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Valencia

Las residencias valencianas recuperan los abrazos

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residencia ancianos

València, 17 sep (EFE).- Las residencias de ancianos de la Comunitat Valenciana recuperan desde este viernes el contacto entre residentes y familiares o allegados que acudan a visitarlos, después de que la Conselleria de Igualdad haya eliminado la obligación de guardar la distancia física en las visitas con algunas condiciones, como que ambos estén vacunados y el municipio del centro esté en situación de nueva normalidad.

La patronal de residencias Aerte ha destacado que, después de dieciocho meses, «los abrazos vuelven a las residencias», gracias a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de una nueva resolución que regula el plan de actuación en las residencias y centros de día de mayores frente a la covid-19.

La resolución se adopta tras valorar la actual situación de la pandemia y teniendo en cuenta la necesidad de actualizar las medidas vigentes en los centros de mayores, por lo que se flexibilizan algunos criterios con el fin de tender a una normalización de la vida cotidiana de los residentes, aunque otros se mantienen.

El texto que entra en vigor este viernes introduce una nueva categorización de los centros, de forma que se considerará un centro residencial con alta cobertura cuando más del 80 % de los residentes y trabajadores hayan recibido la pauta de vacunación completa, mientras que por debajo de ese porcentaje será un centro con baja cobertura de vacunación.

Por lo que respecta a las visitas, elimina la necesidad de mantener la distancia de seguridad, siendo solo necesario el uso de mascarillas y medidas higiénicas generales, cuando el centro esté en un municipio en situación de nueva normalidad o nivel de alerta 1, residentes y visitantes tengan la pauta de vacunación completa, y el encuentro se produzca en un espacio abierto donde esté garantizada la ventilación, o en cerrados no compartido.

Sigue sin haber límite de familiares que acudan de visita al centro cuando el municipio esté en situación de nueva normalidad, nivel 1 y 2, aunque se mantiene la obligación de solicitar cita previa y de que los encuentros se mantengan preferiblemente en espacios abiertos.

Los centros en nivel de alerta 3 con una vacunación alta o completa podrán mantener las visitas de manera escalonada a lo largo del día de un familiar, tutor o allegado, o de hasta 3 personas convivientes, que podrán entrar juntas, siempre con cita previa y no más de una hora. Los centros con vacunación incompleta permitirán la visita de una única persona.

Los centros con una vacunación completa y los de alta cobertura de vacunación deberán reservar un 5 % de plazas para garantizar aislamientos y de esta forma prevenir brotes, mientras que los centros con baja cobertura de vacunación ese porcentaje será del 10 %. Como hasta ahora, se mantienen los grupos burbuja para permitir un mejor control y rastreo en caso de brote.

Respecto a las salidas de los residentes, los centros libres de covid y con vacunación completa de usuarios y trabajadores permitirán las salidas ordinarias de los residentes con vacunación completa hasta el nivel 3 de alerta, así como los centros con alta cobertura de vacunación y en situación de nueva normalidad, nivel 1 y 2.

La resolución establece que en los municipios que estén en situación de nueva normalidad, nivel de alerta 1 y 2, los residentes, independientemente de su grado de inmunización, podrán salir siguiendo el protocolo que establezca la dirección de la residencia.

Respecto a los nuevos ingresos, se continúan realizando siempre que el centro esté libre de covid-19 (sin brote ni sospecha de brote, o con brote cerrado). En centros con baja cobertura de vacunación y en nivel de alerta 3, solo se permitirán nuevos ingresos en centros libres de covid con carácter excepcional y de urgencia social.

La resolución establece que los usuarios no vacunados se integrarán individualmente en grupos burbuja de residentes vacunados, sin que pueda haber en la misma unidad convivencial otros residentes no vacunados.

Los trabajadores deberán utilizar en todo momento el equipo de protección individual cuando estén dentro del perímetro del centro, y los que no estén vacunados serán asignados a grupos burbuja de usuarios con pauta de vacunación completa, evitando entrar en contacto con quien no esté vacunado.

Por lo que respecta a los centros de día, todos los usuarios podrán acudir a los centros con alta cobertura o de vacunación completa y que sean independientes de centros residenciales, y los no vacunados se integrarán individualmente en grupos burbuja de usuarios vacunados.

En centros con baja cobertura de vacunación o incompleta pero que cuenten con una infraestructura que permita guardar las distancias de seguridad e higiene, todos los usuarios podrán asistir, y si no es posible mantener esta distancia se establecerán turnos rotatorios.

En cuanto a los centros de atención a personas mayores (CEAM y CIM), podrán realizar actividades y servicios de atención individualizada con un 75 % de su aforo en el nivel de alerta 1, y del 50 % en el 2. Solo actividades que requieran mesa y un máximo de seis personas por grupo, salvo en nueva normalidad.

En nivel de alerta 3, solo se podrán realizar las actividades o prestaciones individualizadas cuando la persona usuaria lo tenga prescrito.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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