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Valencia

Sanidad corrige la norma de uso de espacios deportivos y su hora de cierre en la Comunitat

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gimnasios cierre comunitat valenciana

València, 15 mar (EFE).- La Conselleria de Sanidad ha corregido la resolución del pasado 11 de marzo en las que se acuerdan cambios en las restricciones por la pandemia, especialmente en lo relativo al uso de los centros deportivos cerrados y su horario.

En una publicación en el Diari Oficial de la Generalitat, la Conselleria hace modificaciones a la citada resolución, la primera para aclarar que será obligatorio el uso de mascarilla por todos los usuarios de instalaciones deportivas cerradas, salvo para aquellos que participen en competiciones.

También se modifica el límite de las 20 horas como hora tope para el uso de estas instalaciones, que estarán abiertos hasta las 21:45 horas, de modo que la única limitación será ahora la que marquen los «límites previstos para la movilidad de las personas regulado en el decreto del president de la Generalitat».

La última modificación se refiere al uso de los vestuarios y las duchas, ya que como norma general se permite el uso de las duchas siempre que sean individuales, aunque ahora se establece la excepción de las competiciones autorizadas.

Los gimnasios abren después de 53 días cerrados y aconsejan no sobrecargar

Los gimnasios de la Comunitat Valenciana han abierto este lunes después de 53 días sin actividad y han recibido a usuarios «con muchas ganas» de volver al ejercicio presencial, a quienes recomiendan no sobrecargar y comenzar con baja intensidad en el esfuerzo para aclimatar el organismo y la respiración a la mascarilla.

El presidente de la Asociación de Centros Deportivos, Juan Carlos Gómez-Pantoja, ha asegurado que la ampliación del horario de cierre desde las 20 horas a los límites de movilidad, según la corrección de la resolución de la Conselleria de Sanidad, es una buena noticia para poder ampliar el número de clases y evitar cualquier aglomeración.

No obstante, pese al optimismo, un 30 % de gimnasios (60-70 centros) está abocado el cierre después del periodo de inactividad -han perdido un 50 % de clientes y un 60 % de facturación- y de la falta de ayudas puesto que solo se han concedido para centros con una plantilla inferior a diez trabajadores.

Sobre los horarios, Gómez-Pantoja ha recordado que era «un error» equiparar los gimnasios con el comercio para el cierre a las ocho de la tarde porque suponía pasar de tres clases a una en el último tramo del día, y ha indicado que, como la mayoría de usuarios son personas que viven o trabajan cerca de los centros deportivos, el horario de cierre será a las 21.45 horas.

Además, considera que muchos gimnasios se van a plantear adelantar la apertura a las 7 de la mañana y no cerrar al mediodía para poder cumplir con los aforos del 30 %, y confía en que después de Semana Santa se aumente y puedan prestar más servicio de cara a la «operación biquini».

Después de un tiempo de inactividad física, aunque un gran número de gimnasios ha prestado sus servicios deportivos con clases por internet, los licenciados en Educación Física aconsejan bajar la intensidad en las primeras semanas para aclimatar el organismo y pensando en el uso de la mascarilla, que supone un inconveniente para la respiración, y sobre todo no sobrecargar el cuerpo y las articulaciones con un nivel de intensidad excesivo.

Desde los gimnasio han desarrollado protocolos para mejorar la salud de los usuarios que han padecido coronavirus, basados en tonificación muscular y trabajo cardiovascular.

Los clientes han destacado el uso de las duchas individuales, que tiene el 90 % de los centros, por la higiene y la comodidad, sobre todo en el caso de usuarios de piscinas.

Gómez-Pantoja ha manifestado su preocupación por la inactividad física debido a las restricciones, especialmente en la población infantil, que puede ocasionar obesidad.

 

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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