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El Supremo confirma la condena a 23 años de cárcel para la viuda negra de Alicante

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El Supremo confirma la condena a 23 años de cárcel para la viuda negra de Alicante
Alicante, 20 oct (EFE).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 23 años y medio de prisión que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) impuso a la conocida como ‘viuda negra’ de Alicante, Concepción Martín ‘Conchi’, por asesinar a su marido dos semanas después de la boda.

El TS también ha confirmado la condena a 22 años y medio de cárcel a un amigo y cuidador de ella, Francisco Pérez, en una resolución judicial que no puede ser recurrida y por unos hechos ocurridos en un aparcamiento de Alicante en agosto de 2018, según han informado este miércoles fuentes del TSJCV.

La Sala desestima los recursos de casación interpuestos por los dos condenados contra la sentencia del TSJCV recurrida, que apreció la agravante de disfraz e incrementó las penas de prisión que les impuso en octubre de 2020 un tribunal del jurado de la Audiencia de Alicante (22 años y medio para ella y 20 años de prisión para él) por un delito de asesinato, con la agravante de parentesco en la acusada.

Los hechos probados recogen que la mujer, con el conocimiento y acuerdo del otro acusado y con el propósito de acabar con la vida de su marido, concertó una cita con este sobre las 9.30 o 10 de la noche del 20 de agosto de 2018, quince días después de casarse, en un aparcamiento al aire libre frente al mar.

Ella le dijo que celebrarían una cena romántica a la que también asistiría su cuidador y que echarían flores en cierto lugar en memoria de seres queridos de ella. Para ello, le comentó que deberían saltar una valla y que no se asustara al verlos porque vestirían ropa oscura.

Los dos acusados acudieron al lugar con prendas oscuras y con gorras para ocultar sus rasgos faciales y disminuir su apariencia habitual.

El cuidador se aproximó al hombre y comenzó a agredirlo con un destornillador o instrumento semejante, haciéndolo retroceder para evitar la agresión hasta que llegaron a un espacio entre dos coches estacionados, donde cayó.

La acusada sujetó y golpeó a su esposo mientras su cuidador continuaba clavándole sucesivas veces el destornillador o instrumento que utilizaba hasta que la víctima perdió el sentido, falleciendo a consecuencia de una de las heridas que sufrió, según los hechos probados.

La escena fue vista por una agente del Cuerpo Nacional de Policía fuera de servicio que pasaba junto a un amigo por la zona y que se dirigió a la carrera hasta el aparcamiento para interceptar a los agresores.

En su sentencia, la Sala respalda la aplicación de la agravante de disfraz que fue apreciada por el TSJCV, lo que supuso un incremento de la pena para los dos condenados, pero no por el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Alicante.

Afirma que «el uso de ropa negra, junto con una gorra del mismo color, durante la noche y en lugar despoblado, con la deliberada intención de evitar posibles identificaciones, es un medio objetivamente apto para evitar que terceros puedan percatarse de la ejecución del delito o puedan identificar a los autores».

«Se trata de una aptitud que se deduce sin grandes esfuerzos argumentales de los propios hechos y que en este caso está estrechamente relacionada con el tiempo y lugar en que se produjo el delito, a lo que no obsta el hecho de que esas vestimentas no impidieran la identificación y detención de los autores al darse la casualidad de que dos personas que hacían deporte (uno de ellos policía) oyeran los gritos de la víctima y, al observar atentamente lo que sucedía, procedieran a intervenir», añade.

Señala que «el uso de disfraz constituye una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, que la doctrina categoriza como objetiva, en cuanto facilita la ejecución del delito y conlleva una mayor desprotección del bien jurídico».

La sentencia explica que «el autor utiliza el disfraz para no ser identificado y eludir las propias responsabilidades y esa finalidad no solo se persigue cuando las dificultades de identificación se orientan a la víctima del hecho, sino cuando van dirigidas a evitar la identificación de terceros».

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La jueza deja en libertad al anestesista de la clínica dental de Alzira tras la muerte de una niña

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Muere una niña de 6 años tras tratamiento dental Alzira
Cartel en la clínica dental donde fue tratada la menor - EUROPA PRESS

La investigación apunta a una posible mala praxis y uso irregular de fármacos en la Clínica Mireia

La jueza del Juzgado de Instrucción nº 5 de Alzira ha ordenado este miércoles la puesta en libertad del anestesista detenido por la muerte de una niña de seis años tras un tratamiento dental en la Clínica de Alzira. El especialista, de 43 años y con casi 20 años de experiencia, queda investigado por presuntos delitos de:

  • Homicidio

  • Lesiones

  • Delito contra la salud pública

  • Omisión del deber de socorro

  • Hurto, por la supuesta sustracción de fármacos en el hospital donde trabajaba

La dueña de la clínica, también detenida e interrogada, ha quedado en libertad con cargos y está siendo investigada por omisión de socorro y delito contra la salud pública.


Cinco horas de declaración ante la jueza

El anestesista llegó a los juzgados escoltado por la Policía Nacional y protegido por familiares que impidieron que se le fotografiara. Su declaración se prolongó durante más de cinco horas, respondiendo a todas las preguntas de la fiscal y de su defensa.

El acusado abandonó los juzgados alrededor de las 17:00 horas, nuevamente protegido por familiares que se enfrentaron a los medios de comunicación.


🔬 Los pilares de la investigación

La muerte de la menor y la grave intoxicación de otra niña de 4 años —que estuvo ingresada en la UCI pediátrica durante doce días— activaron una investigación por parte del Grupo de Homicidios de la Policía Nacional. Las dos niñas mostraban síntomas similares: somnolencia, mareos y dificultad respiratoria.

La investigación se centra en dos aspectos clave:

  1. La clínica no tenía autorización para aplicar sedación consciente.
    Esto motivó la suspensión cautelar de su actividad por parte de la Conselleria de Sanidad.

  2. Faltaban recursos esenciales, como una sala de despertar, requerida para cualquier procedimiento que incluya sedación.

Además, durante los registros en la clínica y en el domicilio del anestesista, se hallaron fármacos cuya procedencia no habría podido justificarse.


La dueña de la clínica, en libertad con cargos

La propietaria fue detenida horas después que el anestesista e investigada por omisión de socorro y delito contra la salud pública. Tras prestar declaración, quedó en libertad mientras la investigación continúa.


A la espera de los resultados toxicológicos

La autopsia inicial no ha encontrado:

  • Malformaciones congénitas

  • Problemas cardíacos

  • Obstrucciones en las vías aéreas

  • Restos que pudieran explicar una muerte accidental

Esto dirige toda la atención a los análisis toxicológicos que realiza el Instituto Nacional de Toxicología de Barcelona. Los peritos investigan qué fármacos fueron utilizados en:

  • La sedación consciente aplicada por el anestesista

  • La anestesia local administrada por la odontopediatra

Ambos profesionales han declarado que utilizaron preparados estándar y dosis ajustadas al peso y edad de las niñas.

También se están analizando los viales incautados en la clínica pocas horas después de la tragedia.

Qué se sabe hasta ahora del anestesista detenido tras la muerte de una niña en la clínica dental de Alzira

 

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