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El Ayuntamiento de València y Rocafort firman un convenio para la inclusión de las personas migrantes y refugiadas

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El Ayuntamiento de València y el de Rocafort se han comprometido a trabajar conjuntamente con el fin de facilitar la inclusión social de las personas migrantes alojadas al antiguo Casal d’Esplai. Así se desprende del convenio de colaboración que han firmado hoy el alcalde Joan Ribó y el primer edil del mencionado pueblo de la comarca de l’Horta, Víctor Jiménez. El inmueble, a pesar de estar ubicado en Rocafort, es propiedad del Ayuntamiento de València y actualmente es la sede de un albergue de acogida, con 48 plazas, todas ellas ocupadas.

Según este acuerdo, las personas que viven provisionalmente en este equipamiento podrán hacer uso de varios servicios públicos de Rocafort como, por ejemplo, el polideportivo o la biblioteca. Además, en esta localidad, se desarrollarán actividades para construir redes de apoyo y encuentros interculturales. Entre los recursos que ofrece el Ayuntamiento de València en este albergue situado en Rocafort, hay talleres para el desarrollo de recursos esenciales para la inclusión de las personas, y talleres de inserción laboral.

En cuanto a los compromisos del Ayuntamiento de València, que facilitará al de Rocafort los datos necesarios para la emisión de carnés o exención de tasas, también ofrecerá las plazas del Casal de Acogida para atender las necesidades de alojamiento del municipio de l’Horta. Asimismo, además de los talleres de inserción laboral, que se desarrollan en la actualidad, en el Casal se llevarán a cabo jornadas de puertas abiertas y campañas de sensibilización para prevenir actitudes racistas y xenófobas.

El alcalde de València, Joan Ribó, que ha estado acompañado de la concejala de Cooperación al Desarrollo y Migración, Neus Fábregas Santana, ha manifestado su agradecimiento «al ayuntamiento y la población de Rocafort para avanzar conjuntamente con València en una causa que fortalece los derechos de las personas y ayuda a crear unas sociedades más consolidadas». Al recordar que los dos municipios, València y Rocafort, fueron declaradas ciudad refugio a finales del año 2015, «con el objeto de ser ciudades de protección, igualdad y reconocimiento de los derechos, y de garantizar la vida, la libertad y el bienestar de todas las personas», Joan Ribó ha destacado que «los y las valencianas también hemos sido migrantes», en alusión a las personas que tuvieran que irse en otros periodos históricos. Por eso, ha resaltado, «tenemos que trabajar porque las personas migrantes ayuden a hacer crecer nuestra sociedad desde su plena inclusión. Además, en una jornada como hoy, en la que celebramos el 70 aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, me reafirmo en la necesidad que la comunidad internacional haga cumplir estos derechos humanos en los países de origen de estas personas, migrantes y refugiadas, y que a nuestra casa, somos capaces entre todos y todas de mostrar nuestra empatía hacia unas situaciones muy difíciles, en las que las personas huyen del sufrimiento de la guerra, el hambre o el terrorismo».

Tal como consta en el convenio, firmado hoy, los responsables de los dos ayuntamientos trabajarán conjuntamente con asociaciones vecinales y otras entidades relevantes para fomentar tareas de información, orientación y asesoramiento jurídico en materia de extranjería, y en el desarrollo de un protocolo de comunicación entre la Policía Local y el Servicio de Cooperación al Desarrollo y Migración de Valencia.

El acuerdo, aprobado en la última Junta de Gobierno Local, impulsado por la regidora de Cooperación al Desarrollo y Migración, contempla el interés de los dos municipios «para mantener esta coordinación y cooperación continuada, basada en los principios de respecto a cada uno de los municipios y a sus formas de funcionamiento, con el objetivo común de acoger las personas que solicitan refugio y garantizar sus derechos».

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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