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Las empresas no serán responsables de los contagios por no usar mascarillas en interiores

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El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi. EFE/Kai Försterling

València, 20 abr (OFFICIAL PRESS- EFE).- El presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Antonio Garamendi, ha afirmado este miércoles que hay «un punto de inseguridad» en que sea el deber de las empresas que sus empleados hagan uso o no de las mascarillas en espacios interiores y ha asegurado que si se producen contagios, no aceptarán que sean vistos como «responsabilidad» de las empresas.

En declaraciones a periodistas tras un foro organizado por el periódico Las Provincias, Garamendi ha señalado que tras la publicación este miércoles en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto, los servicios de prevención «tendrán que evaluar la libertad de las personas para ver si alguien quiere o no ponérselas».

«Lo estamos estudiando, pero lo que quiero transmitir es que bajo ningún concepto vamos a aceptar es que sea ahora responsabilidad de las empresas que mañana haya contagios o no», ha subrayado Garamendi, quien ha sostenido que el índice de contagios es alto.

Así, ha concluido que será cada empresa quien explique «cómo se va a actuar» tras evaluar «el riesgo» de cada situación.

Por su parte, el presidente de la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana (CEV), Salvador Navarro, ha apuntado que lo que prevé la CEV es que se producirá una situación en la que «quien quiera llevarla la llevará quien no lo quiera, no lo hará», un planteamiento que ve como «lógico», porque en la norma hay «libertad» para ello.

Ha expuesto que excepto en centros sociosanitarios y el transporte público, quien no la lleve y quien sí que lo haga, estará «cumpliendo la legislación» y ha compartido el posicionamiento de Garamendi de que las empresas no pueden «ser responsables» de esos contagios.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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