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El Supremo confirma la condena a 23 años de cárcel para la viuda negra de Alicante

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El Supremo confirma la condena a 23 años de cárcel para la viuda negra de Alicante
Alicante, 20 oct (EFE).- La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 23 años y medio de prisión que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) impuso a la conocida como ‘viuda negra’ de Alicante, Concepción Martín ‘Conchi’, por asesinar a su marido dos semanas después de la boda.

El TS también ha confirmado la condena a 22 años y medio de cárcel a un amigo y cuidador de ella, Francisco Pérez, en una resolución judicial que no puede ser recurrida y por unos hechos ocurridos en un aparcamiento de Alicante en agosto de 2018, según han informado este miércoles fuentes del TSJCV.

La Sala desestima los recursos de casación interpuestos por los dos condenados contra la sentencia del TSJCV recurrida, que apreció la agravante de disfraz e incrementó las penas de prisión que les impuso en octubre de 2020 un tribunal del jurado de la Audiencia de Alicante (22 años y medio para ella y 20 años de prisión para él) por un delito de asesinato, con la agravante de parentesco en la acusada.

Los hechos probados recogen que la mujer, con el conocimiento y acuerdo del otro acusado y con el propósito de acabar con la vida de su marido, concertó una cita con este sobre las 9.30 o 10 de la noche del 20 de agosto de 2018, quince días después de casarse, en un aparcamiento al aire libre frente al mar.

Ella le dijo que celebrarían una cena romántica a la que también asistiría su cuidador y que echarían flores en cierto lugar en memoria de seres queridos de ella. Para ello, le comentó que deberían saltar una valla y que no se asustara al verlos porque vestirían ropa oscura.

Los dos acusados acudieron al lugar con prendas oscuras y con gorras para ocultar sus rasgos faciales y disminuir su apariencia habitual.

El cuidador se aproximó al hombre y comenzó a agredirlo con un destornillador o instrumento semejante, haciéndolo retroceder para evitar la agresión hasta que llegaron a un espacio entre dos coches estacionados, donde cayó.

La acusada sujetó y golpeó a su esposo mientras su cuidador continuaba clavándole sucesivas veces el destornillador o instrumento que utilizaba hasta que la víctima perdió el sentido, falleciendo a consecuencia de una de las heridas que sufrió, según los hechos probados.

La escena fue vista por una agente del Cuerpo Nacional de Policía fuera de servicio que pasaba junto a un amigo por la zona y que se dirigió a la carrera hasta el aparcamiento para interceptar a los agresores.

En su sentencia, la Sala respalda la aplicación de la agravante de disfraz que fue apreciada por el TSJCV, lo que supuso un incremento de la pena para los dos condenados, pero no por el tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Alicante.

Afirma que «el uso de ropa negra, junto con una gorra del mismo color, durante la noche y en lugar despoblado, con la deliberada intención de evitar posibles identificaciones, es un medio objetivamente apto para evitar que terceros puedan percatarse de la ejecución del delito o puedan identificar a los autores».

«Se trata de una aptitud que se deduce sin grandes esfuerzos argumentales de los propios hechos y que en este caso está estrechamente relacionada con el tiempo y lugar en que se produjo el delito, a lo que no obsta el hecho de que esas vestimentas no impidieran la identificación y detención de los autores al darse la casualidad de que dos personas que hacían deporte (uno de ellos policía) oyeran los gritos de la víctima y, al observar atentamente lo que sucedía, procedieran a intervenir», añade.

Señala que «el uso de disfraz constituye una circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, que la doctrina categoriza como objetiva, en cuanto facilita la ejecución del delito y conlleva una mayor desprotección del bien jurídico».

La sentencia explica que «el autor utiliza el disfraz para no ser identificado y eludir las propias responsabilidades y esa finalidad no solo se persigue cuando las dificultades de identificación se orientan a la víctima del hecho, sino cuando van dirigidas a evitar la identificación de terceros».

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Sucesos

La clínica dental que atendió a la niña fallecida en Alzira no tenía autorización para realizar sedación intravenosa: Sanidad abre expediente e interviene Homicidios

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Muere una niña de 6 años tras tratamiento dental Alzira
Cartel en la clínica dental donde fue tratada la menor - EUROPA PRESS

VALÈNCIA, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -La clínica dental privada de Alzira (Valencia) donde fue atendida la niña de 6 años que falleció el pasado jueves no disponía de autorización sanitaria para realizar técnicas de anestesia que incluyan sedación intravenosa, un procedimiento que requiere permisos específicos por su riesgo y por la necesidad de contar con personal especializado en anestesiología.

Según ha confirmado este sábado la Conselleria de Sanidad, el centro únicamente estaba autorizado como clínica dental con actividad de odontología-estomatología, lo que permite el uso de anestesia local, pero no la sedación profunda ni la sedación intravenosa, técnicas que requieren habilitación especial, equipamiento de reanimación y un entorno médico supervisado.

La menor llegó en parada cardiorrespiratoria

La niña ingresó a las 16.52 horas del jueves en el servicio de Urgencias del Hospital de la Ribera, en parada cardiorrespiratoria. Los equipos sanitarios intentaron reanimarla sin éxito, confirmando finalmente el fallecimiento.

Ante la gravedad del caso, el servicio de Inspección de la Conselleria de Sanidad ha abierto un expediente informativo para esclarecer lo ocurrido y ha ordenado la suspensión cautelar de la actividad de la clínica dental. Paralelamente, un juzgado de Alzira ha incoado diligencias previas para investigar las circunstancias del fallecimiento.

La Policía Nacional deriva el caso al grupo de Homicidios

La comisaría de Policía Nacional de Alzira ha trasladado las diligencias de investigación al grupo de Homicidios, dado que se investigan posibles responsabilidades penales vinculadas al uso de sedación en un centro sin autorización. La autopsia de la menor será clave para determinar la causa exacta del fallecimiento.

Otra niña de 4 años, atendida el mismo día en la misma clínica, también fue hospitalizada

La Conselleria ha confirmado que, apenas una hora antes de la llegada de la menor fallecida, otra niña de 4 años, tratada esa misma mañana en el mismo centro dental, acudió a Urgencias con fiebre, vómitos y somnolencia, síntomas que podrían ser compatibles con una reacción adversa a medicación o sedación.

Tras su evaluación, fue trasladada en SAMU a la UCI pediátrica del Hospital Clínico de València, donde permanece ingresada en estado estable.

Este segundo caso refuerza la necesidad de investigar el tipo de sedación empleada, el material utilizado y las condiciones en que se realizaron ambos procedimientos.

La versión de la clínica: “Salió aparentemente bien”

La propietaria de la clínica ha afirmado, en declaraciones a À Punt recogidas por Europa Press, que la menor fallecida “salió del centro dental aparentemente bien” y que el anestesista “no sabe qué ha podido pasar”.

Ha explicado que no se utilizó anestesia general, sino una sedación administrada por vía intravenosa para extraer dientes de leche y colocar empastes. Asegura que la niña comenzó a sentirse mal después y que ellos desconocen “qué ha podido pasar”.

Según añadió, “están investigando el lote de la anestesia”, lo que apunta a una posible reacción adversa o a un problema con el producto utilizado, extremo que deberá esclarecerse con los análisis toxicológicos.

El Juzgado de Instrucción de Alzira (Valencia) ha abierto diligencias previas para investigar la muerte de una niña de 6 años tras recibir un tratamiento en una clínica dental privada. La investigación se amplía ahora con el testimonio de los padres, quienes aseguran que la menor estuvo cuatro horas en observación con síntomas preocupantes antes de ser dada de alta.

Los padres denuncian que la niña estuvo cuatro horas con somnolencia, vómitos y mala respiración

Según han explicado los progenitores a su llegada al Hospital de la Ribera, la niña comenzó a mostrar somnolencia, respiración dificultosa, vómitos y falta de respuesta a estímulos poco después de la sedación administrada en la clínica dental.

A pesar de estos síntomas, afirman que el personal del centro mantuvo a la niña en observación durante cuatro horas y finalmente le dieron el alta, permitiéndoles marcharse a casa. Durante ese periodo, la menor continuaba sin mejorar.

Finalmente, los padres decidieron trasladarla al Hospital de la Ribera, donde la menor llegó en parada cardiorrespiratoria. Los sanitarios intentaron reanimarla sin éxito, certificando su fallecimiento.

Investigación judicial y sanitaria en marcha

La jueza de guardia del Juzgado de la Plaza Número 5 de Alzira ha abierto diligencias previas tras recibir la comunicación de los hechos, tal y como ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

Paralelamente, la Conselleria de Sanidad ha iniciado un expediente informativo y ha ordenado la suspensión cautelar de la actividad de la clínica dental mientras se esclarecen las circunstancias. El Servicio de Inspección está analizando toda la documentación clínica y, según declaraciones de la propietaria, también se está investigando “el lote de la anestesia”.

La versión de la clínica dental

La responsable del centro ha asegurado públicamente que la niña salió “aparentemente bien” tras una sedación intravenosa, no anestesia general, realizada para extraer dientes de leche y colocar empastes. Según su versión, desconocen qué pudo pasar después.

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