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El TC declara «inconstitucionales» las partidas de la Generalitat catalana para el referéndum

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El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, y una vez concluida la tramitación del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno el pasado 4 de abril, ha decidido estimar parcialmente dicho recurso, dirigido contra la disposición adicional 40 de la Ley de Cataluña 4/2017, de 28 de marzo, de Presupuestos de la Generalitat para 2017 y contra varias partidas presupuestarias referidas a “procesos electorales y consultas populares” y a “procesos electorales y participación ciudadana”.

La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Pedro González-Trevijano, declara la inconstitucionalidad y nulidad de la disposición adicional 40; y señala que las partidas presupuestarias impugnadas “son inconstitucionales en el caso de que se destinen a la financiación del proceso referendario” al que se refiere la disposición adicional anulada. El recurso del Gobierno se dirige contra la disposición adicional 40 de la ley impugnada, que dispone textualmente lo siguiente:

“1. El Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias para 2017, debe habilitar las partidas para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña.

2. El Gobierno, dentro de las posibilidades presupuestarias, debe garantizar la dotación económica suficiente para hacer frente a las necesidades y los requerimientos que se deriven de la convocatoria del referéndum sobre el futuro político de Cataluña, acordado en el apartado I.1.2 de la Resolución 306/XI del Parlamento de Cataluña, con las condiciones establecidas en el dictamen 2/2017, de 2 de marzo, del Consejo de Garantías Estatutarias”.

Asimismo, se impugnan las partidas presupuestarias “GO 01 D/227.0004/132. Procesos electorales y consultas populares”; “DD 01 D/227.0004/132. Procesos electorales y consultas populares” y “DD 01 D/227.00157132. Procesos electorales y participación ciudadana”.

El Tribunal explica que la ley impugnada no contiene partidas presupuestarias que se destinen de forma específica a la financiación del proceso referendario al que se refiere en la disposición adicional 40. La denominación de las partidas presupuestarias impugnadas es, por el contrario, genérica e inconcreta.

Sin embargo, una interpretación sistemática de la ley impone concluir que “el Parlamento ha tenido que incluir dotaciones de crédito en dichas partidas presupuestarias destinadas a la financiación del referéndum sobre el futuro político de Cataluña”. Pues, por el principio de “coherencia del legislador”, no parece factible que “el Legislador que en la Ley de Presupuestos dirige un mandato al Gobierno para que habilite, dentro de las disponibilidades presupuestarias del ejercicio, las partidas necesarias para hacer frente a los requerimientos económicos del proceso referendario, no recoja (…) en el estado de gastos las correspondientes autorizaciones de crédito destinadas a tal fin”.

Hecha la anterior consideración, el Tribunal señala que la generalidad de las rúbricas y de los contenidos de las partidas presupuestarias impugnadas “no permiten identificar qué concretas dotaciones pueden estar destinadas a la financiación del proceso referendario”. Por lo que existe la posibilidad de que también puedan destinarse “a la financiación de procesos electorales, consultas no referendarias y de participación ciudadana” respecto de las que la Comunidad Autónoma tiene competencia.

En conclusión, las partidas presupuestarias impugnadas “no merecen tacha alguna de inconstitucionalidad en la medida en que tengan por objeto sufragar los gastos que puedan generar estos procesos o consultas no referendarias”. Pero sí son merecedoras de reproche inconstitucional -por los mismos motivos que la disposición adicional 40- si se destinan a financiar gastos derivados de “la organización y convocatoria del referéndum” al que se refiere dicha la disposición adicional.

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Esta es la nueva fecha que entran en vigor los aranceles de Trump

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Trump aranceles

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha anunciado un nuevo aplazamiento en la entrada en vigor de los aranceles internacionales, que ahora se retrasan hasta el 1 de agosto de 2025. La medida, inicialmente prevista para el 9 de julio, forma parte de su estrategia para presionar a socios comerciales y alcanzar acuerdos bilaterales arancelarios antes de que los gravámenes se apliquen de forma automática.

Trump pospone los aranceles y lanza una ofensiva comercial por carta

El secretario de Comercio, Howard Lutnick, confirmó el cambio de fecha durante una entrevista televisada. “Tendremos a la mayoría de países con una carta o un acuerdo el 9 de julio, pero los aranceles entrarán en vigor el 1 de agosto”, señaló. A partir de esta semana, la Administración Trump comenzará a enviar 100 cartas a 100 países, estableciendo tarifas personalizadas y presionando para alcanzar pactos individuales.

Según Lutnick y el propio Trump, algunos países podrían enfrentarse a aranceles de hasta el 70%, muy por encima de los niveles iniciales anunciados en abril durante el llamado “Día de la Liberación”, que marcó el comienzo de esta nueva escalada comercial.

Advertencia a los países alineados con los BRICS

Trump también lanzó una nueva amenaza comercial a través de su red social Truth Social. Advirtió que cualquier país que se alinee con las políticas de los BRICS —el bloque liderado por China, Rusia, Brasil, India y Sudáfrica, que recientemente se ha ampliado a once miembros— tendrá que asumir un arancel adicional del 10%, sin excepciones. “Cualquier país que adopte políticas antiamericanas será penalizado con aranceles. Es una cuestión de seguridad nacional”, afirmó.

Avances limitados: acuerdos con Reino Unido, Vietnam y distensión con China

Hasta ahora, Washington ha cerrado acuerdos limitados con Reino Unido y Vietnam, y ha llegado a un principio de entendimiento con China para reducir tensiones. Sin embargo, estos pactos no alcanzan el nivel de un tratado comercial formal, y la incertidumbre sobre la política comercial estadounidense sigue afectando a mercados clave, incluidos sectores estratégicos españoles como el agroalimentario, el vino o el acero.

Bruselas modera su postura ante la presión arancelaria

En Europa, la Comisión Europea ha decidido moderar sus demandas comerciales para facilitar un eventual pacto con Washington, mientras varios sectores en España y otros países del bloque mantienen la alerta ante las nuevas amenazas arancelarias de Trump.

 

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