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Valencia

La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

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El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

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Sucesos

Herido muy grave un joven tras ser apuñalado en el antiguo cauce del río Turia en València

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apuñalado río Turia València
ARCHIVO EFE

Agresión en plena noche en los jardines del Turia

Un joven ha resultado herido muy grave tras ser apuñalado en la madrugada de este domingo en el antiguo cauce del río Turia, a la altura de la avenida Pío XII, en València. La agresión se produjo alrededor de las 00:30 horas, cuando una persona que paseaba por la zona encontró a la víctima ensangrentada y pidió auxilio llamando al 112.

Según fuentes policiales confirmadas a Europa Press, el hombre presentaba heridas de arma blanca en el pecho y el cuello, y se encontraba tendido en el suelo en un área ajardinada junto a la pista de atletismo del tramo del cauce.

Atención médica y traslado urgente al hospital

Efectivos del Servicio de Ayuda Médica Urgente (SAMU) acudieron de inmediato, estabilizaron a la víctima y la trasladaron en ambulancia a un hospital valenciano, donde permanece ingresada con pronóstico reservado debido a la gravedad de las lesiones. Los sanitarios confirmaron que sufría una hemorragia importante por arma blanca.

Fuentes médicas han indicado que el joven, de origen latino y sin documentación en el momento del hallazgo, presentaba signos de intoxicación etílica, por lo que se cree que se encontraba bajo los efectos del alcohol cuando sufrió la agresión.

Hallado un cuchillo en la escena del crimen

Los primeros agentes que llegaron al lugar localizaron un cuchillo en el suelo, considerado clave en la investigación. El arma fue recogida, embolsada y trasladada a dependencias policiales para buscar huellas, ADN u otros vestigios que puedan contribuir a la identificación del agresor.

Policía Nacional abre investigación

El suceso se encuentra ahora en manos del Grupo de Homicidios de la Jefatura Superior de Policía de València, que ha asumido la investigación. La Policía Científica inspeccionó la zona y recabó pruebas físicas, fotográficas y biológicas.

Los investigadores están analizando imágenes de videovigilancia de varios accesos y tramos del cauce entre las 00:00 y la 01:00 de la madrugada para intentar reconstruir los movimientos previos a la agresión y determinar si el ataque se produjo en el propio punto del hallazgo o en otro lugar del jardín.

Hipótesis abiertas: pelea o robo violento

Entre las primeras hipótesis que se barajan figuran una pelea por causas aún desconocidas o un robo con arma blanca, aunque la Policía mantiene todas las posibilidades abiertas a la espera de avances en la investigación y declaración de testigos.

Una zona frecuentada y con vigilancia parcial

El antiguo cauce del Turia es una de las zonas verdes más extensas de València, utilizada para pasear, hacer deporte o circular por rutas peatonales. Aunque algunos accesos cuentan con cámaras, no todos los tramos tienen vigilancia constante, motivo por el que las imágenes son esenciales para esclarecer la agresión.

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