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Valencia

La Comunitat adopta medidas de protección ante el «notable incremento» de la gripe aviar

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València, 28 dic (EFE).- La Conselleria de Agricultura ha acordado adoptar en la las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana medidas de protección ante el «notable incremento» del virus de la gripe o influenza aviar que se ha producido en Europa y en países no europeos y que afecta tanto a aves de corral como a silvestres.

La situación geográfica de la Comunitat respecto a las rutas de aves acuáticas migratorias del norte y centro de Europa, así como la presencia de humedales con abundancia de aves silvestres migratorias en esta época del año, hace necesaria una actualización de las medidas, según señala una resolución de la dirección de Agricultura.

Al riesgo de introducción y circulación del virus a través las rutas migratorias de aves se une que el sector empresarial avícola y las organizaciones profesionales han solicitado un reforzamiento de las medidas de bioseguridad para garantizar la sanidad animal de sus explotaciones y su medio de vida.

Según la resolución que publica este martes el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y que estará en vigor hasta el 28 de febrero de 2022, los titulares de explotaciones avícolas reforzarán las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas de las zonas de introducción de ese virus, especialmente las destinadas a evitar el contacto directo e indirecto con aves silvestres y a reforzar la vigilancia pasiva en las explotaciones.

Estas medidas son de aplicación, en la provincia de Valencia, en municipios como Algemesí, Picassent, Sedaví, Silla, Sollana, Sueca, Torrent, València, Tavernes de la Valldigna, Gandia o Sagunto; en la de Alicante en Pego, Dénia, Orihuela, Torrevieja o Santa Pola; y en la de Castellón en Cabanes, Oropesa, Moncofa, La Vall d’Uixó o Torreblanca.

Estas son todas las prohibiciones:

En esos municipios, se prohíbe la cría de aves de corral al aire libre, y en caso de que alguna explotación solicite expresamente mantener esta forma de cría, el Veterinario de Inspección Pecuaria levantará acta haciendo constar que tienen adecuados que impiden la entrada de aves silvestres y por tanto su contacto con los animales de producción, incluida la zona donde son alimentados y abrevan.

También se prohíbe dar agua a aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que esté tratada para garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar, y los depósitos de agua situados en el exterior para determinadas aves de corral deben quedar protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.

Además, se prohíbe la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas cuando estas se celebren al aire libre.

Queda prohibida asimismo la utilización de pájaros de las órdenes Anseriformes y Charadriiformes como reclamo durante la caza de aves, así como la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral, según señala la resolución.

Las explotaciones ganaderas de aves camperas o ecológicas pueden comercializar los productos con la referencia concreta al sistema de cría que se produce en la explotación (camperos o ecológicos) durante el periodo de restricción, siempre y cuando tengan los datos del registro correctamente actualizados.

La Conselleria ha establecido finalmente la obligación de comunicar a los servicios veterinarios oficiales, de forma inmediata, todos los focos de que tenga conocimiento de enfermedades de carácter epizoótico, así como todos los hallazgos de cadáveres de aves silvestres de especies acuática, para descartar la presencia de virus de la influenza aviar altamente patógena en los mismos.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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