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La EMA advierte que Pfizer y Moderna deben administrarse como indica el prospecto tras la propuesta de España de espaciar las dosis

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EFE

La Haya, 19 abr (EFE).- La Agencia Europea del Medicamento (EMA) advirtió este lunes a Efe de que las vacunas de la covid-19 autorizadas “deben usarse tal y como se describe en el prospecto del producto”, lo que se traduce en dos dosis con “tres semanas» de diferencia entre la primera y la segunda en el caso de Pfizer/BioNTech y “28 días” para Moderna.

Preguntada por la posibilidad de que España apruebe aumentar el intervalo entre la primera y la segunda inyección de Pfizer y Moderna entre seis u ocho semanas en menores de 79 años, en lugar de los 21 y 28 días definidos en la estrategia actual respectivamente, la EMA alertó de que “las vacunas de la covid-19 deben usarse tal y como se describe en la información del producto”.

Una fuente de la Agencia señaló a Efe que la información del producto de la vacuna de Pfizer (también conocida como Comirnaty) “establece que las dos dosis deben administrarse con tres semanas de diferencia” para lograr la misma eficacia confirmada por los ensayos clínicos.

Su prospecto subraya que “los análisis de eficacia incluyeron participantes que recibieron su segunda vacunación dentro de los 19 a 42 días posteriores a su primera vacunación”, pero también se señala que “la mayoría (93,1%) de los receptores de la vacuna recibieron la segunda dosis de 19 a 23 días después de la primera”, lo que convierte este último intervalo en el respaldado por los ensayos clínicos de Pfizer.

El comité de medicamentos de uso humano (CHMP) actualizó ya a finales de enero la información de la vacuna de Pfizer para aclarar su posición sobre el intervalo entre la primera y la segunda dosis, e insistió entonces que la administración de la segunda inyección debe ser exactamente «tres semanas» tras la primera, modificando la prescripción anterior, que indicaba “al menos 21 días” tras la primera dosis.

“Actualmente no hay datos clínicos sobre la eficacia de la vacuna cuando se administra más allá de los intervalos utilizados en el ensayo clínico”, alertó el regulador europeo.

Para la vacuna de Moderna, añadió hoy a Efe la misma fuente, y “de acuerdo con la información del producto, se recomienda que la segunda dosis se administre 28 días después de la primera”.

Además, el prospecto de las dos vacunas de la covid-19 subraya que “no hay datos disponibles sobre la intercambiabilidad” de estas inyecciones con otras vacunas de la covid-19 para completar el ciclo de vacunación, lo que significa que las dos dosis que reciba el paciente deben ser de la misma farmacéutica.

La Comisión de Salud Pública en España debatirá mañana si aumenta el intervalo de separación de las segundas dosis de las vacunas de Pfizer y Moderna para los menores de 79 años con el fin de inocular el preparado cuanto antes al mayor número de personas vulnerables, según se recoge en el borrador de la sexta actualización de la estrategia de vacunación contra la covid-19, al que ha tenido acceso

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Hoy se decide si Ábalos y Koldo entran en prisión antes del juicio por la trama de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha acudido este miércoles al Tribunal Supremo para participar en la vista en la que el magistrado Leopoldo Puente evaluará si debe decretar su ingreso en prisión provisional, tal y como reclaman las acusaciones populares personadas en la causa, lideradas por el Partido Popular. Se trata de un momento determinante en la investigación de las presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia.

Una llegada discreta ante una fuerte expectación mediática

Ábalos ha accedido al alto tribunal a primera hora de la mañana, sin hacer declaraciones, en medio de una gran presencia de medios desplazados ante la relevancia de la cita. Su comparecencia coincide con el avance de la causa hacia la fase final previa al juicio.

La vista ha sido convocada después de que tanto Fiscalía Anticorrupción como varias acusaciones solicitaran una revisión de las medidas cautelares que mantienen actualmente Ábalos y su exasesor Koldo García, quienes permanecen en libertad con obligación de comparecer periódicamente ante la Justicia, prohibición de salida del país y retirada del pasaporte.

Las acusaciones piden prisión provisional para evitar riesgo de fuga

Las acusaciones populares sostienen que la gravedad de los hechos atribuidos —y las altas penas solicitadas— justifican el ingreso inmediato en prisión de ambos investigados. Argumentan que existen “indicios sólidos de criminalidad” y un riesgo de fuga ante la cercanía del juicio por la llamada trama de mascarillas.

La Fiscalía, por su parte, solicita para Ábalos 24 años de prisión, y para Koldo 19 años y medio, por delitos como organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Además, reclama multas millonarias derivadas del presunto perjuicio causado a la Administración.

Las acusaciones populares elevan las penas a 30 años, añadiendo también prevaricación y falsedad documental.

El Supremo decidirá si endurece las medidas cautelares

El magistrado Puente deberá valorar si las circunstancias actuales justifican un cambio en la situación personal de los acusados. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite modificar las medidas cautelares cuando lo piden las partes y tras oír a todas ellas en audiencia pública, como ocurre en esta vista.

El juez solo puede adoptar nuevas medidas —incluida la prisión provisional— si así lo solicita alguna acusación, nunca de oficio. La decisión, que podría conocerse en las próximas horas, marcará el rumbo inmediato del caso.

Una vista decisiva en un caso con fuerte impacto político

La trama de mascarillas ha tenido un enorme eco institucional al implicar a un exministro y a altos cargos cercanos. El avance hacia un posible juicio oral y la elevada petición de penas han intensificado la presión sobre Ábalos, cuya situación judicial y política se encuentra en uno de sus momentos más delicados.

 

24 años de prisión y multa de casi 4 millones para José Luis Ábalos

El Ministerio Público pide una condena de 24 años de prisión para José Luis Ábalos, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE.
La Fiscalía le atribuye cinco presuntos delitos:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Tráfico de influencias

  • Malversación

  • Uso de información privilegiada

Además, reclama para él una multa de 3,9 millones de euros y responsabilidades económicas conjuntas por los perjuicios ocasionados a dos empresas públicas.

19 años y medio de cárcel para Koldo García

Para Koldo García, exasesor ministerial de Ábalos, Anticorrupción solicita 19 años y medio de prisión, así como una multa también de 3,9 millones de euros, por los mismos delitos atribuidos al exministro.

La Fiscalía pide que tanto Ábalos como Koldo indemnicen de forma conjunta y solidaria a:

  • Ineco: 34.477,86 euros

  • Tragsatec: 9.500,54 euros

Asimismo, reclama el decomiso de al menos 430.298,4 euros, cantidad que correspondería a ganancias obtenidas mediante cohecho.

Atenuante de confesión para Víctor de Aldama

En el caso del empresario Víctor de Aldama, considerado presunto intermediario de la trama, la Fiscalía aplica la atenuante de confesión y solicita una pena de 7 años de prisión por:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Uso de información privilegiada

También reclama para él una multa de 3,8 millones de euros.

El origen de la causa

El escrito de acusación llega después de que el magistrado instructor del Supremo, Leopoldo Puente, propusiera el pasado 3 de noviembre juzgar a los tres implicados. Según el juez, se habrían concertado poco después de la llegada de Ábalos al Ministerio, buscando obtener beneficios económicos mediante su influencia en contratos públicos.

Puente dividió la causa en dos piezas:

  • La principal, centrada en los contratos de mascarillas.

  • Una pieza separada dedicada a la supuesta trama de cobro de comisiones por obra pública.

 

 

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