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Amplían las excusas legales para librarse de una mesa electoral

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Papeletas color sepia en unas elecciones anteriores. EFE/ Juan Carlos Cárdenas/Archivo

Con las elecciones generales a la vuelta de la esquina llega un temor: cómo librarse de una mesa electoral, si te toca. Estas mesas están formadas por un presidente, dos vocales y tres sustitutos, todos ellos elegidos por sorteo público entre los ciudadanos de entre 18 y 70 años en pleno uso de sus derechos civiles.

Además deben reunir otro tipo de características como saber leer y escribir o poseer determinados títulos académicos.

La función de estos ciudadanos, que suele prolongarse a lo largo de todo el día, es presidir todo el acto de votación, recoger el voto y finalmente, una vez terminado el plazo para votar, realizar el recuento de la lista de electores y escrutinio.

En caso de no justificar la ausencia, la Administración prevé una pena de prisión de entre tres meses y un año o una sanción económica de 6 a 24 a meses.

Es una obligación civil acudir a la mesa, si es que te lo han notificado previamente. Aunque la Ley Electoral no recoge muchas causas que te eximan de acudir a las mesas electorales, hay un total de 15 situaciones que justificarían tu ausencia y no conllevarían sanción alguna.

Cómo librarse de una mesa electoral

Causas personales

  • Edad, ser mayor de 65 años y menor de 70. Recordamos que éstos últimos no participan enel sorteo público para la asignación de las mesas electorales.
  • Situación de discapacidad de cualquier grado.
  • Embarazo. A partir de seis meses o si se considera un embarazo de riesgo. Así como si la mujer se encuentra en periodo de baja por maternidad.
  • Internamiento en centros psiquiátricos o penitenciarios.
  • Reiteración. Haber formado parte de alguna mesa electoral en más de tres ocasiones en menos de diez años.
  • Enfermedad (física o psíquica) o previsión de intervención quirúrjica o pruebas.
  • Pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.
  • Cambio de la residencia a otra Comunidad Autónoma.

Causas familiares

  • Maternidad, hasta que el bebé cumpla 9 meses. Del mismo modo, tanto padres como madres, podrán justificar su asuencia cuando tengan a su cargo menores de catorce años y siempre que un adulto familiar no pueda hacerse cargo de ellos.
  • Cuidado de menores, discapacitados o familiares enfermos.
  • Eventos familiares de relevancia…

Causas profesionales

  • Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.
  • Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital (sanidad, cuerpos del estado…).
  • Directores de medios de comunicación de información general.
  • Profesionales que deban participar en acontecimientos públicos cuyo papel sea insustituible

Ampliación de las excusas:

  • «La gestación a partir de los seis meses de embarazo y el período correspondiente de descanso para el cuidado del menor por la madre biológica, por el progenitor distinto de ésta, o en los supuestos de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento». Antes, únicamente se hablaba de «descanso maternal», no de ambos progenitores.
  • «La situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia natural». Añade así la parte del riesgo durante la lactancia, que no estaba incluido.
  • De nuevo, al igual que ocurre con el primer punto, el cuidado del lactante ya no exime solamente a la madre biológica, sino a ambos progenitores: «El cuidado del lactante por sus progenitores, adoptantes, guardadores oacogedores».
  • Por último, la disposición original del BOE sólo hablabla del cuidado de niños de edad inferior a los ocho años. Con la nueva modificación, pasa a ser de 12 la edad: «El cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de doce años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial».

La Junta Electoral Central permite librarse de la mesa electoral a quien tuviera un viaje contratado

Los miembros de una mesa electoral podrán presentar sus excusas por Internet si no pueden acudir el día de las elecciones

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes 18 de abril publica una instrucción de la Junta Electoral Central en la que informa que las excusas a las mesas electorales pueden presentarse también por Internet.

En el documento figura que aquellos ciudadanos elegidos como miembros de la mesa electoral pueden presentar sus excusas por Internet (contempladas en el artículo 27.3 de la LOREG) si no pueden acudir el día de las elecciones que les corresponde. Así, este proceso pasa a ser también electrónico y no sólo presencial, como estaba siendo hasta ahora.

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El novio de Ayuso ante el Supremo: “Pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. El fiscal general me había matado públicamente”

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El empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ha declarado este martes ante el Tribunal Supremo en el juicio contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, acusado de revelación de secretos por la filtración del correo electrónico en el que su defensa admitía “dos delitos fiscales”.


“El fiscal general me había destrozado públicamente”

Visiblemente afectado, González Amador relató ante el tribunal el impacto que tuvo aquella publicación.

“Pasé a ser el delincuente confeso del Reino de España. Estaba muerto. El señor García Ortiz me había matado públicamente”,
declaró, girándose hacia el fiscal general durante su testimonio.

El empresario aseguró que, hasta la filtración, confiaba en resolver el caso “de forma discreta y con una pena asumible”, pero todo cambió “cuando el asunto saltó a la luz pública”.


De una negociación fiscal a un caso mediático

Según explicó ante el Supremo, su intención inicial era alcanzar un acuerdo con la Fiscalía para cerrar el procedimiento por fraude fiscal. Sin embargo, el correo filtrado —en el que su abogado fiscalista, Carlos Neira, reconocía la existencia de “dos delitos contra la Hacienda Pública”— acabó difundido en medios de comunicación en marzo de 2024.

“Cuando vi mi expediente tributario y el correo en la prensa, llamé a mi abogado. Me dijo: ‘La presunción de inocencia se ha roto. Estamos en otra dimensión’”, ha recordado González Amador.

A partir de ese momento, según su testimonio, “todo el Gobierno comenzó a llamarle delincuente confeso”, lo que le causó “un daño irreparable” a nivel personal y profesional.


El juicio a García Ortiz y las tensiones institucionales

El juicio al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, se sigue en el Supremo tras la querella presentada por González Amador por revelación de secretos. El proceso ha vuelto a poner el foco en las tensiones entre el Gobierno central y la Comunidad de Madrid, así como en el papel de la Fiscalía General en casos con implicaciones políticas.

Durante la sesión, se recordaron también las declaraciones previas de altos cargos de la Comunidad de Madrid, como el jefe de Gabinete de Ayuso, que reconoció haber advertido de que “el fiscal general iría p’alante”.

 Un juicio histórico en la democracia española

El juicio a Álvaro García Ortiz, actual fiscal general del Estado, marca un hecho sin precedentes en la historia democrática española.
El proceso, que se celebra en el Tribunal Supremo, estará presidido por siete magistrados de la Sala de lo Penal, encargados de determinar si García Ortiz filtró un correo electrónico del abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, en el que se reconocía una supuesta defraudación a Hacienda.

Pese a la gravedad de la acusación, el juez Ángel Hurtado ha decidido que el fiscal general mantenga su cargo mientras dure el proceso judicial, que se prevé se alargue durante dos semanas.


El origen del caso: el correo del abogado de González Amador

Todo comenzó el 2 de febrero de 2024, cuando Carlos Neira, abogado del empresario Alberto González Amador, remitió a la Fiscalía un correo electrónico con una propuesta de pacto.
En él se reconocía la posibilidad de que su cliente hubiera cometido un delito contra la Hacienda Pública.

Durante más de un mes, el contenido de ese correo permaneció reservado. Sin embargo, el 12 de marzo de 2024, varios medios de comunicación publicaron que la pareja de Ayuso podría haber defraudado dinero al fisco.
Al día siguiente, desde la Comunidad de Madrid, el portavoz Miguel Ángel Rodríguez negó esa versión y aseguró que fue la Fiscalía la que había propuesto el pacto.
Esa misma noche, según la investigación, se habría producido la presunta filtración del correo.


La posición del fiscal general

Durante su declaración ante el Tribunal Supremo, García Ortiz negó “rotundamente” haber filtrado información confidencial.
El magistrado instructor, no obstante, considera que existen “indicios razonables” de que la filtración pudo salir de la Fiscalía.

El propio Alberto González Amador ha asegurado que la publicación del correo electrónico vulneró su derecho a la intimidad y afectó a su reputación:

“Todo eso me ha ido lastrando”, declaró ante el tribunal.


Un proceso sin retransmisión pública

Aunque se trata de un juicio inédito en España, el Tribunal Supremo ha decidido no retransmitir las sesiones en directo.
A lo largo del proceso declararán unos cuarenta testigos, entre ellos políticos, periodistas y miembros de la Guardia Civil.
El último en declarar será el propio Álvaro García Ortiz, quien sigue al frente de la Fiscalía General del Estado durante la vista.


Qué consecuencias puede tener el juicio

Si el Tribunal Supremo declarara culpable al fiscal general, la sentencia podría implicar:

  • Entre 4 y 6 años de cárcel,

  • 12 años de inhabilitación para ejercer un cargo público,

  • y una multa superior a los 400.000 euros.

Por el momento, el proceso continúa abierto, y se espera que el fallo se conozca antes de final de mes.


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