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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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Pedro Sánchez estrena gafas de lujo con diseño ‘vintage’ firmadas por Christian Dior

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El presidente del Gobierno sorprende en el Senado con un nuevo accesorio que no ha pasado desapercibido ni en redes ni entre los analistas de imagen.

Un nuevo detalle que no pasa inadvertido

Pedro Sánchez ha vuelto a captar la atención pública, esta vez no por sus declaraciones políticas, sino por un detalle de estilo. El presidente del Gobierno compareció ante la comisión del Senado que investiga el llamado caso Koldo luciendo por primera vez unas gafas de ver.

El gesto, aparentemente anecdótico, ha desatado un notable interés en redes sociales y entre los expertos en comunicación política.

Gafas Christian Dior 2601 30: diseño y precio

Las gafas que estrenó el presidente pertenecen a la firma Christian Dior, modelo Dior 2601 30, una pieza original de los años 80 fabricada en Alemania.
Con montura de acetato rojo jaspeado y detalles metálicos dorados, el diseño combina la estética ‘vintage’ con un aire sofisticado que rompe con las tendencias minimalistas actuales.

El precio de estas gafas ronda los 289,95 euros, aunque las pocas unidades disponibles en el mercado se están agotando con rapidez en las ópticas especializadas.

Un accesorio con intención

A sus 53 años, Sánchez acompañó este nuevo complemento con un traje azul marino y corbata a juego, reforzando su imagen habitual de elegancia y control.
Lejos de ser una elección casual, su apuesta por un estilo retro podría interpretarse como una forma de proyectar madurez y autoridad, manteniendo al mismo tiempo un toque moderno y distintivo.

El gesto y su lectura comunicativa

Según el experto en comunicación José Luis Martín Ovejero, entrevistado en El programa de Ana Rosa, el uso de las gafas podría tener un significado más profundo:

“En algunos momentos de su intervención utilizó las gafas como un gesto apaciguador. Es una manera de calmar al cerebro cuando se experimenta tensión o nerviosismo”, explicó.

Este tipo de microgestos, habituales en entornos de alta presión, revelan cómo los líderes políticos gestionan su lenguaje no verbal para transmitir serenidad y dominio.

La imagen como parte de la estrategia

No es la primera vez que el presidente genera conversación por su apariencia. Desde el abrigo deportivo de la marca Joma, que se agotó tras su uso público, hasta el impecable corte de sus trajes, cada detalle de su imagen ha sido analizado con lupa.

Con este nuevo accesorio, Sánchez abre un nuevo capítulo en su estilo personal, consolidando la idea de que la estética también forma parte del mensaje político.

Moda, poder y percepción pública

Mientras el debate político continúa, las gafas de Pedro Sánchez se han convertido en el inesperado objeto de deseo de la temporada.
Entre moda, comunicación y estrategia, el presidente vuelve a demostrar que incluso un gesto tan sencillo como estrenar unas gafas puede tener un impacto mediático de gran alcance.

 

 

 

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