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El Consell aprueba 18 millones para ayudar al turismo y 8 para los autónomos

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EFE/Manuel Bruque

València, 5 feb (EFE).- El pleno del Consell ha aprobado este viernes los decretos por lo que destinará 18 millones de euros a ayudas directas para profesionales y empresas del sector turístico, y 8 millones de euros para una ayuda extraordinaria a los autónomos de los sectores más afectados por la pandemia.

Además, se ha aprobado la modificación del decreto que regula el programa Bono Viaje Comunitat Valenciana, para ampliar en dos millones el importe global máximo y modificar sus plazos, de forma que por ejemplo se amplía el periodo actual hasta el 15 de junio.

La vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, ha explicado en la rueda de prensa posterior al pleno que estas medidas forman parte del trabajo diario del Gobierno valenciano para intentar paliar los «desvastadores efectos económicos y sociales» de la pandemia de coronavirus.

AYUDAS AL TURISMO

Respecto a las nuevas ayudas al turismo, las gestionará Turisme Comunitat Valenciana, complementan al Plan Resistir y son compatibles con otras subvenciones de Administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Los beneficiarios serán los establecimientos donde tiene lugar la estancia turística; empresas que intermedian entre oferta y demanda turística, y el conjunto de la oferta turística.

Para titulares de establecimientos de alojamiento turístico se destinará un importe global máximo de 9,1 millones de euros; y para titulares de agencias de viajes inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana se destinará un máximo de 2,5 millones.

Para personas físicas o jurídicas adheridas a alguno de los programas de política turística CreaTurisme, SICTED, L’Exquisit Mediterrani y Mediterranew Musix, se destinará un importe global máximo de 6,4 millones de euros.

En el caso de que el solicitante sea una persona trabajadora autónoma, esta deberá figurar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en el Impuesto de Actividades Económicas a fecha de inicio del plazo de solicitudes.

AYUDAS A AUTÓNOMOS

El decreto de sobre las ayudas a autónomos por importe de 8 millones de euros recoge las bases que regulan la concesión directa de estas ayudas urgentes a beneficiarios de la prestación de cese de actividad de naturaleza extraordinaria asociada a la covid-19, y pretende complementar la prestación que estas personas han recibido de la Seguridad Social.

Este decreto forma parte del segundo decreto ley de ayudas del Plan Resistir, cuyo importe global asciende a 105 millones, y contempla que cada persona trabajadora por cuenta propia o autónoma pueda recibir un máximo de 300 euros de la prestación de cese de actividad de naturaleza extraordinaria asociada a la covid, si se ha producido durante enero y febrero del 2021.

La ayuda será de un máximo de 150 euros por persona beneficiaria de la prestación de cese de actividad de naturaleza extraordinaria asociada a la covid se ha producido durante enero o durante febrero de 2021.

La presentación de solicitudes se iniciará a las 09.00 horas del 15 de febrero de 2021 y finalizará a las 23.59 horas del 28 de febrero de 2021, a través de la página web de la Conselleria de Economía.

BONO VIAJE

Finalmente, se ha acordado modificar las bases programa Bono Viaje Comunitat Valenciana, destinado a incentivar la demanda de servicios turísticos internos por la covid, con el fin de cambiar los periodos de estas ayudas y ajustar los plazos de solicitud a estos cambios.

De esta forma, el actual periodo se podrá disfrutar del 1 de enero al 15 de junio y el próximo será del 15 de septiembre al 31 de diciembre, fecha en la que deberá concluir la estancia y los servicios turísticos.

Respecto al importe global máximo de las ayudas a conceder de este decreto, se establece ahora en 16,3 millones de euros, de los que 4,3 millones correspondieron al periodo de 2020, y los 12 millones restantes al ejercicio de 2021, consignación que se podría con cargo a los fondos europeos.

Preguntada por las críticas de quienes consideran que son insuficientes las ayudas, Oltra ha contestado que es prematuro saberlo, ya que se ponen en marcha ahora y se verá en su desarrollo futuro, y ha destacado que al estar vinculadas a fondos europeos se podrían ampliar las cuantías en caso de necesidad.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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