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Amplían las excusas legales para librarse de una mesa electoral

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Papeletas color sepia en unas elecciones anteriores. EFE/ Juan Carlos Cárdenas/Archivo

Con las elecciones generales a la vuelta de la esquina llega un temor: cómo librarse de una mesa electoral, si te toca. Estas mesas están formadas por un presidente, dos vocales y tres sustitutos, todos ellos elegidos por sorteo público entre los ciudadanos de entre 18 y 70 años en pleno uso de sus derechos civiles.

Además deben reunir otro tipo de características como saber leer y escribir o poseer determinados títulos académicos.

La función de estos ciudadanos, que suele prolongarse a lo largo de todo el día, es presidir todo el acto de votación, recoger el voto y finalmente, una vez terminado el plazo para votar, realizar el recuento de la lista de electores y escrutinio.

En caso de no justificar la ausencia, la Administración prevé una pena de prisión de entre tres meses y un año o una sanción económica de 6 a 24 a meses.

Es una obligación civil acudir a la mesa, si es que te lo han notificado previamente. Aunque la Ley Electoral no recoge muchas causas que te eximan de acudir a las mesas electorales, hay un total de 15 situaciones que justificarían tu ausencia y no conllevarían sanción alguna.

Cómo librarse de una mesa electoral

Causas personales

  • Edad, ser mayor de 65 años y menor de 70. Recordamos que éstos últimos no participan enel sorteo público para la asignación de las mesas electorales.
  • Situación de discapacidad de cualquier grado.
  • Embarazo. A partir de seis meses o si se considera un embarazo de riesgo. Así como si la mujer se encuentra en periodo de baja por maternidad.
  • Internamiento en centros psiquiátricos o penitenciarios.
  • Reiteración. Haber formado parte de alguna mesa electoral en más de tres ocasiones en menos de diez años.
  • Enfermedad (física o psíquica) o previsión de intervención quirúrjica o pruebas.
  • Pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.
  • Cambio de la residencia a otra Comunidad Autónoma.

Causas familiares

  • Maternidad, hasta que el bebé cumpla 9 meses. Del mismo modo, tanto padres como madres, podrán justificar su asuencia cuando tengan a su cargo menores de catorce años y siempre que un adulto familiar no pueda hacerse cargo de ellos.
  • Cuidado de menores, discapacitados o familiares enfermos.
  • Eventos familiares de relevancia…

Causas profesionales

  • Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.
  • Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital (sanidad, cuerpos del estado…).
  • Directores de medios de comunicación de información general.
  • Profesionales que deban participar en acontecimientos públicos cuyo papel sea insustituible

Ampliación de las excusas:

  • «La gestación a partir de los seis meses de embarazo y el período correspondiente de descanso para el cuidado del menor por la madre biológica, por el progenitor distinto de ésta, o en los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento». Antes, únicamente se hablaba de «descanso maternal», no de ambos progenitores.
  • «La situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia natural». Añade así la parte del riesgo durante la lactancia, que no estaba incluido.
  • De nuevo, al igual que ocurre con el primer punto, el cuidado del lactante ya no exime solamente a la madre biológica, sino a ambos progenitores: «El cuidado del lactante por sus progenitores, adoptantes, guardadores oacogedores».
  • Por último, la disposición original del BOE sólo hablabla del cuidado de niños de edad inferior a los ocho años. Con la nueva modificación, pasa a ser de 12 la edad: «El cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de doce años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial».

La Junta Electoral Central permite librarse de la mesa electoral a quien tuviera un viaje contratado

Los miembros de una mesa electoral podrán presentar sus excusas por Internet si no pueden acudir el día de las elecciones

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes 18 de abril publica una instrucción de la Junta Electoral Central en la que informa que las excusas a las mesas electorales pueden presentarse también por Internet.

En el documento figura que aquellos ciudadanos elegidos como miembros de la mesa electoral pueden presentar sus excusas por Internet (contempladas en el artículo 27.3 de la LOREG) si no pueden acudir el día de las elecciones que les corresponde. Así, este proceso pasa a ser también electrónico y no sólo presencial, como estaba siendo hasta ahora.

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Revilla no alcanza un acuerdo con el rey Juan Carlos en el acto de conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

El expresidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, no ha llegado a un acuerdo con los abogados del rey emérito Juan Carlos I durante el acto de conciliación celebrado este viernes 16 de mayo en el complejo judicial de Las Salesas (Santander). La cita judicial, previa a un posible juicio, forma parte de la demanda interpuesta por el exmonarca por unas declaraciones que considera «injuriosas».

Revilla: «No me voy a retractar, lo que dije es lo que piensa la mayoría de españoles»

A su llegada al juzgado, Revilla dejó claro que no pensaba retractarse de sus afirmaciones y que lo más probable es que el caso acabe en juicio. “Yo no me callo ante las injusticias. He dicho lo que pienso y lo que muchos españoles también opinan”, declaró ante los medios.

Tras el acto, el expresidente cántabro aseguró sentirse tranquilo y confió en la justicia. “No he mentido, solo me he hecho eco de información ya publicada en medios de comunicación”, explicó, subrayando que “muchos periodistas también podrían haber sido demandados” por difundir los mismos datos.

«Le diría al rey emérito que pida perdón y devuelva el dinero»

Revilla también lamentó que el rey Juan Carlos no se presentara al acto de conciliación, a pesar de estar en España. “Está en Sanxenxo, tiene un avión y escoltas que pagamos entre todos. Me hubiera gustado un careo con él”, afirmó.

Cuando se le preguntó qué le diría al monarca si lo tuviera enfrente, Revilla fue contundente:

“Le pediría que pidiera perdón sinceramente y que repatriara todo el dinero que tiene fuera”.

A pesar de haber defendido en su momento la figura del rey durante el 23-F, Revilla no ocultó su decepción: “Su última etapa ha sido lamentable. Me ha defraudado”.

El rey emérito exige una rectificación y 50.000 euros

La defensa legal del rey Juan Carlos I, liderada por la abogada Guadalupe Sánchez, reclama a Revilla una rectificación pública de sus declaraciones y una indemnización de 50.000 euros por daño moral, que en caso de cobrarse serían donados a Cáritas. La demanda, presentada el pasado 1 de abril, alega que Revilla profirió expresiones “calumniosas e injuriosas” en diversos medios entre mayo de 2022 y enero de 2025.

Un caso mediático que podría terminar en los tribunales

Este enfrentamiento legal entre Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla ha generado una gran expectación mediática. Todo apunta a que, ante la falta de acuerdo, el conflicto se resolverá finalmente en los tribunales.


 

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