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El TC declara «inconstitucionales» las partidas de la Generalitat catalana para el referéndum

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El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, y una vez concluida la tramitación del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno el pasado 4 de abril, ha decidido estimar parcialmente dicho recurso, dirigido contra la disposición adicional 40 de la Ley de Cataluña 4/2017, de 28 de marzo, de Presupuestos de la Generalitat para 2017 y contra varias partidas presupuestarias referidas a “procesos electorales y consultas populares” y a “procesos electorales y participación ciudadana”.

La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Pedro González-Trevijano, declara la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional 40; y señala que las partidas presupuestarias impugnadas “son inconstitucionales en el caso de que se destinen a la financiación del proceso referendario” al que se refiere la disposición adicional anulada. El recurso del Gobierno se dirige contra la disposición adicional 40 de la ley impugnada, que dispone textualmente lo siguiente:

“1. El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias para 2017, debe habilitar las partidas para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña.

2. El Gobierno, dentro de las posibilidades presupuestarias, debe garantizar la dotación económica suficiente para hacer frente a las necesidades y los requerimientos que se deriven de la convocatoria del referéndum sobre el futuro político de Cataluña, acordado en el apartado I.1.2 de la Resolución 306/XI del Parlamento de Cataluña, con las condiciones establecidas en el dictamen 2/2017, de 2 de marzo, del Consejo de Garantías Estatutarias”.

Asimismo, se impugnan las partidas presupuestarias “GO 01 D/227.0004/132. Procesos electorales y consultas populares”; “DD 01 D/227.0004/132. Procesos electorales y consultas populares” y “DD 01 D/227.00157132. Procesos electorales y participación ciudadana”.

El Tribunal explica que la ley impugnada no contiene partidas presupuestarias que se destinen de forma específica a la financiación del proceso referendario al que se refiere en la disposición adicional 40. La denominación de las partidas presupuestarias impugnadas es, por el contrario, genérica e inconcreta.

Sin embargo, una interpretación sistemática de la ley impone concluir que “el Parlamento ha tenido que incluir dotaciones de crédito en dichas partidas presupuestarias destinadas a la financiación del referéndum sobre el futuro político de Cataluña”. Pues, por el principio de “coherencia del legislador”, no parece factible que “el Legislador que en la Ley de Presupuestos dirige un mandato al Gobierno para que habilite, dentro de las disponibilidades presupuestarias del ejercicio, las partidas necesarias para hacer frente a los requerimientos económicos del proceso referendario, no recoja (…) en el estado de gastos las correspondientes autorizaciones de crédito destinadas a tal fin”.

Hecha la anterior consideración, el Tribunal señala que la generalidad de las rúbricas y de los contenidos de las partidas presupuestarias impugnadas “no permiten identificar qué concretas dotaciones pueden estar destinadas a la financiación del proceso referendario”. Por lo que existe la posibilidad de que también puedan destinarse “a la financiación de procesos electorales, consultas no referendarias y de participación ciudadana” respecto de las que la Comunidad Autónoma tiene competencia.

En conclusión, las partidas presupuestarias impugnadas “no merecen tacha alguna de inconstitucionalidad en la medida en que tengan por objeto sufragar los gastos que puedan generar estos procesos o consultas no referendarias”. Pero sí son merecedoras de reproche inconstitucional -por los mismos motivos que la disposición adicional 40- si se destinan a financiar gastos derivados de “la organización y convocatoria del referéndum” al que se refiere dicha la disposición adicional.

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La nueva borrasca Nils ya está llegando a Málaga y afectará a Valencia

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El tiempo en Valencia hoy
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El nuevo temporal de alto impacto llegará a finales de semana con rachas intensas de viento y una masa de aire ártico; las precipitaciones serán más destacadas en el oeste de Málaga

La borrasca de alto impacto Nils ya está de camino y dejará efectos tanto en la Comunitat Valenciana como en la provincia de Málaga, aunque con un impacto desigual según la zona. El episodio vendrá marcado por viento fuerte, un acusado descenso térmico y lluvias que, en general, serán moderadas y mal repartidas.

Se trata de una ciclogénesis que comenzará a dejarse notar entre el miércoles y el jueves, alcanzando su momento más adverso entre el viernes y el sábado, cuando la entrada de una masa de aire ártico provocará un notable cambio de tiempo tras varios días con temperaturas suaves.

València: viento intenso y poco riesgo por lluvias

En València y el conjunto de la Comunitat Valenciana, el principal fenómeno asociado a la borrasca será el viento de poniente, con rachas fuertes o muy fuertes, especialmente en zonas del interior, prelitoral y áreas elevadas. En la costa, el viento también se dejará notar y podría generar mal estado de la mar.

Las lluvias serán poco destacables en la provincia de València. Si se producen precipitaciones, serán débiles y dispersas, sin acumulados relevantes ni riesgo de episodios adversos. Este patrón responde a la entrada de aire seco asociada al flujo de poniente, habitual en este tipo de situaciones.

En cuanto a las temperaturas, se espera un descenso notable durante el fin de semana. En València capital, las mínimas podrían situarse entre 8 y 10 grados, mientras que en el interior provincial los valores nocturnos bajarán con mayor fuerza, con registros cercanos a 0 grados en zonas altas.

Málaga: lluvias más visibles en el oeste y rachas de viento el viernes

En la provincia de Málaga, el impacto de la borrasca será algo más visible en forma de precipitaciones, aunque sin alcanzar la intensidad de temporales anteriores. Los modelos apuntan a acumulados de hasta 40 litros por metro cuadrado en la Serranía de Ronda, especialmente en su vertiente occidental, y en torno a 30 litros en las estribaciones montañosas de la Costa del Sol occidental.

En el resto de la provincia, las lluvias se moverán entre 10 y 20 litros, y podrían venir acompañadas de tormentas, afectando también al interior, con presencia en comarcas como Antequera y la Axarquía. En Málaga capital, las precipitaciones serán escasas debido al efecto Foehn, que limita la llegada de lluvias a la costa.

El viernes será la jornada más complicada por la previsión de rachas fuertes de viento, que podrían provocar incidencias puntuales.

Fin de semana frío y más estable

A partir del sábado, las lluvias tenderán a remitir tanto en Málaga como en València, con predominio del sol en las zonas costeras. Sin embargo, el protagonismo pasará al descenso generalizado de las temperaturas.

En Málaga capital, las mínimas caerán hasta los 9 grados, con máximas en torno a 18-20 grados, mientras que en el interior el contraste será mucho mayor. En Ronda, se esperan mínimas de 4 grados el sábado y de 2 grados el domingo, con máximas que oscilarán entre 10 y 14 grados.

Tendencia a la normalización la próxima semana

De cara al inicio de la próxima semana, la previsión apunta a una estabilización progresiva del tiempo, con desaparición de las lluvias y una recuperación gradual de las temperaturas, especialmente en las zonas costeras. Tras varias semanas marcadas por la inestabilidad, tanto la Costa del Sol como el litoral valenciano comenzarán a dejar atrás el episodio invernal.

 

 

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