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Los ocho aditivos con sabor a ahumado que la UE quiere prohibir por el riesgo de producir cáncer

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aditivos sabor ahumado
PEXELS

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA por sus siglas en inglés) quiere prohibir el uso de aditivos con sabor a ahumado  y ya plantea la retirada de alguno de ellos para principios de 2024 siempre que los estados miembros estén de acuerdo.

El Ejecutivo comunitario de salud pública y seguridad alimentaria ha tomado esta decisión después de recibir los resultados de un informe sobre esos aditivos alimentarios que la Comisión Europea encargó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y que concluye que presentan riesgos de producir cáncer.

La EFSA realizó una evaluación científica sobre ocho aromas a humo para analizar su «genotoxicidad» concluyendo que «existen problemas» o «que no se pueden descartar».

Por ese motivo, basándose en estos dictámenes y en vista de los problemas de seguridad, la Comisión inició «inmediatamente» conversaciones con los Estados miembros sobre las autorizaciones de la UE de los aromas en cuestión, con el fin de proteger la salud de los ciudadanos.

¿Qué alimentos usan estos aromas a humo?

Los aromas de humo se añaden a los alimentos, como la carne, el pescado o el queso, como una alternativa al proceso de ahumado tradicional. Pero también se pueden utilizar como aromatizantes en otros alimentos como sopas, salsas, bebidas, patatas fritas, helados y dulces.

¿Y por qué los ahora?

Los aromas de humo tienen se regulan por separado de otros aromas en la UE porque consisten en mezclas complejas de sustancias que tienen una mayor probabilidad de presentar cuestiones de seguridad. Por este motivo, la EFSA está obligada a evaluar estos aromas antes de su comercialización pero también tienen que reevaluarlos antes de que finalice su periodo de autorización.

Es esto último justamente lo que ha ocurrido con los ocho aromas analizados. Estos aditivos, que se han comercializado en la UE durante los últimos 10 años, acaban de solicitar a la Comisión que renueve su autorización otros 10 años más.

Los ocho aromas analizados por Bruselas son: Zesti Smoke Code 10 (SF‐002); Fumokomp (SF‐009); SmoKEz C‐10 (SF‐005); Smoke Concentrate 809045 (SF‐003); proFagus Smoke R709 (SF‐008); proFagus Smoke R714 (SF‐001); SmokEz Enviro‐23 (SF‐006); y Scansmoke SEF7525 (SF‐004).

Síntomas que te pueden alertar de un cáncer, con el Dr. Rafael Estevan (IVO)

¿Qué es la genotoxicidad?

La genotoxicidad se refiere a la capacidad de un agente físico, químico o biológico para causar daño al material genético de una célula. El material genético incluye el ADN (ácido desoxirribonucleico) y el ARN (ácido ribonucleico), y el daño genético puede manifestarse de diversas maneras, como mutaciones, daño cromosómico o rupturas en la estructura del ADN.

Los agentes genotóxicos pueden inducir cambios en la información genética de las células, y esto puede tener consecuencias significativas, ya que las alteraciones genéticas son fundamentales para el desarrollo normal de las células y los organismos. La genotoxicidad es un factor importante en la evaluación de la seguridad de sustancias químicas, alimentos, medicamentos y diversos productos que pueden entrar en contacto con organismos vivos.

Algunas sustancias o factores que pueden ser genotóxicos incluyen ciertos productos químicos industriales, radiación ionizante, algunos medicamentos, y algunos componentes presentes en alimentos y bebidas. La evaluación de la genotoxicidad es esencial en la investigación y regulación de sustancias para garantizar que no representen un riesgo significativo para la salud humana y el medio ambiente.

Los ensayos de genotoxicidad son utilizados en estudios de toxicología para evaluar el potencial genotóxico de sustancias químicas. Estos ensayos pueden incluir pruebas in vitro e in vivo que buscan identificar la capacidad de una sustancia para causar daño al material genético y evaluar el riesgo asociado. La genotoxicidad es un componente crítico en la evaluación global de la seguridad de diferentes productos antes de su introducción en el mercado o su uso generalizado.

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Nueva ley del alquiler: qué pasará con tu vivienda a partir de ahora

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Vivienda en alquiler ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Gobierno aprueba medidas para frenar el encarecimiento del alquiler y proteger a los inquilinos

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 8/2026 con nuevas medidas urgentes en materia de alquiler, con el objetivo de contener el aumento de precios y proteger a los inquilinos ante el impacto económico derivado de la guerra en Irán.

Esta nueva normativa introduce cambios clave en los contratos de alquiler de vivienda habitual, especialmente en lo relativo a la prórroga de contratos y a la limitación de las subidas de la renta.

Entre las principales medidas destacan:

  • Prórroga extraordinaria de contratos de hasta dos años
  • Límite máximo del 2% en la subida del alquiler
  • Medidas específicas para grandes tenedores y propietarios particulares

Prórroga obligatoria de los contratos de alquiler

El artículo 1 del decreto establece que los contratos de alquiler de vivienda habitual que finalicen entre el 21 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027 podrán prorrogarse.

  • El inquilino podrá solicitar una prórroga extraordinaria de hasta 2 años
  • El propietario estará obligado a aceptarla
  • Se mantendrán las mismas condiciones del contrato

Solo se podrá rechazar esta prórroga si el propietario acredita la necesidad de recuperar la vivienda para uso propio o familiar, según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Es importante tener en cuenta que, si el decreto no es convalidado por el Congreso, estas medidas dejarían de aplicarse a futuros contratos.

Límite del 2% en la subida del alquiler

Para evitar que la inflación se traslade al precio de la vivienda, la ley fija un tope del 2% en la actualización anual del alquiler.

Diferencias según el tipo de propietario

  • Grandes tenedores:
    El incremento no podrá superar el 2%, aunque exista acuerdo entre las partes
  • Propietarios particulares:
    • Se puede pactar la subida
    • Si no hay acuerdo, el máximo será del 2%
    • Nunca podrá superar el límite legal vinculado al IPC

Se considera gran tenedor a quien posee más de 10 viviendas o más de 1.500 m² de uso residencial.

Cómo afecta la nueva ley a los inquilinos

Esta normativa afecta directamente a quienes viven de alquiler en vivienda habitual regulada por la LAU.

Si finaliza el contrato

Si tu contrato termina entre marzo de 2026 y diciembre de 2027:

  • Podrás solicitar una prórroga de hasta dos años
  • Mantendrás el mismo precio y condiciones

Los expertos recomiendan solicitar esta prórroga mediante burofax para dejar constancia legal.

Si se revisa el precio anual

  • La subida no podrá superar el 2% en la mayoría de casos
  • Se limita el impacto de la inflación en el alquiler

Cómo afecta a los propietarios

Las obligaciones varían en función del tipo de arrendador.

Si el contrato finaliza

  • Están obligados a aceptar la prórroga si el inquilino la solicita
  • La prórroga será anual, hasta un máximo de dos años
  • Solo podrán negarse por causas justificadas

Si se actualiza el precio

  • Caseros particulares: podrán pactar el incremento
  • Grandes tenedores: limitación obligatoria del 2%

Impacto económico y contexto de la medida

El Gobierno ha aprobado esta normativa como respuesta al aumento de precios provocado por la guerra en Irán, que ha disparado los costes energéticos y la inflación.

El objetivo es evitar una crisis habitacional y garantizar la estabilidad de los hogares en un contexto económico incierto.

Calculadora para calcular la subida del alquiler

Algunas plataformas han desarrollado herramientas para calcular el incremento máximo permitido del 2%, facilitando tanto a inquilinos como a propietarios conocer cómo aplicar la nueva normativa.

Una medida clave para el mercado del alquiler

El Real Decreto-ley 8/2026 refuerza el control sobre el mercado del alquiler en España, limitando las subidas de precios y garantizando la continuidad de los contratos en un periodo de incertidumbre económica.

Estas medidas buscan equilibrar la protección de los inquilinos con la seguridad jurídica de los propietarios.

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