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El Supremo ratifica el derecho a tener cesta de Navidad

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La Sala Cuarta, de lo Social, del Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de los 1.600 trabajadores de Fujitsu Technology Solutions, S.A. en España a recibir la cesta de Navidad del año 2016, unilateralmente suprimida por la empresa, al considerar que la reiteración en el tiempo de su entrega y con extensión a toda la plantilla la convertían en condición más beneficiosa del contrato de trabajo, sin que quepa tomarlo como un acto de mera liberalidad de la empresa.

Asimismo, la sentencia destaca que la supresión por causa excepcional en una anualidad concreta del envío de la cesta, lo que no fue combatido por la parte social de la empresa, no elimina el derecho a la misma. En el caso de Fujitsu, la cesta no se remitió en el año 2013 alegando un plan de reducción de costes, lo que no fue impugnado por los sindicatos, que sí reclamaron la reinstauración del envío a partir de 2014.

El Supremo explica que para apreciar que la cesta de Navidad es una condición más beneficiosa deben darse dos condiciones: una sucesión de los actos sobre los que se apoya y una voluntad inequívoca de la empresa como origen de la citada condición, que mejora el marco legal o convencional aplicable. Y la consecuencia de su apreciación es la incorporación de la misma al paquete obligacional del contrato de trabajo.

En el caso de Fujitsu, con cerca de 1.600 trabajadores en todo el territorio nacional, se ha acreditado que, desde el inicio de su actividad hasta el año 2012, la empresa había entregado a los trabajadores afectados la indicada cesta -con la excepción del año 1997, en que se sustituyó por un cheque-regalo-. Fue en 2013 cuando la empresa decidió suprimir tal entrega, sin que tal decisión fuera objeto de impugnación, según señala la sentencia recurrida. Desde entonces, no se ha efectuado ya la entrega; constando, no obstante, que, en los años 2014, 2015 y 2016, las representaciones sindicales –del sindicato demandante o de USO- solicitaron su instauración.

El Supremo valora por tanto que dicha cesta venía siendo entregada desde el origen de la actividad de la empresa sin solución de continuidad hasta el año 2013, “y no puede negarse que en ese acto de la empresa se aprecian las notas definidoras de la controvertida condición más beneficiosa. No sólo se trata de una entrega de manera regular, constante y reiterada todos los años, sino que resulta patente que tal ofrecimiento se hacía con plena y consciente voluntad de beneficiar a los trabajadores de la plantilla, a todos sin excepción ni condicionamiento”, señalan los magistrados.

“El reparto de la cesta de Navidad –añade la sentencia– no se produce por una mera tolerancia de la empresa, pues es evidente que, dado el volumen de la plantilla, esa entrega supone un desembolso económico que necesariamente tiene y debe ser aprobado y financiado, y, además, exige una determinada actividad de organización y logística –la empresa debe determinar el número de cestas que necesita, adquirirlas en el mercado y organizar su distribución o el sistema por el que las cestas lleguen a manos de cada uno de los trabajadores”.

En suma, indica el Supremo, estamos ante una condición de trabajo que estaba incorporada al contrato de trabajo de los trabajadores afectados y, por ende, obligaba a la parte acreedora de dicha prestación -la parte empleadora- como parte del contenido de dicho contrato.

Sacrificio puntual que no elimina el derecho

Sobre la supresión en 2013, el Supremo resalta que la decisión de la empresa tenía una clara vocación coyuntural, al ceñir de modo expreso la medida a dicha anualidad. Precisamente, entiende el alto tribunal, la falta de impugnación por los sindicatos, “pone de manifiesto que la parte social aceptaba el sacrificio puntual en atención a las circunstancias afirmadas por la empresa en relación con la situación de dicha anualidad”.

“De otro lado –añaden-, y en consonancia con lo anterior, es evidente que las representaciones sindicales mantuvieron viva la reclamación frente a la empresa tras superarse el año para el que ésta había afirmado la dificultad económica, con lo que, aun en el supuesto caso de haberse excepcionado prescripción, se ha acreditado que la misma hubiera quedado interrumpida por las oportunas reclamaciones anuales”.

En suma, para la Sala, “afirmada la existencia de una condición más beneficiosa incorporada a los contratos de trabajo de los afectados por el conflicto, nada impide el ejercicio de la acción tendente a su
reconocimiento en el momento en que los legitimados al efecto ponen en marcha el procedimiento adecuado para ello, sin que la limitación de la pretensión a la cesta correspondiente al año 2016 –sin extenderla a las dos anualidades previas- pueda tener efectos enervantes ni negativos de la efectividad del derecho”.
Por todo ello, desestima el recurso de la empresa contra la sentencia de la Audiencia Nacional que dio la razón a una demanda de conflicto colectivo planteada por UGT a la que se adhirieron CC.OO. y USO.

El derecho a la cesta depende de cada caso

En la sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey, el Supremo recuerda que la cuestión de la entrega de la tradicional cesta de Navidad ha motivado varios pronunciamientos de la Sala en que se abordaba la cuestión de si la misma constituía o no una condición más beneficiosa. La sentencia advierte que no puede fijarse un criterio general para todos los casos según el cual la entrega de la cesta constituye siempre un derecho adquirido como condición más beneficiosa, o, por el contrario, una mera liberalidad de la empresa, por lo que el resultado de las soluciones judiciales puede ser diverso en atención a las características y la prueba de las circunstancias de cada caso.

Así, recuerda que hasta la fecha la Sala ha dictado cuatro sentencias en las que se considera que la entrega de la cesta de Navidad es una condición más beneficiosa, mientras que en una quinta resolución opinó al revés y negó la consolidación del derecho a su entrega por no estar acreditada la concurrencia de los elementos característicos y definidores de la condición más beneficiosa.

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Naia y su último regalo: una lección de amor, paz y vida con solo 16 años

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Naia tenía solo 16 años, pero hablaba de la vida con una madurez extraordinaria

Lo que conmueve de Naia no es únicamente todo lo que tuvo que afrontar siendo una adolescente. Es también cómo decidió mirar aquello que le estaba ocurriendo.

Durante su conversación con Carlos Roca habló de la enfermedad, de los tratamientos, de las operaciones y de lo difícil que fue explicar a sus hermanos pequeños lo que estaba sucediendo. Pero también habló de algo mucho más universal: de cómo cambia nuestra manera de entender la vida cuando dejamos de dar por hecho que tendremos todo el tiempo del mundo.

Naia reflexionaba sobre algo que muchos adultos olvidan: la salud es un regalo. La enfermedad le había hecho descubrir el valor de cosas que antes podían parecer pequeñas y que, de repente, adquirían una importancia enorme.

Los amigos, la familia, un concierto, una conversación, poder estar en casa o simplemente sentirse acompañada.

Su manera de expresarlo dejaba una reflexión difícil de olvidar: los problemas cotidianos que muchas veces parecen enormes pueden perder todo su peso cuando se contempla la vida desde otra perspectiva.

«Lo más importante es lo más simple»

Una de las grandes enseñanzas que deja Naia es precisamente esa capacidad de poner cada cosa en su sitio.

Durante la entrevista explicaba que la enfermedad le había enseñado a no conceder a los problemas cotidianos una importancia que quizá no merecen. También hablaba de no aplazar aquello que queremos hacer y de aprovechar la vida.

Su reflexión no nace de un libro ni de una teoría. Nace de una adolescente que tuvo que enfrentarse a una situación extraordinariamente dura.

Y ahí está buena parte de la fuerza de su mensaje: Naia no hablaba desde fuera de la vida, sino desde una experiencia que le obligó demasiado pronto a preguntarse qué significa realmente vivir.

El amor por su familia por encima de todo

Uno de los momentos más conmovedores de la entrevista llega cuando habla de sus hermanos pequeños, Kirian y Carla.

Naia explica el vínculo que tenía con ellos y el amor que sentía por su familia. En medio de una situación que podría haberla llevado a encerrarse en su propio dolor, ella encontraba espacio para pensar en cómo estaban viviendo aquello las personas que quería.

También quiso reconocer a quienes estuvieron a su lado durante el proceso: su familia, sus amigos y los profesionales que la atendieron.

Para Naia, acompañar a alguien que atraviesa una enfermedad grave no consistía únicamente en decirle que podía conseguirlo. Era algo mucho más sencillo y, a la vez, mucho más profundo: estar.

Naia quería que la recordaran por quién era, no por su cáncer

Hay otra parte especialmente importante de su legado.

Naia no quería que su enfermedad se convirtiera en toda su identidad. Quería que quienes la conocían siguieran viendo a Naia, con sus virtudes, sus defectos, sus gustos y su manera de ser.

Tenía 16 años. Era una adolescente con amigos, estudios, planes y sueños. Quería seguir viviendo experiencias y haciendo cosas que cualquier joven de su edad considera normales.

Por eso su testimonio resulta tan poderoso: detrás del diagnóstico había una persona que quería ser reconocida por lo que era y por el amor que había compartido con quienes la rodeaban.

Una voz para el cáncer infantil

Naia también quiso aprovechar su historia para dar visibilidad al cáncer infantil.

Durante la entrevista reclamó más investigación y recursos para enfermedades que, como el osteosarcoma, pueden resultar desconocidas para gran parte de la sociedad. También puso el foco en la situación de las familias de Menorca y en la ausencia de determinados recursos de oncología pediátrica en la isla, que obliga a desplazarse a Mallorca para recibir atención especializada.

Su testimonio, por tanto, no era únicamente una despedida. Era también una petición para que su experiencia pudiera servir a otros niños y familias.

Su último regalo: una conversación para después de su muerte

Quizá uno de los aspectos que más define a Naia sea que pensó incluso en el momento en que ya no estaría.

Grabó la entrevista sabiendo que no quería que se publicara inmediatamente. Dejó claro que debía hacerse cuando su familia estuviera preparada.

Y así ha ocurrido.

Roca Project esperó hasta que llegó ese momento. El episodio se publicó el 16 de septiembre y rápidamente se convirtió en uno de los contenidos más vistos del programa. A las pocas horas ya acumulaba cientos de miles de visualizaciones.

Pero quizá el verdadero alcance de aquella conversación no pueda medirse en visualizaciones.

Porque Naia dejó algo mucho más difícil de conseguir: una forma de mirar la vida.

El legado de Naia: amor, paz y ganas de vivir

Naia tenía solo 16 años, pero dejó reflexiones que invitan a detenerse.

A valorar la salud.

A querer a la familia.

A estar al lado de quien sufre.

A no convertir cada pequeño problema en una tragedia.

A disfrutar de lo sencillo.

A hacer aquello que queremos hacer.

Y, sobre todo, a no olvidarnos de vivir mientras tenemos la oportunidad.

Su historia habla de cáncer, pero su legado habla de vida.

Habla de amor, porque hasta en los momentos más difíciles pensó en las personas que quería.

Habla de paz, porque no quiso dejar únicamente dolor detrás de ella.

Y habla de reconocimiento, porque quiso que su experiencia sirviera para que otros niños y otras familias tuvieran más voz, más recursos y más acompañamiento.

Naia se fue demasiado pronto. Pero dejó una conversación que permanece.

Una conversación en la que una niña de 16 años consiguió algo extraordinario: hacer que miles de personas adultas se detengan, escuchen y vuelvan a pensar en aquello que realmente importa.

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