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¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

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mesa electoral viaje contratado

La convocatoria de las elecciones generales en pleno mes de julio, cuando la mayoría de la población se encuentra de vacaciones plantea muchas dudas, entre ellas si un viaje sirve de excusa para no acudir a la mesa electoral. Ante esta situación FACUA solicita que los viajes familiares sean contemplados como causa para que los ciudadanos estén exentos.

¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

Ante la convocatoria de Elecciones Generales el próximo domingo 23 de julio, FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.

Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España. Un hecho sin precedentes en la democracia española.

Causa de eximento para librarte de la mesa electoral

En su escrito, FACUA recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

FACUA solicita que los viajes familiares se consideren  que los eventos familiares de gran relevancia. Por ello, se tendrá en cuenta los viajes contratados antes del 30 de mayo y no que no tengas capacidad de aplazarse.

Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos.

Amplían las excusas legales para librarse de una mesa electoral

Los argumentos para librarte de una mesa electoral

Causas personales

Entre las causas personales para librarse de la mesa electoral se encuentran las siguientes:

– Ser mayor de 65 años y menor de 70.

– La situación de discapacidad de cualquier grado, de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez o la incapacidad temporal para el trabajo.

– Embarazo a partir de los seis meses, situaciones de riesgo durante los mismos y período de descanso maternal.

– El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos.

– Haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.

– Ser víctima de un delito en el que el condenado o investigado cuenta con orden de alejamiento y pertenece al mismo colegio electoral.

– Padecer una enfermedad física o psíquica o la previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes e inaplazables en el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores o posteriores.

– La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.

– El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma.

Causas familiares

Entre las causas familiares para justificar la ausencia en mesa electoral se encuentran las siguientes:

– La condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.

– El cuidado directo y continuo de menores, discapacitados o familiares enfermos.

– Eventos familiares de especial relevancia.

– La condición de madre o padre de menores de catorce años, siempre que otro adulto familiar no pueda ocuparse de los mismos.

Causas profesionales

Las causas profesionales para renunciar la mesa electoral son:

– Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.

– Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.

– Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.

– Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos cuyo papel sea insustituible.

Alegación

Como se puede comprobar, el viaje no es eximente, pero la decisión definitiva la tomará la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.

Para ello se deberá aportar las reservas de la documentación que permiten sostener la solicitud y el perjuicio económico de perder los billetes si el viaje fue contratado antes de conocer la obligación de ser miembro de una mesa electoral. Lo más probable es que la alegación no prospere, pero la decisión corresponde a la Junta Electoral de la Zona que, una vez recibida la alegación, la resolverá en el plazo de cinco días.

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Una segunda mujer denuncia a Íñigo Errejón por una presunta agresión sexual cometida en 2021

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Iñigo Errejón
Fotografía de archivo tomada el 22/10/2024 del portavoz de Sumar en el Congreso de los Diputados, Íñigo Errejón. EFE/ ARCHIVO/Fernando Villar

La denunciante solicita declarar como testigo protegido y pide confidencialidad absoluta sobre su identidad. Los hechos se remontan a octubre de 2021.

MADRID, 25 Feb. – Una segunda mujer ha presentado una denuncia contra el exdiputado y exportavoz de Sumar en el Congreso, Íñigo Errejón, por una presunta agresión sexual que habría tenido lugar en octubre de 2021 en el domicilio del expolítico.

Según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, la denunciante solicita al juzgado la protección y confidencialidad absoluta de su identidad, así como declarar en calidad de testigo protegido.


Inicio del contacto y primeros encuentros

La denuncia recoge que el contacto entre ambas partes comenzó en 2021 a través de Instagram, manteniendo posteriormente conversaciones frecuentes. Según el relato, tras varias semanas, el exdirigente político propuso trasladar las comunicaciones a Telegram, aplicación en la que los mensajes pueden autodestruirse.

En septiembre de ese año se produjo el primer encuentro presencial en el domicilio del denunciado, donde, según el documento, hubo un acercamiento íntimo limitado a besos, sin penetración ni relaciones sexuales completas.

Posteriormente, ambos habrían mantenido encuentros esporádicos y comunicación frecuente.


Relato de los hechos denunciados

La denunciante sitúa los hechos principales el 16 de octubre de 2021, tras coincidir en un evento y acudir posteriormente a una fiesta. Según el relato, durante la noche se produjeron situaciones de presión en un contexto de consumo de alcohol.

La mujer sostiene que, durante el traslado posterior al domicilio del exdiputado, se produjo un forcejeo tras negarse a mantener relaciones sexuales, y que recibió expresiones que califica como intimidatorias.

Una vez en la vivienda, la denuncia afirma que se produjo una penetración vaginal sin consentimiento, pese a la oposición expresa de la denunciante.

Tras los hechos, la relación habría continuado brevemente antes de romperse definitivamente en enero de 2022. Según el escrito, la mujer inició posteriormente tratamiento psicológico y psiquiátrico.


Solicitud de medidas de protección

El abogado de la acusación ha solicitado al juzgado que la identidad de la denunciante quede protegida y que su declaración se realice bajo medidas especiales de protección.

Por el momento, no ha trascendido la respuesta procesal del exdiputado ante esta segunda denuncia.


Contexto judicial

Esta denuncia se suma a otras investigaciones abiertas relacionadas con presuntos delitos contra la libertad sexual. El procedimiento se encuentra en fase inicial y serán los tribunales los que determinen el alcance de los hechos.

Como es preceptivo en estos casos, el denunciado mantiene la presunción de inocencia hasta que exista una resolución judicial firme.

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