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Valencia

La Comunitat adopta medidas de protección ante el «notable incremento» de la gripe aviar

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gripe aviar comunitat valenciana

València, 28 dic (EFE).- La Conselleria de Agricultura ha acordado adoptar en la las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana medidas de protección ante el «notable incremento» del virus de la gripe o influenza aviar que se ha producido en Europa y en países no europeos y que afecta tanto a aves de corral como a silvestres.

La situación geográfica de la Comunitat respecto a las rutas de aves acuáticas migratorias del norte y centro de Europa, así como la presencia de humedales con abundancia de aves silvestres migratorias en esta época del año, hace necesaria una actualización de las medidas, según señala una resolución de la dirección de Agricultura.

Al riesgo de introducción y circulación del virus a través las rutas migratorias de aves se une que el sector empresarial avícola y las organizaciones profesionales han solicitado un reforzamiento de las medidas de bioseguridad para garantizar la sanidad animal de sus explotaciones y su medio de vida.

Según la resolución que publica este martes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y que estará en vigor hasta el 28 de febrero de 2022, los titulares de explotaciones avícolas reforzarán las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas de las zonas de introducción de ese virus, especialmente las destinadas a evitar el contacto directo e indirecto con aves silvestres y a reforzar la vigilancia pasiva en las explotaciones.

Estas medidas son de aplicación, en la provincia de Valencia, en municipios como Algemesí, Picassent, Sedaví, Silla, Sollana, Sueca, Torrent, València, Tavernes de la Valldigna, Gandia o Sagunto; en la de Alicante en Pego, Dénia, Orihuela, Torrevieja o Santa Pola; y en la de Castellón en Cabanes, Oropesa, Moncofa, La Vall d’Uixó o Torreblanca.

Estas son todas las prohibiciones:

En esos municipios, se prohíbe la cría de aves de corral al aire libre, y en caso de que alguna explotación solicite expresamente mantener esta forma de cría, el Veterinario de Inspección Pecuaria levantará acta haciendo constar que tienen adecuados que impiden la entrada de aves silvestres y por tanto su contacto con los animales de producción, incluida la zona donde son alimentados y abrevan.

También se prohíbe dar agua a aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que esté tratada para garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar, y los depósitos de agua situados en el exterior para determinadas aves de corral deben quedar protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.

Además, se prohíbe la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas cuando estas se celebren al aire libre.

Queda prohibida asimismo la utilización de pájaros de las órdenes Anseriformes y Charadriiformes como reclamo durante la caza de aves, así como la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral, según señala la resolución.

Las explotaciones ganaderas de aves camperas o ecológicas pueden comercializar los productos con la referencia concreta al sistema de cría que se produce en la explotación (camperos o ecológicos) durante el periodo de restricción, siempre y cuando tengan los datos del registro correctamente actualizados.

La Conselleria ha establecido finalmente la obligación de comunicar a los servicios veterinarios oficiales, de forma inmediata, todos los focos de que tenga conocimiento de enfermedades de carácter epizoótico, así como todos los hallazgos de cadáveres de aves silvestres de especies acuática, para descartar la presencia de virus de la influenza aviar altamente patógena en los mismos.

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Valencia

Se duplican las ayudas por vehículos siniestrados en la riada de 2024 e incrementa en 174 millones el presupuesto

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coches DANA Valencia
Miles de vehículos, afectados por la dana del pasado 29 de octubre, amontonados en campas en las localidades arrasadas por la inundación. EFE/Biel Aliño

El Consell ha aprobado un nuevo decreto de ayudas extraordinarias que supone un incremento de 174 millones de euros para compensar la pérdida de vehículos dañados durante la riada del 29 de octubre de 2024. Además, se ha establecido un nuevo plazo de solicitud, entre el 1 y el 22 de octubre de 2025, para aquellas personas afectadas que no solicitaron las ayudas en convocatorias anteriores.


Nuevas cuantías de las ayudas: hasta 30.000 euros

Las cuantías máximas prácticamente se duplican respecto a las inicialmente concedidas. Teniendo en cuenta los abonos ya realizados, las cantidades finales quedarán fijadas en:

  • 500 € para ciclomotores.

  • 4.000 € para turismos.

  • 5.000 € para turismos adaptados a personas con movilidad reducida.

  • 16.000 € para maquinaria agrícola y de obras.

  • 18.000 € para camiones de gran tonelaje.

  • 30.000 € para autobuses y autocares.

En total, se contemplan más de 40 tipologías de vehículos, con el objetivo de cubrir lo más ajustadamente posible las pérdidas ocasionadas por la DANA.


Gestión automática del incremento

La Agencia Tributaria Valenciana (ATV) será la encargada de tramitar automáticamente el incremento de las ayudas, sin necesidad de que los beneficiarios realicen nuevos trámites.

El pago se efectuará mediante transferencia bancaria en la misma cuenta en la que se ingresó la ayuda inicial. Además, el decreto contempla un plazo de cinco días hábiles desde su publicación en el DOGV para que las personas beneficiarias puedan renunciar al aumento si lo consideran oportuno.


Nuevo plazo extraordinario de solicitudes

El decreto también establece un plazo extraordinario de solicitud, abierto entre el 1 y el 22 de octubre de 2025.

Podrán acogerse a este procedimiento:

  • Afectados que no solicitaron las ayudas en las convocatorias anteriores.

  • Personas que quieran presentar la ayuda para un vehículo distinto al ya solicitado.


Un apoyo excepcional tras la DANA

El incremento de las ayudas responde al carácter catastrófico y excepcional de la DANA de octubre de 2024 y a la magnitud de los daños detectados en los expedientes.

Con esta medida, el Consell pretende aproximarse lo máximo posible a la reparación de las pérdidas económicas y reforzar la recuperación socioeconómica de las zonas afectadas.

 

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