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¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

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mesa electoral viaje contratado

La convocatoria de las elecciones generales en pleno mes de julio, cuando la mayoría de la población se encuentra de vacaciones plantea muchas dudas, entre ellas si un viaje sirve de excusa para no acudir a la mesa electoral. Ante esta situación FACUA solicita que los viajes familiares sean contemplados como causa para que los ciudadanos estén exentos.

¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

Ante la convocatoria de Elecciones Generales el próximo domingo 23 de julio, FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.

Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España. Un hecho sin precedentes en la democracia española.

Causa de eximento para librarte de la mesa electoral

En su escrito, FACUA recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

FACUA solicita que los viajes familiares se consideren  que los eventos familiares de gran relevancia. Por ello, se tendrá en cuenta los viajes contratados antes del 30 de mayo y no que no tengas capacidad de aplazarse.

Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos.

Amplían las excusas legales para librarse de una mesa electoral

Los argumentos para librarte de una mesa electoral

Causas personales

Entre las causas personales para librarse de la mesa electoral se encuentran las siguientes:

– Ser mayor de 65 años y menor de 70.

– La situación de discapacidad de cualquier grado, de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez o la incapacidad temporal para el trabajo.

– Embarazo a partir de los seis meses, situaciones de riesgo durante los mismos y período de descanso maternal.

– El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos.

– Haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.

– Ser víctima de un delito en el que el condenado o investigado cuenta con orden de alejamiento y pertenece al mismo colegio electoral.

– Padecer una enfermedad física o psíquica o la previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes e inaplazables en el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores o posteriores.

– La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.

– El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma.

Causas familiares

Entre las causas familiares para justificar la ausencia en mesa electoral se encuentran las siguientes:

– La condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.

– El cuidado directo y continuo de menores, discapacitados o familiares enfermos.

– Eventos familiares de especial relevancia.

– La condición de madre o padre de menores de catorce años, siempre que otro adulto familiar no pueda ocuparse de los mismos.

Causas profesionales

Las causas profesionales para renunciar la mesa electoral son:

– Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.

– Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.

– Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.

– Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos cuyo papel sea insustituible.

Alegación

Como se puede comprobar, el viaje no es eximente, pero la decisión definitiva la tomará la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.

Para ello se deberá aportar las reservas de la documentación que permiten sostener la solicitud y el perjuicio económico de perder los billetes si el viaje fue contratado antes de conocer la obligación de ser miembro de una mesa electoral. Lo más probable es que la alegación no prospere, pero la decisión corresponde a la Junta Electoral de la Zona que, una vez recibida la alegación, la resolverá en el plazo de cinco días.

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Noelia Castillo recibirá su eutanasia este jueves

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Noelia eutanasia
Noelia, la joven parapléjica que recibirá la eutanasia. Antena 3

El TEDH rechaza frenar el proceso y pone fin a casi dos años de batalla judicial

Noelia Castillo, una joven de 25 años de Barcelona en situación de paraplejia, recibirá la eutanasia este jueves tras una larga batalla judicial que ha llegado hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La corte europea ha rechazado paralizar el procedimiento, como solicitaba su padre, agotando así todas las vías legales.

La propia joven ha confirmado su decisión en una entrevista reciente, en la que ha asegurado que siempre lo tuvo claro: “Quiero irme ya en paz y dejar de sufrir”. Un testimonio que refleja el desgaste emocional de un proceso que se ha prolongado durante casi dos años.

Un caso marcado por el conflicto familiar y judicial

El caso de Noelia ha estado condicionado por el enfrentamiento entre su voluntad de acceder a la eutanasia y la oposición de su पिता, que ha intentado frenar el procedimiento en distintas instancias judiciales.

El origen del conflicto se sitúa en julio de 2024, cuando la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña autorizó la prestación solicitada por la joven. A partir de ese momento, su padre inició un recorrido judicial que incluyó:

  • Suspensión cautelar inicial del procedimiento
  • Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)
  • Recurso ante el Tribunal Supremo, que no fue admitido
  • Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, también inadmitido
  • Recurso final ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Todas las instancias han coincidido en avalar la capacidad de la joven para tomar esta decisión y en confirmar que cumple los requisitos legales.

El debate sobre la capacidad y la salud mental

Durante el proceso, la representación legal del padre, a través de Abogados Cristianos, ha sostenido que Noelia debería someterse a tratamiento psiquiátrico antes de acceder a la eutanasia.

La organización ha argumentado que la joven presentaba antecedentes de trastornos mentales y ha advertido de un posible precedente. Incluso en los últimos días se solicitaron medidas cautelarísimas para frenar el procedimiento, que fueron rechazadas.

Sin embargo, los tribunales han respaldado de forma reiterada que Noelia tiene plena capacidad para decidir, descartando la falta de autonomía en su consentimiento.

Qué dice la ley de eutanasia en España

La eutanasia es legal en España desde 2021 y está regulada bajo estrictos requisitos. Para acceder a esta prestación, es necesario:

  • Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento crónico con sufrimiento intenso
  • Realizar la solicitud de forma voluntaria y reiterada
  • Contar con la evaluación de varios profesionales sanitarios
  • Obtener el visto bueno de una comisión de garantías

En este caso, todas las evaluaciones médicas y legales han sido favorables a la solicitud de Noelia.

Una decisión firme pese a la oposición

A lo largo de todo el proceso, Noelia ha mantenido su postura sin cambios. En sus declaraciones, ha defendido su derecho a decidir sobre su vida:

“La felicidad de un padre o de una familia no puede estar por encima de la de una hija”.

Sus palabras reflejan la dimensión personal de un caso que ha trascendido al ámbito jurídico y social, generando un intenso debate sobre los límites entre la autonomía individual, la protección de la salud mental y el papel de la familia.

Un caso que marca precedente en Europa

El aval del Tribunal Europeo de Derechos Humanos supone un respaldo clave a la legislación española sobre eutanasia y refuerza el reconocimiento del derecho a una muerte digna en el marco europeo.

Además, pone de manifiesto la complejidad de estos casos, donde confluyen aspectos médicos, legales, éticos y familiares.

El final de una batalla y el inicio de un debate

Con la ejecución de la eutanasia prevista para este jueves, se cierra una de las batallas judiciales más relevantes en torno a este derecho en España.

El caso de Noelia Castillo deja abiertas numerosas cuestiones:

  • El papel de la familia en decisiones personales
  • Los límites de la intervención judicial
  • La protección de personas vulnerables
  • El derecho individual a decidir sobre el propio sufrimiento

Un debate que seguirá presente en la sociedad y en el ámbito jurídico en los próximos años.

 

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