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¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

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mesa electoral viaje contratado

La convocatoria de las elecciones generales en pleno mes de julio, cuando la mayoría de la población se encuentra de vacaciones plantea muchas dudas, entre ellas si un viaje sirve de excusa para no acudir a la mesa electoral. Ante esta situación FACUA solicita que los viajes familiares sean contemplados como causa para que los ciudadanos estén exentos.

¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

Ante la convocatoria de Elecciones Generales el próximo domingo 23 de julio, FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.

Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España. Un hecho sin precedentes en la democracia española.

Causa de eximento para librarte de la mesa electoral

En su escrito, FACUA recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

FACUA solicita que los viajes familiares se consideren  que los eventos familiares de gran relevancia. Por ello, se tendrá en cuenta los viajes contratados antes del 30 de mayo y no que no tengas capacidad de aplazarse.

Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos.

Amplían las excusas legales para librarse de una mesa electoral

Los argumentos para librarte de una mesa electoral

Causas personales

Entre las causas personales para librarse de la mesa electoral se encuentran las siguientes:

– Ser mayor de 65 años y menor de 70.

– La situación de discapacidad de cualquier grado, de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez o la incapacidad temporal para el trabajo.

– Embarazo a partir de los seis meses, situaciones de riesgo durante los mismos y período de descanso maternal.

– El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos.

– Haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.

– Ser víctima de un delito en el que el condenado o investigado cuenta con orden de alejamiento y pertenece al mismo colegio electoral.

– Padecer una enfermedad física o psíquica o la previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes e inaplazables en el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores o posteriores.

– La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.

– El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma.

Causas familiares

Entre las causas familiares para justificar la ausencia en mesa electoral se encuentran las siguientes:

– La condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.

– El cuidado directo y continuo de menores, discapacitados o familiares enfermos.

– Eventos familiares de especial relevancia.

– La condición de madre o padre de menores de catorce años, siempre que otro adulto familiar no pueda ocuparse de los mismos.

Causas profesionales

Las causas profesionales para renunciar la mesa electoral son:

– Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.

– Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.

– Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.

– Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos cuyo papel sea insustituible.

Alegación

Como se puede comprobar, el viaje no es eximente, pero la decisión definitiva la tomará la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.

Para ello se deberá aportar las reservas de la documentación que permiten sostener la solicitud y el perjuicio económico de perder los billetes si el viaje fue contratado antes de conocer la obligación de ser miembro de una mesa electoral. Lo más probable es que la alegación no prospere, pero la decisión corresponde a la Junta Electoral de la Zona que, una vez recibida la alegación, la resolverá en el plazo de cinco días.

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La Agencia Tributaria niega fallos en Renta Web y explica el retraso de deducciones autonómicas

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La Agencia Tributaria (AEAT) ha asegurado que no existen fallos en el sistema Renta Web tras el inicio de la Campaña de la Renta 2025. El organismo atribuye la ausencia de ciertas deducciones fiscales a la publicación tardía de normativas autonómicas.

Por qué no aparecen algunas deducciones en la Renta 2025

Según la AEAT, las deducciones aprobadas por la Generalitat Valenciana no se han podido aplicar aún porque fueron publicadas recientemente en el Diari Oficial, cuando la campaña ya estaba en marcha.

Estas medidas incluyen beneficios fiscales relacionados con:

  • Gastos sanitarios
  • Actividades deportivas
  • Fomento de la música

Desde Hacienda explican que las normas solo tienen efecto jurídico tras su publicación oficial, lo que impide incorporarlas de forma inmediata al sistema.

“El sistema funciona correctamente”

La Agencia Tributaria insiste en que no se trata de un error técnico. De hecho, aseguran que la decisión de no incluir estas deducciones desde el inicio ha sido intencionada para evitar problemas mayores.

“El sistema podría volverse inestable en un momento crítico como el inicio de la campaña”, señalan fuentes del organismo.

También afecta a otras comunidades autónomas

Esta situación no solo impacta a la Comunidad Valenciana. Otras regiones como Castilla-La Mancha también aprobaron deducciones fiscales de forma tardía, lo que ha provocado el mismo retraso en su aplicación dentro de Renta Web.

Recomendación: esperar antes de presentar la declaración

La Agencia Tributaria recomienda a los contribuyentes que quieran beneficiarse de estas deducciones que esperen unos días antes de presentar su declaración.

Además, recuerda que es posible modificar fácilmente una declaración ya presentada mediante el propio portal, por lo que los usuarios podrán corregirla cuando las deducciones estén disponibles.

¿Cuándo se incorporarán las deducciones?

La AEAT ha asegurado que las nuevas deducciones se integrarán en el sistema “lo antes posible”, previsiblemente en los próximos días. Una vez activadas, se informará oficialmente para que los contribuyentes puedan aplicarlas sin problemas.

 

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