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Valencia

Miles de personas celebran la Nochevieja en la plaza del Ayuntamiento de València, pese a la amenaza de lluvia

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Campanadas Valencia 2024
Campanadas Valencia 2024- AJUNTAMENT DE VALÈNCIA

Ni el mal tiempo, ni la amenaza de una dana han logrado apagar las ganas de celebración en València. Miles de personas se congregaron para las Campanadas 2024 en la plaza del Ayuntamiento de Valencia para despedir el 2024 y dar la bienvenida al 2025 en la tradicional fiesta de Nochevieja, organizada por el consistorio. Aunque el evento terminó antes de lo previsto por razones de seguridad, la velada estuvo marcada por música, alegría y un espectacular despliegue de fuegos artificiales.

Un festejo condicionado por el clima

La jornada del 31 de diciembre estuvo marcada por un clima incierto. La alerta amarilla por tormentas y granizo en la Comunitat Valenciana, activa durante todo el día, no impidió que los valencianos se animaran a participar en las celebraciones. La lluvia intermitente y los cielos grises acompañaron las horas previas al evento, pero la plaza del Ayuntamiento mantuvo su tradición como punto neurálgico para despedir el año.

Decisión de seguridad: adelantar el fin del evento

Aunque las campanadas se celebraron con normalidad y miles de asistentes disfrutaron del espectáculo de fuegos artificiales, el Ayuntamiento decidió adelantar el final del evento musical programado después de medianoche. Según fuentes oficiales, la medida buscó garantizar la seguridad ante el riesgo de empeoramiento de las condiciones meteorológicas, especialmente por los fuertes vientos previstos.

Una fiesta marcada por música y fuegos artificiales

La celebración arrancó en la tarde del 31 de diciembre con actuaciones musicales en directo y actividades para toda la familia. A medida que se acercaba la medianoche, la multitud en la plaza del Ayuntamiento creció, mientras los asistentes esperaban ansiosos las campanadas al ritmo del reloj central.

El momento más esperado: las uvas

A las 00:00 horas, los presentes tomaron las tradicionales 12 uvas al compás de las campanadas, marcando el inicio del 2025. El evento culminó con un espectáculo pirotécnico que iluminó el cielo de València, ofreciendo una experiencia inolvidable para los asistentes.

Impacto de la DANA en la Comunitat Valenciana

La entrada de una nueva DANA ha afectado a gran parte del litoral valenciano desde primeras horas del día, dejando lluvias intermitentes y un aumento de la humedad. A pesar de la amenaza de tormentas y granizo, el tiempo respetó las horas clave de la celebración, permitiendo a los valencianos disfrutar de la fiesta. Sin embargo, las autoridades alertaron de un posible empeoramiento durante las próximas horas, con especial atención al viento.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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