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IVI afirma que es necesario retomar los tratamientos en determinadas pacientes

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remohí pellicer doctores honoris causa

Nuestro país se encuentra inmerso en, probablemente, la mayor crisis sanitaria de su historia. Cuando se cumple poco más de un mes de confinamiento nacional, provocado por la pandemia del COVID-19, y cuando las cifras ya apuntan a una cercana desaceleración y doblegamiento de la curva de contagios, urge pensar en otra medida igualmente importante, que también defiende y apela a la vida, frenar un posible descenso de la natalidad en España.

IVI abanderó las recomendaciones de las sociedades científicas referentes al COVID-19, también tomó la iniciativa a la hora de prestar los respiradores de sus clínicas y donar material fungible a multitud de hospitales de la Sanidad Pública, pero recuerda que la esterilidad es una enfermedad reconocida por la OMS y que existen muchas pacientes que no pueden demorar sus tratamientos eternamente.

Siendo que la OMS no se ha pronunciado respecto a la concepción natural, la cuestión debería tratarse igual en materia de reproducción asistida. Donde el único inconveniente podría ser el contacto en las clínicas, un efecto que se evitaría tomando las medidas de prevención, seguridad e higiene oportunas.

Como apunta el Prof. José Remohí, presidente y cofundador de IVI “urge retomar los tratamientos en aquellas pacientes oncológicas que necesiten preservar su fertilidad, también en aquellas con baja respuesta ovárica o con una patología ovárica, como la endometriosis, por ejemplo, y las mujeres de edad avanzada. Concretamente estos tres grupos de pacientes no pueden demorar sus tratamientos ni un solo día más”.

Además, concede el Prof. Remohí que “los bebés nacidos en España gracias a la reproducción asistida suponen entorno a un 10% del total anual, si bloqueamos los tratamientos durante demasiado tiempo corremos el riesgo de experimentar una caída brusca de la tasa de natalidad en 2021, invirtiendo más si cabe la pirámide de población nacional”.

Desde que se decretó el Estado de Alarma, y viendo la tendencia actual, IVI, solo en España, se verá obligado a detener 4.000 tratamientos, con el grave riesgo que ello supone para las cifras de natalidad global. Por otro lado, el también presidente y cofundador de IVI, el Prof. Antonio Pellicer, afirma que “La Sociedad Italiana de Ginecología ya se ha manifestado a favor de retomar la actividad en breve. En España, y en IVI, siendo pioneros en reproducción asistida, deberíamos retomar la actividad cuanto antes. Esta pandemia nos ha de servir para guiar nuestras políticas de prevención futuras”.

Los profesores Remohí y Pellicer coinciden en que IVI buscó desde el principio la conciliación de sus empleados con sus respectivas familias, para aumentar la seguridad de los mismos, y de todas sus pacientes. Y, evidentemente, en el momento de retomar la actividad se extremarán las medidas de prevención, para evitar contagios, tales como estudios serológicos y medidas de desinfección, higiene y seguridad máximas.

El esfuerzo de toda la población por salir cuanto antes de esta crisis, sumado al esfuerzo del personal sanitario de nuestro país por salvar vidas a diario, debería verse complementado por el de los profesionales sanitarios de reproducción asistida que velan por minimizar los efectos del COVID-19 en la tasa de natalidad nacional futura. Sobre todo, recordando que no existe evidencia científica del riesgo de transmisión vertical de la enfermedad de la madre al feto.

Primera visita online
Para todas aquellas pacientes que se hayan visto privadas de realizar una primera visita presencial debido al Estado de Alarma, en IVI disponemos de un sistema de primera visita online gratuita, que cumple exactamente con los mismos estándares que la presencial.

Natalidad en España
Según datos del INE, España es uno de los países de la UE con menor tasa de natalidad, tras sufrir un descenso del 30% de nacimientos en los últimos diez años y tener una curva claramente descendente en los últimos cinco. La media de edad para concebir el primer hijo se ha retrasado hasta los 31 años, mientras que la media de hijos por mujer cae hasta el 1.25, unas cifras que hacen temblar la pirámide de población. Además, los nacimientos en madres de edad avanzada (con 40 años o más) se disparan hasta los 8.000.

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El Gobierno obligará a patinetes eléctricos a contratar un seguro a partir de esta fecha

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Seguro patinete eléctrico
En la imagen, una persona circula en un patinete bajo la lluvia en la ciudad de València. EFE / Manuel Lorenzo/Archivo

El Gobierno ha aprobado un proyecto de ley que introduce la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para los propietarios de un patinete eléctrico. Además, se establecerá un registro para estos vehículos ligeros que deberá estar operativo antes del 2 de enero de 2026.

Asimismo, se ampliará la definición de vehículo de motor para incluir una amplia gama de maquinaria, como la agrícola y la de construcción. Los propietarios de estos equipos deberán contratar un seguro obligatorio del automóvil, con el objetivo de facilitar la resolución de siniestros.

A partir de ahora, se considerarán vehículos a motor aquellos que puedan alcanzar una velocidad máxima de fabricación superior a 25 kilómetros por hora o que tengan un peso neto superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación de más de 14 km/h.

MÁS DE 2 MILLONES DE MÁQUINAS ASEGURADAS Y 200 MILLONES DE EUROS

En total, más de dos millones de máquinas deberán asegurarse, lo que representará un negocio de 200 millones de euros, de los cuales 30 millones repercutirán en los distribuidores, según la Fundación Inade.

El objetivo es «mejorar la cobertura, las indemnizaciones y la seguridad de las víctimas de accidentes de tráfico», según anunció la ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría.

El Gobierno ha dado luz verde a la ley que modifica el texto refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor de 2004, colocando a España entre los países que han adoptado la última directiva europea aprobada en noviembre de 2021. Esta directiva aclara qué debe considerarse un vehículo a motor y el «hecho de la circulación».

EL SEGURO PARA PATINETES ELÉCTRICOS

Conforme a la jurisprudencia europea, el concepto de «hecho de la circulación» se amplía para incluir «toda utilización de un vehículo» en el momento del accidente, independientemente de sus características, el terreno y si el vehículo está parado o en movimiento.

La nueva legislación también introduce mejoras en el sistema de valoración de indemnizaciones por daños personales causados por accidentes de circulación, empleando un nuevo «baremo». Además, una comisión de expertos estudiará la conveniencia de un seguro obligatorio para los nuevos vehículos de movilidad personal.

El procedimiento para el cálculo y pago de indemnizaciones se agiliza, con el objetivo de lograr una resolución rápida sin necesidad de recurrir a los juzgados. Las coberturas se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo.

INDEMNIZACIONES CUBIERTAS EN CASO DE INSOLVENCIA DE LA ASEGURADORA

La directiva también ordena que un fondo de garantía en cada país cubra las indemnizaciones a las víctimas en caso de insolvencia de la entidad aseguradora, tarea que en España corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros.

La norma introduce cambios en la ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras, mejorando las facultades de control para garantizar la idoneidad de las personas que dirigen las aseguradoras y mediante la implementación de planes preventivos de recuperación.

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