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Valencia

Condenan a la Generalitat por la muerte de una paciente tras amputarle una pierna

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha dictado una sentencia en la que condena a la Generalitat a indemnizar con 100.000 euros a los hijos de una paciente que falleció debido a las complicaciones surgidas tras una cirugía de prótesis de cadera. Este fallo judicial responde al recurso presentado por los familiares de la fallecida, quienes alegaron una «defectuosa asistencia sanitaria».

Detalles de la Sentencia

Hechos del Caso

Los hechos se remontan a abril de 2019, cuando una paciente de 74 años fue sometida a una intervención quirúrgica para la colocación de una prótesis de cadera en el Hospital Francesc de Borja de Gandia. Durante la operación, la paciente sufrió una rotura de la pared posterior y del fondo del acetábulo, lo que requirió la colocación de unos clavos. Estos clavos perforaron el peritoneo, causando una lesión en la arteria ilíaca interna y un desgarro de la vena ilíaca.

Complicaciones Postoperatorias

Tras la cirugía, se detectó una falta de vascularización en la arteria ilíaca de la pierna derecha, lo que llevó a que la paciente fuera trasladada a otro centro hospitalario. Sin embargo, este traslado se realizó demasiado tarde, y la pierna tuvo que ser amputada. La paciente falleció dos meses después debido a las complicaciones derivadas de la amputación.

Reclamación de Responsabilidad Patrimonial

En 2020, los hijos de la paciente presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Generalitat, solicitando una indemnización de 140.000 euros. Esta reclamación fue desestimada por silencio administrativo. No conformes con esta decisión, los hijos impugnaron la desestimación, lo que llevó al TSJCV a pronunciarse a su favor parcialmente.

Sentencia del TSJCV

La sentencia, fechada el 19 de junio, reconoce la responsabilidad patrimonial de la Generalitat y otorga a los reclamantes una indemnización de 100.000 euros. La asociación El Defensor del Paciente, que ejerció la defensa, facilitó esta información y expresó su desacuerdo con el importe de la indemnización, considerando que debería ascender a los 140.000 euros inicialmente reclamados.

Opinión del Defensor del Paciente

Críticas al Proceso Asistencial

El Defensor del Paciente ha criticado la gestión del caso, señalando la ausencia de un cirujano vascular en el hospital de Gandia como un factor crucial que contribuyó al desenlace fatal. Según la asociación, el traslado de la paciente a otro hospital se realizó demasiado tarde, cuando la recuperación de la pierna ya no era posible.

Desigualdad en las Indemnizaciones

Además, la asociación ha manifestado su desacuerdo con el importe de la indemnización fijada por el TSJCV. Argumentan que esta cantidad genera una situación de desigualdad en comparación con otros casos similares, y reiteran que la cifra justa debería ser de 140.000 euros.

Conclusión

La sentencia del TSJCV pone de manifiesto la importancia de una adecuada asistencia sanitaria y la responsabilidad de las instituciones en garantizar la seguridad y el bienestar de los pacientes. Este fallo, aunque parcial, reconoce los errores en la atención brindada y ofrece una indemnización a los familiares de la paciente fallecida. Sin embargo, la discrepancia sobre el importe de la compensación destaca la necesidad de revisar y ajustar los criterios de indemnización para asegurar la equidad y justicia en todos los casos de negligencia médica.

 

 

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Valencia

La Generalitat lanza un nuevo bono térmico de 397 euros sin necesidad de presentar solicitud

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bono térmico Generalitat
PEXELS

La Generalitat Valenciana ha dado un paso decisivo para proteger a los hogares más vulnerables tras los devastadores efectos de la DANA del 29 de octubre de 2024. El Consell ha aprobado una ayuda urgente de 18 millones de euros destinada a asumir los sobrecostes energéticos del invierno en viviendas que siguen arrastrando daños estructurales, humedades y pérdida de sistemas de calefacción a causa de las inundaciones.

Esta medida, planteada como un bono térmico extraordinario, busca prevenir situaciones de pobreza energética en miles de familias que ven cómo sus condiciones de habitabilidad empeoran con la llegada del frío.


397 euros por vivienda: a quién va dirigida esta ayuda térmica

Cada familia afectada recibirá 397,93 euros de ayuda directa. El objetivo es cubrir necesidades básicas de climatización, calefacción o sustitución de aparatos dañados por las inundaciones, así como compensar el aumento del gasto energético derivado de las condiciones insalubres que aún sufren muchos hogares.

Este bono térmico está diseñado para tres grupos de beneficiarios claros:

1. Titulares de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)

Personas que ya se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y que, tras la DANA, han visto agravadas sus condiciones de vida.

2. Perceptores de prestaciones no contributivas

Hogares con ingresos limitados que dependen de ayudas estatales o autonómicas para subsistir.

3. Afectados que ya recibieron ayudas previas por pérdida de bienes esenciales

Se trata de quienes fueron incluidos en el marco del Decreto 163/2024, que regula las ayudas por daños en viviendas y enseres tras la catástrofe.


Una ayuda automática: no hará falta presentar solicitud

Una de las claves del programa es su gestión automatizada. La Generalitat concederá el bono térmico de oficio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún trámite.

La administración autonómica cruzará los datos que ya constan en sus registros oficiales para identificar a las familias afectadas.
Una vez verificadas, la ayuda se abonará directamente mediante transferencia bancaria, garantizando rapidez, seguridad y la eliminación de cargas burocráticas.

El Consell destaca que este modelo permite una respuesta “rápida y eficaz”, algo esencial en un contexto en el que miles de hogares aún no han recuperado la normalidad un año después de la catástrofe.


Exento de IRPF y compatible con otras prestaciones

Otro de los puntos más relevantes desde el punto de vista económico es que este bono térmico DANA no tendrá que declararse en el IRPF. Además:

  • No computará como ingreso para la Renta Valenciana de Inclusión.

  • No afectará a la percepción de otras prestaciones sociales.

  • No reducirá ayudas vigentes por vulnerabilidad o dependencia.

De esta forma, el Gobierno valenciano garantiza que el bono térmico suma, pero no resta, un aspecto clave en un momento en el que muchas familias están al límite.


Una ayuda ampliable si la demanda supera la previsión

El Consell ha dejado abierta la posibilidad de ampliar la dotación económica de los 18 millones iniciales si la situación lo requiere. Con ello se pretende asegurar que ningún hogar afectado por la DANA quede fuera del bono térmico por falta de presupuesto.

Esta medida forma parte de un paquete de actuaciones que la Generalitat continúa desplegando para aliviar las consecuencias de un desastre meteorológico que todavía condiciona la vida de miles de valencianos.

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