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Valencia

Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación

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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación
Imagen de archivo del exconseller del PP Rafael Blasco. EFE/Juan Carlos Cárdenas

València, 20 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al exconseller del PP Rafael Blasco en el caso de desvío de fondos de ayudas públicas a la cooperación internacional, aunque insta a calcular de nuevo las penas impuestas tanto a él como al empresario Augusto César Tauroni.

En un auto hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sala Segunda del Supremo resuelve los recursos planteados por cinco acusados y dos acusaciones contra la sentencia de la Audiencia de Valencia, de 24 de abril de 2020, en piezas del citado caso donde fueron condenados Blasco y una veintena más de personas.

En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos formulados por las defensas de Blasco y de Marcos Antonio Llinares, así como de la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD, mientras que desestima los recursos de Rafael Pedro Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcañiz, Felix Sanz Pardo, y de la Abogada de la Generalitat, esta última como acusación particular

La estimación parcial de los recursos de Blasco y Llinares se debe a que el Supremo entiende que debe serle aplicada a ambos la atenuante de confesión tardía de los hechos, aunque especifica que el cambio no tendrá consecuencia en las penas de prisión establecidas para ambos.

«La que sí puede tenerlo -añaden desde el TSJCV- es la estimación parcial del recurso de la acusación popular», que el Supremo indica que obliga a calcular de nuevo las penas tanto de Blasco como del empresario Augusto César Tauroni.

El tribunal indica que las penas definitivamente a imponer a los mismos, tras la correspondiente compensación de las condenas con las impuestas en la pieza I del caso Cooperación, debe determinarse en ejecución de sentencia, ya que los hechos allí enjuiciados y los que ahora lo han sido pudieron ser juzgados conjuntamente, y el cálculo que realiza el tribunal de instancia fue contradictorio, al hablar en la sentencia de 1 año y 6 meses de prisión como pena máxima e imponer en el fallo 1 año.

El Supremo recuerda, en todo caso, que la pena máxima a Blasco será de 8 años de prisión, sumando la pena que se imponga en esta causa a los 6 años y 6 meses de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta que se le impusieron en la pieza I.

En ambos casos los delitos juzgados y por los que fue condenado fueron malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y continuado de falsedad en documento oficial.

Respecto a la no repercusión en la pena de la estimación parcial del recurso de Blasco, la Sala lo basa en la importante participación en los hechos del exconseller, que hace que las penas fijadas por el tribunal sean proporcionales y adecuadas a la gran antijuridicidad de los hechos que se declaran probados, sin perjuicio de las consecuencias que pueda tener la estimación parcial del recurso de la Acusación Popular.

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Valencia

La jueza de la DANA eleva a 230 las víctimas mortales al incluir a un anciano fallecido en el Hospital La Fe

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fallecidos DANA Valencia
Imagen de archivo (9/12/2024) de una mujer sosteniendo el retrato de un familiares durante el funeral por las víctimas de la DANA celebrado el 9 de diciembre de 2024 en la catedral de Valencia. EFE/Kai Försterling

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la DANA en la Comunitat Valenciana ha elevado a 230 el número de víctimas mortales asociadas a las devastadoras riadas del 29 de octubre de 2024. La actualización llega tras incluir el fallecimiento de un anciano de 74 años que murió días después en el Hospital La Fe, el 3 de noviembre, a consecuencia directa de las condiciones sufridas durante el temporal.

Un informe forense determina la relación entre la DANA y la muerte del anciano

El auto judicial, emitido este martes, incorpora el caso del vecino de Catarroja después de que su hijo solicitara su reconocimiento como víctima. La instructora pidió al Instituto de Medicina Legal (IML) un informe para determinar la relación de causalidad entre el temporal y el fallecimiento.

El IML concluye que el hombre pasó toda la noche del 29 al 30 de octubre mojado en su vivienda, una planta baja inundada de Catarroja. La entrada de agua le impidió refugiarse o desplazarse a otro lugar seguro.

La combinación de agua fría, limitación de movimiento y estrés físico agravó sus patologías previas hasta provocar un tromboembolismo pulmonar, que finalmente causó su muerte el 3 de noviembre en el Hospital La Fe. Con este dictamen, la jueza lo reconoce oficialmente como la víctima número 230 de la DANA.

Nueve fallecimientos más permanecen en análisis

El juzgado mantiene bajo estudio otros nueve posibles casos, cuyas familias han solicitado su inclusión como víctimas mortales del temporal. Los informes forenses correspondientes se encuentran en evaluación.

La última víctima reconocida: la bebé Scalett

Antes de esta nueva incorporación, la última víctima reconocida en el listado judicial era Scalett, la bebé no nacida de Janine Brigitte, una joven de 26 años embarazada de ocho meses que murió en Riba-roja el mismo 29 de octubre.

Un informe ampliatorio determinó que el feto era viable, al superar las 24 semanas y los 500 gramos de peso, por lo que su fallecimiento fue asociado a la DANA. Scalett ya figura inscrita en el Registro Civil.

 

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