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El Juez de la Audiencia Nacional pide al TSJ de Murcia que impute a Pedro Antonio Sánchez por 3 delitos

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El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco eleva exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia con los indicios existentes en la denominada “Operación Púnica” contra el exconsejero de Educación y actual presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez, por delitos de fraude, cohecho y revelación de información reservada.

En su exposición razonada, de 32 páginas, el magistrado detalla todos los indicios de la presunta concertación del aforado Pedro Antonio Sánchez con el informático experto en reputación en Internet Alejandro de Pedro para “limpiar” con dinero público su imagen en las redes sociales con motivo de su campaña para las elecciones a la Presidencia de la Región de Murcia, “lastimando los intereses de la Administración Pública, que no debe correr con semejantes gastos particulares”.

Velasco explica que en la fecha de los hechos, junio de 2014, Pedro Antonio Sánchez era el consejero de Educación y se concertó con De Pedro para limpiar la “inconveniente imagen que podría dar ante el partido y la sociedad” dada la cantidad de investigaciones penales a las que había y estaba siendo sometido por su actuación pública, todo ello con el objetivo de presentarse a presidir el Gobierno Autonómico, “como finalmente consiguió”.

Según el juez, “no lo sufragó con su dinero particular, ni lo hizo personal al servicio de su cargo público de su Gabinete de Prensa, pues no está entre sus labores acondicionar la imagen privada de la persona, y él era consciente”, sino que lo empezó a conseguir a través de los trabajos de empleados de las empresas de De Pedro: EICO/Madiva.

Dichos trabajos, continúa el juez, se empezaron a realizar como adelanto de una futura adjudicación “hinchada” en contratos públicos de formación que aquel adjudicaría a empresas vinculadas a De Pedro y a su socio, José Antonio Alonso Conesa.

Los trabajos reputacionales se concretaron en un coste de 4.600 euros al mes, que incluían los honorarios de un periodista para un diario digital, así como la creación de un portal que daría cobertura a los trabajos de reputación de carácter personal, y que durarían 7 meses, de noviembre de 2014 a mayo de 2015, justo el periodo previo a la campaña electoral de ese año.

Las cantidades estipuladas no se llegaron a cobrar, explica Eloy Velasco, ni la “formación” se llegó a adjudicar al explotar la operación policial de esta causa judicial, a finales de octubre de 2014, que lo abortó.
En su exposición razonada, el juez va detallando todos los indicios hallados a lo largo de la investigación contra Pedro Antonio Sánchez, entre ellos los correos electrónicos, las llamadas telefónicas o los intercambios de whatsapp. También diversos informes sobre los trabajos de reputación online, así como la agenda de una empleada en la que fijaba la fecha de 3 de noviembre de 2014, lunes, como la de inicio de dichas trabajos.

Después de detallar todos los indicios recabados en esta investigación, el juez en su exposición motivada, argumenta porqué los hechos investigados encajan dentro de los delitos de fraude, del art 436 del C.P., el delito de cohecho, del artículo 419 del mismo código, y de revelación de información reservada del art 417.

El delito de fraude se consuma sin necesidad de que se produzca un efectivo perjuicio patrimonial
El magistrado distingue entre el delito de malversación, que es un delito de resultado, y el de fraude del art 436, que se consuma con el “mero acuerdo o concertación” con un interesado en algún contrato público, afectando los intereses de la Administración y la libre concurrencia, en tanto que otros posibles futuros licitadores no han tenido el mismo privilegio de poder optar en las mismas condiciones. El magistrado recuerda que, de consumarse una malversación, ésta podría absorber el delito de fraude porque éste es un delito más leve. Pero de no existir la malversación porque no se llegó a realizar el pago, como ha ocurrido en el presente caso, el delito de fraude subsiste, como explica el TS en sentencia de 28 de enero de 2014.

El alto tribunal califica el delito de fraude como “netamente tendencial o de mera actividad, que viene a castigar verdaderos actos preparatorios, ya que no necesita para la consumación ni la producción del efectivo perjuicio patrimonial ni tan siquiera el desarrollo ejecutivo del fraude”. El magistrado cita varias sentencias del TS donde se distingue entre el concierto para defraudar (delito de fraude) y el efectivo perjuicio patrimonial (malversación) cuya sanción viene a realizar lo que el Supremo denomina “una progresión intensificadora del injusto” que, en conclusión, viene a corroborar que el delito de fraude es un delito de mera actividad, “que se consuma con que exista la concertación con el fin de defraudar”. No se exige el efectivo perjuicio porque el bien jurídico que predomina es “la transparencia y publicidad de la contratación de entes públicos”. Si existiera perjuicio, entraría en juego el otro bien jurídico lesionado, el de la malversación.

El delito de revelación de información reservada, independiente del fraude

En su exposición razonada, Velasco explica que el delito de revelación de información reservada en el momento en el que se aporta a extraños a la Administración, documentos y sobre todo intenciones de contratar, “desconocidos por el resto de posibles futuros postulantes, sobre los que recae el deber de reserva, pues no deben ser divulgadas, que es lo realmente atacado, y la acción la ejecutan no sólo quien los desvela efectivamente, cuanto más quien ordena y señala cómo y en qué medida y a quién se envían los documentos y se revelan las informaciones que desconocen los demás administrados”.

Velasco hace constar que fraude y revelación de información privilegiada no concurren en concurso de normas puesto que se pueden cometer de forma independiente, el uno sin el otro. El magistrado menciona también doctrina del TS que viene a corroborar que el delito se comete al filtrar información de lo que se pretende y cómo después se van aportando informaciones para “facilitar la confección de normas por las que había de regirse el concurso”.

Delito de cohecho, de mera actividad y consumado con la mera solicitud u ofrecimiento

El magistrado argumenta que el delito de cohecho del 419 del CP se comete cuando se produce soborno y corrupción en el hecho de recibir servicios personales y valuables en dinero -asesoramiento, reputación en internet, infraestructura en estrategias comunicativas no públicas- a cambio de realizar una actuación administrativa propia en materia de concursos y contratación pública, “atacando la venalidad de la función pública, el respeto a la neutralidad, probidad e imparcialidad de la misma”. Es un delito cuya persecución protege el prestigio y la eficacia de la Administración Pública mediante la garantía de “la probidad e imparcialidad de sus funcionarios”.

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Nueva DANA en octubre: las cabañuelas de Jorge Rey alertan de borrascas atlánticas y tormentas

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Cabañuelas Jorge Rey
Jorge Rey

El joven meteorólogo popular por sus predicciones con las cabañuelas, Jorge Rey, ha vuelto a poner sobre la mesa un nuevo aviso climático para este mes de octubre. En su último vídeo de YouTube, el burgalés de 18 años adelanta un mes marcado por la inestabilidad, con la llegada de varias borrascas atlánticas, lluvias intensas y hasta una nueva DANA prevista para mediados de mes.

Un arranque tranquilo antes del temporal

Según Rey, la primera semana de octubre se desarrollará sin grandes sobresaltos. Predominará la estabilidad en las temperaturas y apenas habrá precipitaciones, salvo en zonas altas de Canarias y Baleares, donde se esperan lluvias aisladas. A partir del fin de semana, el cambio será más notorio en el norte peninsular, con un ambiente más fresco y húmedo.

Lluvias abundantes durante El Pilar

La situación dará un giro importante en torno al 11 y 12 de octubre, coincidiendo con las festividades del Pilar. Durante esos días, Rey pronostica la llegada de nuevas borrascas atlánticas que traerán consigo un aumento de las temperaturas y tormentas fuertes en el oeste y sur de la Península, además de afectar también a Canarias.

Una DANA para el 18 y 19 de octubre

El plato fuerte llegará hacia el 18 y 19 de octubre, cuando Jorge Rey asegura que se formará una DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos). Este fenómeno generará un nuevo repunte de temperaturas y dejará tormentas intensas en áreas del sur y levante español. Una tendencia de inestabilidad que se mantendrá hasta finales de mes, cuando se espera que un anticiclón estabilice la situación.

Las cabañuelas y la predicción de Rey

La popularidad de Jorge Rey creció tras anticipar la histórica borrasca Filomena en 2021 mediante el método tradicional de las cabañuelas. Desde entonces, el joven se ha convertido en un referente de la meteorología popular, compartiendo sus pronósticos en redes sociales con miles de seguidores.

Octubre, según sus cálculos, no dará tregua: borrascas atlánticas, lluvias intensas, una DANA y contrastes de temperaturas marcarán un mes clave en el calendario meteorológico español.


¿Quién es Jorge Rey?

El joven meteorólogo aficionado que saltó a la fama por predecir la llegada Filomena mediante el método tradicional de las cabañuelas.

Aunque su método para predecir el tiempo -las cabañuelas- es tachado de pseudociencia, sabiduría ancestral o mera suerte, Jorge Rey no para de aumentar su número de seguidores en redes, que celebran con entusiasmo los éxitos de sus predicciones; el último de ellos, las lluvias torrenciales que dejó la DANA de principios de mes en amplias zonas del país.

«Llamar me llaman de muchas formas pero, en el próximo vídeo, os propondremos un reto», responde el propio Rey en su publicación. De esta formal, el joven introduce lo que ha denominado el «trailer de Jorge Rey 2023″, un vídeo en el que explica qué hace en su canal y en qué consisten sus métodos y previsiones.

Jorge Rey, joven aficionado a la meteorología, se ha convertido en una de las personas más seguidas y valoradas en cuanto a cuestiones climáticas se refiere. La gente del campo está muy pendiente de lo que diga en estos momentos la predicción de las cabañuelas.

El método de las cabañuelas es una técnica de predicción meteorológica tradicional, usada desde hace siglos en zonas rurales de España y Latinoamérica, que se basa en observar el tiempo durante los primeros días de enero o agosto para pronosticar cómo será el clima del resto del año.

Aunque no tiene base científica, sigue muy arraigado en la cultura popular y ha cobrado notoriedad gracias a personas como Jorge Rey, que lo utiliza como guía en sus predicciones.

Cómo funciona el método de las cabañuelas

Existen distintas variantes según la región, pero la más extendida en España es la que se realiza en el mes de agosto:

  • Del 1 al 12 de agosto → Cada día representa un mes del año, en orden de enero a diciembre.

  • Del 13 al 24 de agosto → Cada día vuelve a representar los meses, pero en orden inverso, de diciembre a enero.

  • Del 25 al 30 de agosto → Cada día corresponde a dos meses, dividiéndose en mañana y tarde.

  • El 31 de agosto → Sirve como resumen general del año.

En función de cómo se comporta la atmósfera (nubosidad, viento, humedad, calor, lluvias, amaneceres y atardeceres), se interpreta el posible clima de cada mes del año.

Origen y tradición de las cabañuelas

El nombre cabañuelas proviene de antiguas festividades judías (la Fiesta de las Cabañuelas o Tabernáculos), que se celebraban con observaciones del cielo para augurar cosechas y clima. Con el tiempo, la práctica se adaptó en distintas culturas mediterráneas y latinoamericanas como un sistema popular de predicción.

Vigencia hoy en día

Aunque la meteorología moderna utiliza satélites, radares y modelos numéricos mucho más fiables, las cabañuelas siguen teniendo un fuerte componente cultural. Se consideran una forma de sabiduría popular transmitida de generación en generación, y han recuperado protagonismo gracias a figuras jóvenes como Jorge Rey, que combinan tradición con divulgación en redes sociales.

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