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Valencia

El PP confirma su hegemonía tras ganar sus cuartos comicios en un año en la Comunitat

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Elecciones europeas 2024 Comunitat Valenciana
El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, junto al president de la Generalitat Valenciana y presidente del PPCV, Carlos Mazón (i), y la cabeza de lista al Parlamento Europeo, Dolors Montserrat (d), en el cierre de la campaña electoral de su partido para los comicios europeos, este viernes en Valencia. EFE/Manuel Bruque/Archivo

Sigue desde Official Press las Elecciones europeas 2024 en la Comunitat Valenciana:

València, 9 jun (OFFICIAL PRESS-EFE).-El PP de Carlos Mazón se ha confirmado como fuerza hegemónica de la Comunitat Valenciana al ganar este domingo sus cuartas elecciones en un año (europeas, generales, autonómicas y municipales) y además aventajar en cuatro puntos al PSPV-PSOE, que se mantiene en segunda posición.

Vox, socio de gobierno del PP en la Generalitat desde hace casi un año, coge fuerza y se convierte en tercera fuerza, por delante de Compromís, que en alianza con Sumar logra volver a tener un representante en el Parlamento Europeo tras cinco años de ausencia, pese a retroceder en votos.

Se Acabó La Fiesta, la agrupación de electores de Luis ‘Alvise’ Pérez, irrumpe en quinto lugar en su primera cita electoral, por delante de Podemos, que baja a la sexta posición, mientras que Ciudadanos empeora sus malos resultados de los últimos comicios y no llega al 1 % de los votos, con el 99,97 % escrutado.

Si se hace una comparación por bloques, en el conservador el PP, Vox y el partido de Alvise han sumado más de la mitad de las papeletas en la Comunitat Valenciana, en concreto el 53,13 %, mientras que en la izquierda el PSPV-PSOE, Compromís-Sumar y Podemos han reunido el 42,04 %.

La participación de la Comunitat en estas europeas, que muchos partidos han leído en clave nacional e incluso autonómica, ha sido del 53,69 %, 8,8 puntos inferior a la de 2019, que entonces se celebraron junto a las elecciones municipales, pero 4,47 puntos por encima de la media nacional.

Nueva victoria del PPCV

En las cuartas elecciones desde que Carlos Mazón llegó en 2021 a la presidencia del PPCV, y las primeras desde que hace casi un año asumió la presidencia de la Generalitat tras ganar las elecciones autonómicas y pactar con Vox para arrebatar a la izquierda el Gobierno valenciano, el líder popular suma este domingo su cuarta victoria.

Recupera en unas europeas la primera posición para el PP -que en la Comunitat ha vencido en todas las elecciones al Parlamento Europeo desde 1994 hasta 2019, cuando fue desbancado por el PSPV-, al haber recabado 704.738 sufragios y un apoyo del 35,85 %, 13,28 puntos más que hace cinco años, para una lista en la que logra escaño el valenciano Esteban González Pons.

El PP aventaja al PSPV en la Comunitat Valenciana en 4,44 puntos, mientras que en el conjunto de España lo hace por 4,04 puntos, mientras que los populares valencianos han aumentado su porcentaje de voto respecto a las europeas de 2019 en 13,28 puntos y el PP lo ha hecho en 14,05 puntos.

Los socialistas se mantienen segundos

Los socialistas valencianos, en su primera cita con las urnas desde que en febrero estrenaran el liderazgo de la ministra Diana Morant al frente del partido en sustitución de Ximo Puig, se mantienen como segunda fuerza, igual que en las tres citas de 2023, y quedan 4,44 puntos por debajo de su principal adversario político.

La lista socialista, en la que han logrado escaño la alicantina Leire Pajín y la valenciana Sandra Gómez , ha obtenido 617.459 votos y un apoyo del 31,41 %, 1,56 puntos menos que hace cinco años, cuando lograron 763.120 votos y se siatuaron en primer lugar. En España, el PSOE ha perdido 2,69 puntos.

En las autonómicas de hace un año, en las que el PSPV subió en votos y en escaños, con un apoyo del 29,1 % pero no pudo retener la Generalitat por la bajada de Compromís y la desaparición de Podem de Les Corts, la diferencia con el PP fue de 2,7 puntos, inferior a la de los comicios de este domingo.

Vox, al alza

Vox, socio de gobierno del PP en la Generalitat desde hace casi un año, mejora resultados con respecto a las europeas de 2019, cuando quedó en sexta posición con 167.340 papeletas (el 7,3 %), y avanza hasta la tercera -igual que en las generales del año pasado-, al lograr 226.370 votos (un 11,51 %, sube 4,28 puntos).

En las elecciones generales del año pasado, Vox reunió 413.703 votos, el 15,8 %, y en las autonómicas recabó 10.184 papeletas, el 12,7 %, que le situaron como cuarta fuerza.

En este espectro de votantes, el partido de Alvise ha obtenido el apoyo de 113.517 electores de la Comunitat Valenciana, un 5,77 %. Destaca su resultado en Alicante, donde ha sido cuarta fuerza, con un 6,02 %, por delante de Compromís-Sumar.

Compromís con Sumar vuelve a Europa

Compromís, que ha repetido alianza con Sumar tras las generales de 2023, ha conseguido 150.067 votos (el 7,63 %), frente a los 193.506 (el 8,4 %) de las últimas europeas como Compromís per Europa, cuando quedó como quinta fuerza. Logra escaño para Vicent Marzá, número 3 de la lista, con lo que la formación vuelve a la Eurocámara tras cinco años de ausencia.

Es un resultado inferior al de las generales del año pasado, en las que de la mano de Sumar sumó 402.813 votos (el 15,3 %), y al de las autonómicas de hace un año (357.989 votos, el 14,7 %).

Podemos, que se estrenó en las elecciones europeas de hace diez años y que en las autonómicas del año pasado quedó fuera de Les Corts, obtiene su peor resultado, con 59.113 votos (el 3 %, cae 6,68 puntos), por debajo de las autonómicas del años pasado, 88.152 votos (3,6 %).

Y Ciudadanos, que en las anteriores europeas quedó en tercera posición, con 329. 926 votos (el 14,4 %) sigue la tónica a la baja de las últimas citas (1,5 % en las autonómicas) y cae al 0,75 %, por detrás del PACMA, tras recabar 14.828 papeletas, con lo que gran parte de sus votantes se habría decantado ahora por el PP.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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