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Valencia

La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

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banco de valencia juicio
El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

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Sucesos

Desmantelada una red criminal de estafas online con mascotas que tenía aislado y explotado a un octogenario

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Desmantelada red criminal estafas online mascotas
Liberado un octogenario que estaba siendo utilizado para ejercer mendicidad y estafar por internet - GUARDIA CIVIL

MADRID / VALÈNCIA, 17 Ene. (EUROPA PRESS) –La Guardia Civil ha desmantelado una organización criminal dedicada a estafas online mediante falsos anuncios de venta y adopción de mascotas, una trama que llegó a mantener aislado y bajo control a un octogenario, al que utilizaban tanto para ejercer mendicidad como para cometer fraudes por internet.

La operación, denominada Magna-Vallis, se ha saldado con 18 personas detenidas en Bizkaia y una en Burgos, además de tres investigados más, todos ellos presuntamente implicados en una estructura criminal perfectamente organizada.

Un anciano aislado y explotado por un clan familiar

Según ha informado la Guardia Civil, tres miembros de la organización, pertenecientes a un clan familiar, mantenían sometido a un hombre de más de 80 años, al que habían aislado completamente de su entorno familiar. El anciano era obligado a pedir limosna y a abrir numerosas cuentas bancarias que posteriormente eran utilizadas para canalizar el dinero procedente de las estafas.

El hombre ha sido finalmente liberado, poniendo fin a una situación que los investigadores califican como un claro caso de explotación y malos tratos, enmarcado dentro de delitos de trata de seres humanos.

Más de 120 víctimas repartidas por toda España

La investigación ha permitido identificar 121 víctimas de estafa y 10 víctimas de usurpación de identidad, repartidas en un gran número de provincias españolas. Entre ellas figuran Valencia, Alicante y Castellón, además de Tenerife, Las Palmas, Madrid, Barcelona, Málaga, Cádiz, Almería, Baleares, Gipuzkoa, Lleida, Tarragona, Zaragoza, Albacete, Murcia, León, Badajoz, Ávila, Lugo, Granada, Ourense, Córdoba, Cáceres, La Rioja, Álava, Jaén, Girona, Toledo y A Coruña, entre otras.

Las víctimas eran contactadas a través de anuncios falsos en internet en los que se ofrecían perros y otras mascotas en adopción o venta. Una vez iniciado el contacto, los estafadores solicitaban pagos progresivos alegando gastos inexistentes.

El modus operandi: pagos fraccionados y blanqueo

Los miembros de la red exigían a las víctimas desembolsos sucesivos con distintos pretextos, como:

  • Vacunas

  • Transporte del animal

  • Colocación del microchip

  • Jaulas o documentación

Los pagos se realizaban principalmente mediante Bizum o transferencias bancarias. Para dificultar el rastreo del dinero, los estafadores utilizaban el método conocido como “smurfing”, que consiste en fraccionar los cobros en pequeños importes y redistribuirlos a través de múltiples cuentas para blanquear el dinero.

Cuentas bloqueadas y más de 36.000 euros estafados

Durante la investigación, los agentes detectaron 57 cuentas bancarias y 23 líneas telefónicas directamente vinculadas a la organización criminal. Todas ellas han sido bloqueadas por orden judicial.

La Guardia Civil estima que la cantidad directamente asociada a las estafas supera los 36.000 euros, aunque el volumen económico total podría ser mayor.

Fraude con ayudas sociales y criptomonedas

Además, los investigadores han constatado que parte del dinero obtenido de las estafas, junto con prestaciones sociales percibidas de forma indebida, fue destinado a inversiones en criptomonedas, cuyo valor de mercado se estima en más de 55.000 euros.

La mayoría de los implicados no justificaban actividad económica habitual y percibían ingresos procedentes de:

  • Renta de Garantía de Ingresos (RGI)

  • Ingreso Mínimo Vital (IMV)

  • Otras ayudas autonómicas

Se calcula que el fraude en prestaciones sociales podría ascender a más de 560.000 euros.

Delitos imputados a los detenidos

A los detenidos se les imputan los presuntos delitos de:

  • Estafa continuada

  • Blanqueo de capitales

  • Usurpación de estado civil

  • Pertenencia a grupo criminal

  • Trata de seres humanos

  • Malos tratos de obra sin lesión

La investigación continúa abierta y no se descartan nuevas actuaciones judiciales.

Recomendaciones para evitar estafas con la compra de mascotas

La Guardia Civil recuerda que la compra de mascotas por internet es legal en España, siempre que se realice conforme a la normativa de bienestar animal y a través de criadores o centros autorizados.

Entre las recomendaciones para evitar estafas destacan:

  • Desconfiar de precios excesivamente bajos.

  • Sospechar de la urgencia por “entregar al animal”.

  • Exigir siempre la identificación del criador o centro.

  • Solicitar documentación veterinaria, cartilla y microchip.

  • No pagar por adelantado ni enviar dinero por Bizum o transferencias sin garantías.

La operación Magna-Vallis pone de nuevo el foco en el auge de las estafas online relacionadas con mascotas, un tipo de fraude que aprovecha la sensibilidad emocional de las víctimas y que sigue creciendo en el entorno digital.

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