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Del primer caso a una tercera ola desbordada: doce meses de coronavirus en la Comunitat

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Las Fallas 2021 se celebrarán del 1 al 5 de septiembre
EFE/Ana Escobar/Archivo

València, 31 ene (EFE).- La cronología de los primeros doce meses del coronavirus en la Comunitat Valenciana abarca desde el primer caso y la primera muerte por el virus, en febrero de 2020, a la tercera ola con todos los indicadores desbordados, en enero de 2021, y es la siguiente:

FEBRERO 2020: La Comunitat registra el día 13 (aunque no se sabrá hasta el 3 de marzo) el primer fallecido de España y de Europa, y el día 25 el primer caso de una enfermedad declarada ‘emergencia de salud pública de importancia internacional’. La Generalitat constituye la Interdepartamental para afrontar la crisis sanitaria, y activa un teléfono para sospechas de contagio.

MARZO: eclosiona la covid, que es declarada pandemia global. Se suspenden las Fallas, la Magdalena y la actividad educativa y cultural. El Gobierno declara el estado de alarma y se inicia el confinamiento. La Generalitat activa la operación ‘Ruta de la seda’ para traer material sanitario, y anuncia la construcción de tres hospitales de campaña. En la segunda quincena crecen de forma exponencial los casos, ingresos y muertes.

ABRIL: el peor mes de la primera ola. Se registra el pico de hospitalizados (2.189), de ingresos en UCI (386) y de muertos en 24 horas (68). Se llega al primer millar de fallecidos por covid. La tasa de letalidad es del 8’3 %. La presión asistencial alcanza una situación crítica del 2 al 8 de abril, y desde entonces empieza a descender.

MAYO: comienza la desescalada. La Comunitat logra pasar a fase 1 tras un primer suspenso y acaba el mes en fase 2. Las muertes por covid se reducen a una quinta parte. Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) afectan ya a 410.000 valencianos. Diez días de luto por los fallecidos, que a final de mes son 1.432.

JUNIO: acaba el estado de alarma y se pasa a situación de «nueva normalidad». El virus sigue activo, pero hay mucha menos presión asistencial. Se invierte la pirámide de la media de edad de contagios: ahora hay más jóvenes y más asintomáticos. Se notifica el primer brote de covid.

JULIO: el mejor mes de la pandemia, con solo 4 fallecimientos, y los datos más bajos de hospitalizaciones (51) e ingresados en UCI (4). La mascarilla pasa a ser obligatoria. Se cierra el ocio nocturno en Gandia por un brote.

AGOSTO: la movilidad facilita el aumento de contagios y de brotes. Se notifican los datos más altos de casos diarios desde marzo. Se cierra el ocio nocturno en la Comunitat, se prohíbe fumar en la calle y se limita a diez el máximo de personas en reuniones. Restricciones adicionales en la ciudad de València ante el aumento de casos.

SEPTIEMBRE: siguen subiendo los casos positivos y los fallecidos. Se confina un municipio, Benigànim. Protocolos para una vuelta a las aulas segura. El Consell pide reducir los desplazamientos «al mínimo». València vuelve a cerrar temporalmente las zonas de juegos infantiles de parques y jardines ante la situación epidemiológica.

OCTUBRE: a mediados de mes, cambio de tendencia al alza de la covid. Se adoptan medidas especiales en cuatro municipios. El día 25 entran en vigor el toque de queda y nuevas restricciones, como el máximo de seis personas en reuniones. Desde el día 30, cierre perimetral de la Comunitat. Medidas adicionales en 31 municipios.

NOVIEMBRE: primera quincena de crecimiento exponencial de contagios, que se estancan en la segunda. Se llega al segundo millar de fallecidos, 700 de ellos ancianos de residencias; a los 100.000 contagiados, y a los 3.000 brotes. Confinamiento de Elda y Petrer. Nuevas restricciones de aforos. Sanidad activa el plan de respuesta ante el posible agravamiento de la pandemia.

DICIEMBRE: mes negro de la segunda ola, con cifras máximas de contagios y fallecidos. Restricciones para Navidad: adelanto del inicio del toque de queda y 6 personas máximo en reuniones. La Comunitat supera por primera vez la incidencia acumulada de España. El 27 comienza la vacunación contra la covid. Primeros casos de la cepa británica.

ENERO 2021: tercera ola. El peor mes de la pandemia en casos y fallecidos, con días que rozan los 10.000 contagios y los 100 muertos, y en hospitalizaciones. Se llega al tercer y al cuarto millar de muertos. Se suspenden operaciones no urgentes, se derivan pacientes a hospitales privados y se ponen en marcha los hospitales de campaña. Nuevas restricciones, como el cierre total de la hostelería y limitación de las reuniones.

Loli Benlloch

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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