Síguenos

Valencia

La Audiencia Nacional absuelve a todos los exdirectivos del Banco de Valencia

Publicado

en

banco de valencia juicio
El expresidente de Banco de Valencia José Luis Olivas, y que fue también president de la Generalitat con el PP entre 2002 y 2003. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Juzgado Central de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a los doce antiguos directivos del Banco de Valencia, entre ellos su expresidente José Luis Olivas, quienes estaban acusados de falsedad en las cuentas anuales de los ejercicios 2009 y 2010. La sentencia señala que no se pudieron determinar de manera precisa las supuestas falsedades contables que les imputaban, lo que generó indefensión durante el proceso.

Un juicio marcado por la falta de concreción en la acusación

La Fiscalía Anticorrupción había solicitado penas de hasta dos años y medio de prisión para los principales acusados, como el consejero delegado Domingo Parra, mientras que para Olivas y el auditor Miguel Monferrer se pedían dos años. Sin embargo, durante el juicio, las defensas de los exdirectivos argumentaron que no se les había indicado de forma clara qué apuntes contables eran presuntamente falsos, lo que violaba el principio de acusación concreta establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La sentencia del tribunal subraya que en el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, dictado en diciembre de 2019, no se especificaban los estados financieros intermedios de 2009 y 2010 que supuestamente contenían las irregularidades. Tampoco se detallaron los apartados concretos que se consideraban falsos, lo que impedía a los acusados preparar una defensa adecuada.

La doctrina del Tribunal Supremo y la presunción de inocencia

El fallo se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo, que exige que las acusaciones estén claramente delimitadas y descritas para evitar situaciones de indefensión. En este caso, la falta de concreción en los escritos de acusación llevó al juez a concluir que no se podía dictar una sentencia condenatoria.

El magistrado hizo hincapié en que los informes de la Inspección del Banco de España, que se mencionaron como pruebas durante el proceso, no pueden sustituir a un escrito de acusación formal. Estos informes, aunque relevantes, no especificaban qué datos contables eran falsos ni si se trataba de todos los apuntes o solo algunos. Por tanto, no podían ser utilizados como base para fundamentar una condena.

La importancia del principio acusatorio en el proceso penal

La sentencia resalta que el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que las conclusiones de la acusación deben ser precisas y numeradas, algo que no se cumplió en este caso. Según el juez, la falta de precisión obligó tanto a la defensa como al tribunal a buscar entre los documentos del caso para tratar de identificar los supuestos delitos, lo que no es admisible en un proceso penal.

El fallo también critica que se intentara subsanar esta falta de concreción en el último momento, a través de los escritos de conclusiones definitivas, cuando la indefensión ya se había generado. Según el magistrado, los acusados no tuvieron oportunidad de proponer pruebas en su defensa para contradecir las acusaciones debido a esta falta de claridad.

La actuación del Banco de España y la supervisión continua

El tribunal también tuvo en cuenta que el Banco de Valencia estaba sometido a una supervisión continua por parte del Banco de España desde 2008. Esta circunstancia hace difícil acreditar que los exdirectivos del banco actuaran con dolo al falsear las cuentas, ya que cualquier irregularidad podría haber sido detectada por los inspectores.

El magistrado argumentó que la alta probabilidad de que cualquier dato inexacto fuera descubierto por la Inspección del Banco de España reduce la posibilidad de que los acusados cometieran un delito de falsedad contable de forma intencionada.

Conclusión: absolución por falta de pruebas concluyentes

En base a todo lo expuesto, el juez del Juzgado Central de lo Penal dictó una sentencia absolutoria para los doce exdirectivos del Banco de Valencia. La sentencia concluye que no se aportaron pruebas suficientes para demostrar la existencia de un delito de falsedad contable ni que los acusados tuvieran intención de ocultar información.

La absolución refuerza el principio de presunción de inocencia, recordando que la carga de la prueba recae en la acusación y que no se puede condenar a nadie sin evidencias claras y contundentes de su culpabilidad. Por tanto, el tribunal consideró que, ante la falta de pruebas concluyentes y la indefensión generada durante el proceso, lo único procedente era la absolución de todos los acusados.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

València reconocerá a Joaquín Prat, el maestro Serrano y Claudio Gómez Perretta por el 9 d’Octubre

Publicado

en

calidad aire Valencia dana

El Ayuntamiento entregará los Honores y Distinciones 2025 el próximo 6 de octubre, con menciones a figuras clave de la cultura, el urbanismo, el periodismo y la solidaridad ciudadana

El Ayuntamiento de València ha confirmado este miércoles los nombres de los homenajeados con motivo de los Honores y Distinciones 2025 que se entregarán el próximo 6 de octubre, en el marco de la celebración institucional del 9 d’Octubre, Día de la Comunitat Valenciana. Entre los reconocidos destacan Joaquín Prat Carreras, el maestro José Serrano y el ingeniero Claudio Gómez Perretta, coautor del Plan Sur, que desvió el cauce del río Turia.

La ceremonia tendrá lugar en el Hemiciclo Municipal, a las 12:00 horas, presidida por la alcaldesa María José Catalá, según ha informado el consistorio.

Distinciones por categorías: hijos predilectos, adoptivos y medallas

Los reconocimientos, que serán aprobados la próxima semana por la Comisión de Bienestar Social, Cultura y Deportes y ratificados en el pleno del 29 de septiembre, se estructuran en tres categorías principales:

🟩 Hijos e Hijas Predilectos de València

  • Luis Miralles, expresidente de Casa Caridad

  • Pilar Roig, catedrática e investigadora de la Universitat Politècnica de València

  • Joaquín Prat Carreras (a título póstumo), periodista y comunicador

  • María Consuelo Reyna, periodista y exdirectora de Las Provincias

  • Antonio Bellido, presidente de la Asociación del Hogar-Escuela de Sant Bult

🟦 Hijos e Hijas Adoptivos (nacidos fuera de la ciudad)

  • Vicent Torres Castejón (a título póstumo), urbanista y activista vecinal

  • Teresa Navarro, primera Defensora de las Personas con Discapacidad de València

  • Max Aub, escritor e intelectual

  • Claudio Gómez Perretta (a título póstumo), ingeniero coautor del Plan Sur

  • José Serrano (a título póstumo), compositor del Himno de la Comunitat Valenciana

  • Javier Molins, director del Centro de Arte Hortensia Herrero

Las propuestas de Max Aub y Vicent Torres han sido presentadas respectivamente por PSPV-PSOE y Compromís.

🏅 Medallas de Oro y Plata de la Ciudad

  • 🥇 Medalla de Oro: Colegio Oficial de Enfermería de València

  • 🥈 Medalla de Plata: Capítulo de l’Almoina de Sant Jordi de Cavallers del Centenar de la Ploma

Una celebración que refleja “la pluralidad de la sociedad valenciana”

El concejal de Acción Cultural, José Luis Moreno, ha subrayado que estos reconocimientos “ponen en valor la pluralidad de la sociedad valenciana, su capacidad de superación y las aportaciones al bien común desde diferentes ámbitos”. Añadió que el evento busca honrar “trabajos valiosos y aportaciones singulares prestadas a la ciudad de València”.

Polémica por la Medalla a las asociaciones de vecinos afectadas por la DANA

La secretaria general del PSPV-PSOE de València, Pilar Bernabé, propuso que se concediera la Medalla de Oro a las asociaciones vecinales de las pedanías de La Torre, Castellar y Forn d’Alcedo, gravemente afectadas por la DANA del 29 de octubre de 2024. Sin embargo, el Ayuntamiento ha optado por otorgarles la “Medalla de la Gratitud”, anunciada previamente por la alcaldesa Catalá durante el debate sobre el estado de la ciudad.

El portavoz socialista, Borja Sanjuán, calificó la decisión de “vergonzosa”, y acusó a Catalá de “castigar” a estas asociaciones por su crítica a la gestión municipal tras la catástrofe: “Representan la dignidad que le falta a este gesto”, declaró, añadiendo que un futuro gobierno “deberá pedir perdón en nombre de toda la ciudad”.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo