Síguenos

Sucesos

La mujer que ayudó a morir a su marido enfermo acepta cinco de cárcel

Publicado

en

mujer ayuda morir marido

València, 10 may (OFFICIAL PRESS – EFE).- La mujer de 77 años acusada de un delito de auxilio al suicidio por inyectar, previo acuerdo, una dosis elevada de morfina a su marido de 95 y enfermo crónico, ha aceptado la pena de cinco meses de prisión que pedía la Fiscalía de Valencia, aunque con suspensión de pena y, por tanto, sin consecuencias para ella.

La mujer que ayudó a morir a su marido

En el juicio, que ha comenzado este miércoles en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia, se juzgaba a la mujer por un delito de auxilio al suicidio, con la eximente incompleta de alteración psíquica y la agravante de parentesco.
Según el escrito de conformidad, al marido, de 95 años y aquejado de numerosas patologías crónicas, estas dolencias «le provocaban padecimientos permanentes» y, según el abogado de la acusada, Constantino Marín, «sufría un deterioro físico y cognitivo global» y «no se regía por sí mismo, sino que necesitaba ayuda, incluso mecánica, para cualquier acto».

De hecho, la víctima había redactado conforme a la legislación vigente un documento de voluntades anticipadas en las que manifestaba su deseo expreso de que, cuando llegara el momento terminal de su enfermedad, se le administrara sedación para acabar con su vida de forma indolora.

«La acusada, conocedora de la voluntad de su marido, tras haber observado el deterioro progresivo del mismo, su sufrimiento por la situación descrita y la reciente epidemia de COVID-19 que había empeorado su estado, en cumplimiento de la voluntad expresa de este y con la finalidad de paliar su sufrimiento, el 9 de diciembre de 2020, en el domicilio familiar y estando ambos de acuerdo, le administró por vía intramuscular una dosis elevada de morfina con la finalidad de acabar con su vida de forma indolora», según el relato de los hechos.

Ella padece alteración psíquica

La acusada padecía un trastorno generado por la situación vivida por su marido durante los años anteriores a los hechos, y por ello se considera que concurre la eximente incompleta de alteración psíquica.

Este trastorno, en los momentos previos a los hechos, «le produjo una intensa alteración de su estado mental que le mermó de forma severa su capacidad de entender y querer, modificando sin llegar a anular sus facultades cognoscitivas e intelectivas», según las conclusiones del escrito de conformidad.

Cinco meses de condena

Por todo ello, la acusada ha aceptado una condena de cinco meses de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, y costas.

El abogado de la acusada ha asegurado que se han conformado para «evitar a la acusada el trance de tener que pasar por el juicio» y ha resaltado que la condena es «a cinco meses de prisión pero con suspensión y, por lo tanto, sin ningún tipo de consecuencia».

«Inicialmente se abría un procedimiento de jurado, y la tesitura de tener que ir al juicio, con lo que implica un tribunal con nueve jurados, pruebas testificales, interrogatorios y pruebas testificales, iba a suponer un sufrimiento enorme para la acusada», ha señalado después, en declaraciones a los medios.

Así ha explicado el acuerdo de conformidad, si bien ha considerado que, si se hubiera producido el juicio, «a buen seguro, al 100 %, habría sido absuelta» debido a las «circunstancias» del caso: «El hecho de que fuera en plena pandemia, con las circunstancias de la persona fallecida y de la persona acusada y con la manifestación por escrito de la voluntad de evitarse cualquier sufrimiento».

Asimismo, ha recordado que entre los hechos y el juicio se aprobó la ley de Eutanasia, que no se aplica por ser posterior y a la que no cabría acogerse en cualquier caso porque no se siguió el procedimiento reglado.
«Pero la acusada ha actuado, como dicen los informes periciales, por un acto de amor máximo al materializar la voluntad de su esposo para acabar con su sufrimiento», ha concluido.

 

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

Publicado

en

indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo