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‘El Bigotes’ asegura que no volverá a colaborar con la Justicia: «¿De qué me sirve?»

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MADRID/VALÈNCIA, 8 May. (EUROPA PRESS) –

El responsable de Orange Market, Álvaro Pérez ‘El Bigotes’, ha afirmado este martes en el juicio por la presunta financiación irregular del PP de la Comunitat Valenciana (PPCV) en las campañas electorales de 2007 y 2008 que no volverá a colaborar con la Justicia porque la Fiscalía Anticorrupción no ha aplicado ninguna atenuante de confesión en su petición de penas. «¿De qué me sirve?», se ha preguntado.

‘El Bigotes’, que se enfrenta a 16 años y medio de prisión –Anticorrupción inicialmente solicitó para él 27 años de cárcel–, ha hecho uso de este último turno de palabra para mostrar su decepción con la sentencia del Tribunal Supremo, que confirma las condenas impuestas por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en febrero del año pasado a los líderes de la Gürtel y exmiembros del Gobierno valenciano por amañar los contratos públicos para la feria de turismo Fitur entre los años 2005 y 2009.

«Muchas personas estarán celebrando las sentencias del Tribunal Supremo, sacarán el confeti y a celebrarlo», ha lamentado Pérez. También, ha afeado que este mismo martes se haya dado a conocer que el alto tribunal confirma su condena a 12 años y tres meses a través de los medios de comunicación.

«SICARIOS MEDIÁTICOS»
«Hace 10 años nos enterábamos de todas las noticias que tienen que ver con este caso siempre por algún sicario mediático, chorizos que mangan de algún cajón de un tribunal y se la filtran a otro golfo para que la publique», ha dicho Pérez, que ha sido el único de los acusados en hacer un último alegato.

Aunque el titular del Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional, José María Vázquez Honrubia, ha interrumpido en varias ocasiones al acusado porque estaba «criticando» una resolución diferente al procedimiento por el que está siendo juzgado, el responsable de Orange Market ha enfatizado que es su «sentimiento», su «última palabra», porque «hoy» está «profundamente dolido» porque ha «perdido», «palmado la verdad». «¿Si opina un ministro no voy a opinar yo?», ha dicho en otro momento en el que ha sido frenado por el magistrado.

Al respecto, se ha dirigido a las acusaciones, en especial a los fiscales Anticorrupción Myriam Segura y Carlos Segura, y les ha anunciado que a partir de ahora no va a «volver a colaborar con la Justicia» en todos las piezas sobre la trama Gürtel que quedan por juzgarse porque ya «no cree» en ella. «¿De qué me sirve colaborar?», ha añadido.

CORREA SE MUESTRA DESOLADO
Mientras ‘El Bigotes’ manifestaba estas palabras, el líder de la trama Gürtel, que se encontraba sentado detrás, en la primera fila del banquillo de los acusados y acompañado por su ‘número dos’, Pablo Crespo; se ha mostrado desolado cubriéndose la cara con las manos. Una vez que el juez ha dicho que el juicio queda visto para sentencia, Francisco Correa se ha secado las lágrimas.

Pérez ha explicado ante el juez que, a su juicio, cuando se comete un delito económico es para «llevarte el dinero al bolsillo». Algo que ha asegurado que no ha cometido porque «desde hace 10 años» vive en una «ruina personal y familiar importante y cuando se destapó este caso nadie encontró ni un céntimo en ningún sitio».

SENTENCIAS JUSTAS
Ha añadido que «en momentos convulsos todo el mundo pide sentencias ejemplares», incluso «los vendedores de chochonas». No obstante, ha instado a que se pida «justicia».

En este sentido, ha dicho que «reza para que más pronto que tarde» este caso llegué a un tribunal de Derechos Humanos que «no se deje amedrentar ni por la presión mediática, ni por los sicarios mediáticos» y «ponga orden». «Lo que me han hecho, lo que me están haciendo esto seguirán sentados en sus despachos, pero si me dan hoy fuerza y vida yo intentaré acabar con la carrera de todos ellos», ha concluido.

Álvaro Pérez ha relatado que en la cárcel de Valdemoro (Madrid) en la que se encuentra desde febrero del año pasado cumpliendo –hasta el momento de manera preventiva– la condena por Fitur, otros presos le preguntan que qué ha hecho y no le creen. «Cuando me preguntan qué condena tengo me dicen: ‘hermanito a quién has matado’. Se ríen muchos de mí», ha contado.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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