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El Supremo confirma la condena a 23 años de cárcel para la viuda negra de Alicante

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El Supremo confirma la condena a 23 años de cárcel para la viuda negra de Alicante
Alicante, 20 oct (EFE).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 23 años y medio de prisión que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) impuso a la conocida como ‘viuda negra’ de Alicante, Concepción Martín ‘Conchi’, por asesinar a su marido dos semanas después de la boda.

El TS también ha confirmado la condena a 22 años y medio de cárcel a un amigo y cuidador de ella, Francisco Pérez, en una resolución judicial que no puede ser recurrida y por unos hechos ocurridos en un aparcamiento de Alicante en agosto de 2018, según han informado este miércoles fuentes del TSJCV.

La Sala desestima los recursos de casación interpuestos por los dos condenados contra la sentencia del TSJCV recurrida, que apreció la agravante de disfraz e incrementó las penas de prisión que les impuso en octubre de 2020 un tribunal del jurado de la Audiencia de Alicante (22 años y medio para ella y 20 años de prisión para él) por un delito de asesinato, con la agravante de parentesco en la acusada.

Los hechos probados recogen que la mujer, con el conocimiento y acuerdo del otro acusado y con el propósito de acabar con la vida de su marido, concertó una cita con este sobre las 9.30 o 10 de la noche del 20 de agosto de 2018, quince días después de casarse, en un aparcamiento al aire libre frente al mar.

Ella le dijo que celebrarían una cena romántica a la que también asistiría su cuidador y que echarían flores en cierto lugar en memoria de seres queridos de ella. Para ello, le comentó que deberían saltar una valla y que no se asustara al verlos porque vestirían ropa oscura.

Los dos acusados acudieron al lugar con prendas oscuras y con gorras para ocultar sus rasgos faciales y disminuir su apariencia habitual.

El cuidador se aproximó al hombre y comenzó a agredirlo con un destornillador o instrumento semejante, haciéndolo retroceder para evitar la agresión hasta que llegaron a un espacio entre dos coches estacionados, donde cayó.

La acusada sujetó y golpeó a su esposo mientras su cuidador continuaba clavándole sucesivas veces el destornillador o instrumento que utilizaba hasta que la víctima perdió el sentido, falleciendo a consecuencia de una de las heridas que sufrió, según los hechos probados.

La escena fue vista por una agente del Cuerpo Nacional de Policía fuera de servicio que pasaba junto a un amigo por la zona y que se dirigió a la carrera hasta el aparcamiento para interceptar a los agresores.

En su sentencia, la Sala respalda la aplicación de la agravante de disfraz que fue apreciada por el TSJCV, lo que supuso un incremento de la pena para los dos condenados, pero no por el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Alicante.

Afirma que «el uso de ropa negra, junto con una gorra del mismo color, durante la noche y en lugar despoblado, con la deliberada intención de evitar posibles identificaciones, es un medio objetivamente apto para evitar que terceros puedan percatarse de la ejecución del delito o puedan identificar a los autores».

«Se trata de una aptitud que se deduce sin grandes esfuerzos argumentales de los propios hechos y que en este caso está estrechamente relacionada con el tiempo y lugar en que se produjo el delito, a lo que no obsta el hecho de que esas vestimentas no impidieran la identificación y detención de los autores al darse la casualidad de que dos personas que hacían deporte (uno de ellos policía) oyeran los gritos de la víctima y, al observar atentamente lo que sucedía, procedieran a intervenir», añade.

Señala que «el uso de disfraz constituye una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, que la doctrina categoriza como objetiva, en cuanto facilita la ejecución del delito y conlleva una mayor desprotección del bien jurídico».

La sentencia explica que «el autor utiliza el disfraz para no ser identificado y eludir las propias responsabilidades y esa finalidad no solo se persigue cuando las dificultades de identificación se orientan a la víctima del hecho, sino cuando van dirigidas a evitar la identificación de terceros».

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Sucesos

La jueza deja en libertad a los dos hermanos detenidos por violar a una mujer en un coche en Malilla 

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hermanos detenidos por violar mujer coche Malilla 
Fachada del TSJCV - EUROPA PRESS - Archivo

Los dos hermanos detenidos por una presunta agresión sexual a una mujer en el barrio de Malilla, en València, han quedado en libertad tras la decisión adoptada por la jueza de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia.

La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa al no haberse formalizado denuncia por parte de la supuesta víctima, un requisito imprescindible en este tipo de delitos según la legislación vigente.

La decisión judicial: sobreseimiento provisional

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza ha considerado que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión del delito.

Además, ha señalado que, conforme al artículo 191 del Código Penal, los delitos contra la libertad sexual requieren la denuncia de la persona afectada, su representante legal o la actuación del Ministerio Fiscal en determinados supuestos.

Este artículo establece que:

  • es necesaria la denuncia de la víctima para iniciar el procedimiento
  • el Ministerio Fiscal puede actuar si la víctima es menor, persona vulnerable o desvalida

En este caso, al no haberse presentado denuncia, la causa ha sido archivada de manera provisional.

Los hechos: una intervención policial en Malilla

La actuación policial se produjo el pasado jueves por la noche, tras la llamada de un vecino que alertó de una posible agresión sexual en el interior de un vehículo.

Según fuentes policiales, el aviso se recibió sobre las 23:30 horas, cuando un testigo afirmó haber presenciado cómo dos hombres supuestamente agredían a una mujer en un coche estacionado en un descampado.

El suceso tuvo lugar en la calle Juan Ramón Jiménez, en el barrio de Malilla.

Detención de los sospechosos

Tras recibir el aviso, agentes de la Policía Nacional se desplazaron hasta el lugar y procedieron a la detención de los dos presuntos implicados, hermanos nacidos en 1955 y 1969.

La mujer fue trasladada a un centro hospitalario para su evaluación médica, según las mismas fuentes.

Claves legales: por qué es necesaria la denuncia

Este caso pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial en delitos contra la libertad sexual.

La normativa actual establece que:

  • sin denuncia de la víctima no se puede continuar el procedimiento en la mayoría de casos
  • existen excepciones cuando hay especial vulnerabilidad

El objetivo de esta regulación es proteger la voluntad de la víctima en este tipo de procesos, aunque en ocasiones puede dificultar la persecución de los hechos si no se formaliza la denuncia.

Investigación y situación actual

Con la decisión judicial, los dos detenidos han quedado en libertad sin medidas cautelares.

No obstante, el sobreseimiento es provisional, lo que implica que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos elementos o si la víctima decide interponer denuncia en el futuro.

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