridades competentes lo detallen en su momento», indicó.

Francia comenzará su próxima etapa del desconfinamiento el próximo día 19, con la reapertura de museos, teatros y otros centros culturales, así como de las terrazas de restaurantes y bares.

Breton reconoció que hay un «gigantesco» deseo por parte de la población «de socializar, salir, tocarse y viajar», pero recordó que habrá que seguir manteniendo medidas de precaución (como mascarillas o distancia social) durante un tiempo.

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Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

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Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

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