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La Audiencia Provincial de Valencia absuelve a Bankia de devolver lo pagado por el impuesto hipotecario

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MADRID, 13 Ene. (EUROPA PRESS) –

La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a Bankia de devolver a un cliente lo que pagó por el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD) al suscribir una hipoteca en 2006, en contra del fallo del Juzgado de Primera Instancia, que en febrero condenó a la entidad a restituir dicho abono.

En el fallo al que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia Provincial se acoge al criterio del Tribunal Supremo y a la no retroactividad del real decreto de noviembre por el que el Gobierno hacía responsable del pago del impuesto a la entidad.

El pasado mes de febrero, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Carlet estimó íntegramente una demanda que pedía la nulidad de la cláusula de gastos a cargo del prestatario en una escritura de préstamo hipotecario suscrita en septiembre de 2006 con Bankia, con lo que condenaba a la entidad a devolver al cliente la cantidad de 3.726,36 euros más los intereses legales devengados en concepto de gastos notariales, registrales, de gestoría e Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

El banco interpuso un recurso de apelación al considerar improcedente la declaración de nulidad de la cláusula de gastos, que «no resultaba abusiva y era conocida, aceptada y voluntariamente cumplida por los prestatarios, que es clara y transparente y que los importes los han cobrado terceros, habiéndose informado puntualmente al consumidor incluso del coste que iba a provocar la aplicación de tal cláusula».

Asimismo, Bankia impugnó la condena al pago de los impuestos y de los gastos de notaría, registro y gestoría, al considerar que el beneficiado es el cliente y que es, por tanto, quien debe hacerse cargo.

En armonía con la jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, el magistrado de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Valencia ha señalado en su reciente fallo que el sujeto pasivo del IAJD es el cliente.

Debido a que el posterior real decreto ley del Gobierno de 8 de noviembre, que fijó que el sujeto pasivo era el banco, no tenía carácter retroactivo, la Audiencia Provincial ha desestimado la petición del cliente de que el banco le restituya el importe pagado por el impuesto hipotecario.

En consecuencia, ha revocado en parte la resolución del Juzgado de Primera Instancia de Carlet y ha desestimado la petición restitutoria del importe satisfecho por el IAJD, absolviendo al banco de su pago.

Respecto al resto de gastos hipotecarios, el magistrado ha señalado que el banco deberá reintegrar al usuario la mitad de los gastos notariales, la mitad de la factura de gestoría y el total de los gastos de registro, por lo que Bankia tendrá que devolver al demandante 863,83 euros, frente a los más de 3.700 euros que estimó el juez de Carlet en el mes de febrero. En cualquier caso, el banco presidido por José Ignacio Goirigolzarri ya repartía de esta manera los gastos hipotecarios desde principios de 2017.

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Audiencia de Madrid reconoce indicios de que la muerte de Mario Biondo pudo no ser un suicidio

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últimas horas Mario Biondo

La Audiencia de Madrid ha reconocido que existen indicios de que la muerte de Mario Biondo, cámara de televisión y entonces marido de la presentadora Raquel Sánchez Silva, podría no haber sido un suicidio, abriendo la puerta a la hipótesis del homicidio.

Mario Biondo falleció en mayo de 2013, y ya en agosto de 2022, el Tribunal de Palermo en Italia había señalado que la muerte podría deberse a un homicidio. La resolución de la Audiencia madrileña recoge que se aportaron nuevas pruebas, incluyendo denuncias y periciales, que sugieren que su fallecimiento no fue suicida.

Recurso desestimado por cosa juzgada

Pese a reconocer estos indicios, la Audiencia de Madrid desestimó el recurso de apelación presentado por la familia Biondo al considerarlo cosa juzgada. La familia mantiene la convicción de que la muerte del cámara fue homicidio y ha anunciado la presentación de recursos al Tribunal Constitucional y al Tribunal de Derechos Humanos de Europa para reabrir el caso y practicar nuevas pruebas en España.

Argumentos de la familia Biondo

Según el despacho Vosseler Abogados, que representa a la familia, la resolución del tribunal italiano indica que en el momento del hallazgo del cadáver no se realizaron ciertas investigaciones esenciales, como interceptaciones ambientales y telefónicas. Estas omisiones dificultaron esclarecer los hechos en su momento y limitan la continuidad de la investigación.

La abogada Leire López afirma: “La Audiencia de Madrid ha estimado como ciertos todos los argumentos de la resolución de Palermo, incluidos los que impiden proseguir con la investigación a causa del tiempo transcurrido”.

Denuncia inicial y hallazgos

Los abogados de la familia interpusieron una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid, destacando contradicciones entre las evidencias y la tesis del suicidio. Según la resolución italiana, “los elementos del expediente sugieren que Mario Biondo fue asesinado y posteriormente colocado en una posición para simular un suicidio”, argumentos que la Audiencia de Madrid ha acogido como indicios relevantes.

Próximos pasos

La familia Biondo continúa luchando por reabrir la causa y esclarecer la muerte de Mario Biondo, mientras mantiene el objetivo de practicar nuevas pruebas en España y reclamar la responsabilidad patrimonial de la administración de justicia por las irregularidades en la investigación y la autopsia.

«Las últimas horas de Mario Biondo» ¿un documental?

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