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El Supremo ratifica el derecho a tener cesta de Navidad
Publicado
hace 6 añosen
La Sala Cuarta, de lo Social, del Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de los 1.600 trabajadores de Fujitsu Technology Solutions, S.A. en España a recibir la cesta de Navidad del año 2016, unilateralmente suprimida por la empresa, al considerar que la reiteración en el tiempo de su entrega y con extensión a toda la plantilla la convertían en condición más beneficiosa del contrato de trabajo, sin que quepa tomarlo como un acto de mera liberalidad de la empresa.
Asimismo, la sentencia destaca que la supresión por causa excepcional en una anualidad concreta del envío de la cesta, lo que no fue combatido por la parte social de la empresa, no elimina el derecho a la misma. En el caso de Fujitsu, la cesta no se remitió en el año 2013 alegando un plan de reducción de costes, lo que no fue impugnado por los sindicatos, que sí reclamaron la reinstauración del envío a partir de 2014.
El Supremo explica que para apreciar que la cesta de Navidad es una condición más beneficiosa deben darse dos condiciones: una sucesión de los actos sobre los que se apoya y una voluntad inequívoca de la empresa como origen de la citada condición, que mejora el marco legal o convencional aplicable. Y la consecuencia de su apreciación es la incorporación de la misma al paquete obligacional del contrato de trabajo.
En el caso de Fujitsu, con cerca de 1.600 trabajadores en todo el territorio nacional, se ha acreditado que, desde el inicio de su actividad hasta el año 2012, la empresa había entregado a los trabajadores afectados la indicada cesta -con la excepción del año 1997, en que se sustituyó por un cheque-regalo-. Fue en 2013 cuando la empresa decidió suprimir tal entrega, sin que tal decisión fuera objeto de impugnación, según señala la sentencia recurrida. Desde entonces, no se ha efectuado ya la entrega; constando, no obstante, que, en los años 2014, 2015 y 2016, las representaciones sindicales –del sindicato demandante o de USO- solicitaron su instauración.
El Supremo valora por tanto que dicha cesta venía siendo entregada desde el origen de la actividad de la empresa sin solución de continuidad hasta el año 2013, “y no puede negarse que en ese acto de la empresa se aprecian las notas definidoras de la controvertida condición más beneficiosa. No sólo se trata de una entrega de manera regular, constante y reiterada todos los años, sino que resulta patente que tal ofrecimiento se hacía con plena y consciente voluntad de beneficiar a los trabajadores de la plantilla, a todos sin excepción ni condicionamiento”, señalan los magistrados.
“El reparto de la cesta de Navidad –añade la sentencia– no se produce por una mera tolerancia de la empresa, pues es evidente que, dado el volumen de la plantilla, esa entrega supone un desembolso económico que necesariamente tiene y debe ser aprobado y financiado, y, además, exige una determinada actividad de organización y logística –la empresa debe determinar el número de cestas que necesita, adquirirlas en el mercado y organizar su distribución o el sistema por el que las cestas lleguen a manos de cada uno de los trabajadores”.
En suma, indica el Supremo, estamos ante una condición de trabajo que estaba incorporada al contrato de trabajo de los trabajadores afectados y, por ende, obligaba a la parte acreedora de dicha prestación -la parte empleadora- como parte del contenido de dicho contrato.
Sacrificio puntual que no elimina el derecho
Sobre la supresión en 2013, el Supremo resalta que la decisión de la empresa tenía una clara vocación coyuntural, al ceñir de modo expreso la medida a dicha anualidad. Precisamente, entiende el alto tribunal, la falta de impugnación por los sindicatos, “pone de manifiesto que la parte social aceptaba el sacrificio puntual en atención a las circunstancias afirmadas por la empresa en relación con la situación de dicha anualidad”.
“De otro lado –añaden-, y en consonancia con lo anterior, es evidente que las representaciones sindicales mantuvieron viva la reclamación frente a la empresa tras superarse el año para el que ésta había afirmado la dificultad económica, con lo que, aun en el supuesto caso de haberse excepcionado prescripción, se ha acreditado que la misma hubiera quedado interrumpida por las oportunas reclamaciones anuales”.
En suma, para la Sala, “afirmada la existencia de una condición más beneficiosa incorporada a los contratos de trabajo de los afectados por el conflicto, nada impide el ejercicio de la acción tendente a su
reconocimiento en el momento en que los legitimados al efecto ponen en marcha el procedimiento adecuado para ello, sin que la limitación de la pretensión a la cesta correspondiente al año 2016 –sin extenderla a las dos anualidades previas- pueda tener efectos enervantes ni negativos de la efectividad del derecho”.
Por todo ello, desestima el recurso de la empresa contra la sentencia de la Audiencia Nacional que dio la razón a una demanda de conflicto colectivo planteada por UGT a la que se adhirieron CC.OO. y USO.
El derecho a la cesta depende de cada caso
En la sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey, el Supremo recuerda que la cuestión de la entrega de la tradicional cesta de Navidad ha motivado varios pronunciamientos de la Sala en que se abordaba la cuestión de si la misma constituía o no una condición más beneficiosa. La sentencia advierte que no puede fijarse un criterio general para todos los casos según el cual la entrega de la cesta constituye siempre un derecho adquirido como condición más beneficiosa, o, por el contrario, una mera liberalidad de la empresa, por lo que el resultado de las soluciones judiciales puede ser diverso en atención a las características y la prueba de las circunstancias de cada caso.
Así, recuerda que hasta la fecha la Sala ha dictado cuatro sentencias en las que se considera que la entrega de la cesta de Navidad es una condición más beneficiosa, mientras que en una quinta resolución opinó al revés y negó la consolidación del derecho a su entrega por no estar acreditada la concurrencia de los elementos característicos y definidores de la condición más beneficiosa.
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El misterio de los viernes 13: orígenes, supersticiones y significado
Publicado
hace 12 horasen
11 febrero, 2026
El viernes 13 es una de las fechas más temidas y rodeadas de supersticiones en muchas culturas occidentales. A lo largo de los años, este día ha sido asociado con la mala suerte, dando lugar a numerosas leyendas urbanas, películas de terror y costumbres de precaución. Pero, ¿de dónde surge esta creencia? ¿Es realmente un día de mala suerte o simplemente un mito que ha evolucionado con el tiempo?
Origen de la superstición del viernes 13
La combinación del número 13 y el día viernes como símbolos de mala suerte tiene raíces en diversas tradiciones culturales y religiosas.
El número 13 y su connotación negativa
El número 13 ha sido históricamente asociado con el infortunio en varias civilizaciones. En la cultura occidental, esta cifra es vista con recelo, y es común que algunos edificios omitan el piso 13 o que los aviones no tengan fila con ese número. Algunos expertos señalan que el origen de esta superstición podría estar relacionado con varios eventos históricos y religiosos:
- En la mitología nórdica, una cena en el Valhalla con 12 dioses fue interrumpida por Loki, el dios del caos, lo que llevó a la muerte de Balder, el dios favorito, haciendo del número 13 un símbolo de desgracia.
- En el cristianismo, el número 13 está vinculado con la Última Cena, en la que 13 personas (Jesús y sus 12 apóstoles) se sentaron a la mesa antes de la crucifixión de Cristo. Además, Judas, el traidor, fue el 13º en llegar a la cena.
El viernes y su mal augurio
El viernes también ha sido considerado un día de mal augurio en algunas tradiciones religiosas. En el cristianismo, el viernes es el día de la crucifixión de Jesucristo, lo que lo convierte en un día triste y desafortunado. Además, durante la Edad Media, los viernes eran días de ejecución pública en muchos países europeos, lo que aumentó su asociación con la tragedia y la muerte.
La combinación de viernes y el número 13
El temor al viernes 13, conocido como parascevedecatriafobia o friggatriscaidecafobia, mezcla ambas supersticiones. El viernes, como un día maldito, y el número 13, como una cifra de mala suerte, se combinan para formar una fecha en la que muchos prefieren no arriesgarse a hacer grandes planes, viajar o tomar decisiones importantes.
Uno de los episodios históricos más recordados que refuerza esta superstición es el 13 de octubre de 1307, cuando el rey Felipe IV de Francia ordenó el arresto de los caballeros templarios. La persecución de esta orden militar y religiosa marcó uno de los días más fatídicos de la Edad Media.
Viernes 13 en la cultura popular
El miedo al viernes 13 ha sido alimentado por la cultura popular, especialmente por el cine y la literatura. La saga de películas de terror «Viernes 13» (1980), protagonizada por el infame asesino Jason Voorhees, ha convertido esta fecha en un símbolo del terror moderno. Además, novelas y programas de televisión han utilizado esta superstición para desarrollar tramas que exploran el miedo colectivo hacia este día.
Curiosidades sobre el viernes 13
- Aerolíneas y hoteles: Muchas aerolíneas evitan el número 13 en sus filas de asientos, y algunos hoteles y hospitales omiten el piso 13. Además, las ventas de boletos de avión suelen disminuir los viernes 13 debido al temor de los pasajeros.
- Accidentes y estadísticas: A pesar de la creencia popular, estudios han demostrado que no hay un aumento significativo en la cantidad de accidentes o incidentes en un viernes 13 en comparación con otros días. Sin embargo, algunas personas optan por ser más cautelosas en esta fecha.
- Fobias: La friggatriscaidecafobia es el nombre clínico que se da al miedo irracional a los viernes 13. Algunas personas prefieren no salir de casa o participar en actividades importantes por temor a la mala suerte.
¿Un día de mala suerte o simplemente un mito?
Aunque muchos evitan el viernes 13 por superstición, la mayoría de las personas pasan este día sin ningún evento desafortunado. La verdadera mala suerte que puede acarrear este día parece provenir más de la autosugestión y del miedo colectivo que de una verdadera fuerza negativa. Psicólogos explican que cuando la gente cree firmemente en la mala suerte, es más probable que atribuya incidentes comunes a la superstición del día.
Conclusión
El viernes 13 sigue siendo una fecha en la que la superstición y el misterio se mezclan con la cultura popular. Aunque no existe evidencia científica que respalde que este día traiga mala suerte, el peso de la tradición y las creencias colectivas han mantenido viva su leyenda a lo largo de los siglos. Al final, ya sea que decidas verlo como un día más o con cierto recelo, lo que está claro es que el viernes 13 seguirá siendo parte de nuestra cultura y un motivo de conversación cada vez que aparezca en el calendario.
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