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Esta es la multa por dejar a tu perro atado en la calle

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multa por dejar a tu perro atado en la calle
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La ley de Bienestar Animal ya se ha registrado la primera multa por su aplicación. Y es que la multa que te puede caer por dejar a tu perro atado en la calle no es cualquier cosa.

En este caso, el primero ha sido un vecino de Vigo multado por dejar atado a su perro en la puerta de una farmacia de la localidad.

El joven dejó a su perro atado en el exterior de una farmacia mientras entraba a comprar y al salir la Policía Local le impuso una sanción por el acto, ahora prohibido con la ley de Bienestar Animal. La multa ascendía a 500 euros, aunque con rebaja del 50% por pronto pago, según recoge El Faro de Vigo.

Dejar al perro atado en la calle estará prohibido

Una de esas prohibiciones es, por ejemplo, dejar atado al perro en la puerta de un establecimiento, como un supermercado, mientras el dueño pasa un momento a comprar.

Con la aplicación de esta nueva ley, esto pasa a estar prohibido, tal y como se especifica en el apartado d) del artículo 27, por el cual queda expresamente prohibido mantener a los animales de compañía «atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento».

Del incumplimiento de esta norma y otras prohibiciones y obligaciones contenidas en la nueva legislación se derivan una serie de sanciones recogidas en el nuevo marco legal.

Multas de hasta 10.000 euros por dejar al perro en la puerta del supermercado

Con la entrada en vigor de la ley de bienestar animal, la Policía podrá multar con hasta 10.000 euros a quienes dejen a sus perros en la puerta de un supermercado o cualquier otro establecimiento y queda prohibido, entre otras cosas, emplear collares eléctricos.

También estará sujeto a sanciones dejar a un animal en el interior de un vehículo o en condiciones térmicas que puedan atentar contra su vida, así como mantenerlos de forma permanente en una terraza, sótano o balcón, ha informado la Policía Nacional.

No podrán estar más de 24 horas solos

Los perros no podrán pasar más de 24 horas solos en un domicilio aunque tengan comida y agua suficiente y en el caso de otros animales de compañía este plazo puede aumentar hasta los tres días.

La ley fija sanciones que van de los 50 a los 200.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

Mientras, dejar a un perro en la puerta de cualquier establecimiento puede suponer una multa de hasta 10.000 euros y en casos de maltrato animal las multas ascienden hasta los 200.000 euros.

El objetivo de la ley es asegurar un maltrato cero de las mascotas en España y erradicar el abandono animal, al tiempo que se promueve la adopción y tenencia responsable

Esta es la tabla de sanciones contemplada en la Ley de Bienestar Animal:

  • Leves con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros.
  • Las infracciones graves con multa de 10.001 a 50.000 euros.
  • Las infracciones muy graves con multa de 50.001 a 200.000 euros.

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El Juzgado de Instrucción nº 20 rechaza asumir la denuncia de Manos Limpias por la dana

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denuncia responsables muertes DANA
Efectivos de los servicios funerarios junto a un furgón policial, este jueves en la CIudad de la Justicia e Valencia.La Comunitat Valenciana intenta recuperarse de la peor dana del siglo en España, que ha dejado casi un centenar de muertos en esa región, además de un inmenso escenario de daños en carreteras, calles e infraestructuras de numerosas localidades. EFE/ Ana Escobar

València, 21 nov (OFFICIAL PRESS-EFE).-

alència, 21 nov (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 20 de València, que investiga la muerte de un vecino de La Torre arrastrado por las aguas durante la DANA del 29 de octubre, ha desestimado asumir las diligencias previas abiertas por el Juzgado de Instrucción 15 tras la denuncia de Manos Limpias contra dirigentes de la Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) por presunto homicidio imprudente.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el Juzgado de Instrucción 20 califica de «prematura y no justificada» la inhibición planteada por el juzgado receptor de la denuncia, recordando que su investigación se limita, por el momento, al fallecimiento de un hombre de 79 años, vecino de La Torre, cuyo cuerpo fue encontrado el 30 de octubre.

Sin conexión con la denuncia de Manos Limpias

El juez destaca que no hay «base indiciaria mínima» que vincule la denuncia de Manos Limpias con la muerte que investiga. Según la autopsia, el hombre murió alrededor de las tres de la madrugada del 30 de octubre, tras ser arrastrado por las aguas al intentar sujetarse con la ayuda de su hermano, sufriendo una parada cardiorrespiratoria asociada a un ahogamiento.

La resolución señala que, para imputar resultados lesivos a personas concretas, es imprescindible evaluar de forma objetiva las circunstancias específicas de cada caso, algo que no se ha hecho en este procedimiento. El Juzgado 15 no ha practicado diligencias que justifiquen la conexión entre los hechos denunciados y el fallecimiento investigado.

Además, el juez recalca que el deceso ocurrió horas después de la inundación, cuando ya se había emitido una alerta roja por parte de la Aemet y los mensajes de Emergencias estaban activos. Por tanto, considera que no existe una relación causal suficiente para acumular la denuncia de Manos Limpias en su investigación.

Resolución recurrible

La decisión del Juzgado 20 puede ser recurrida en un plazo de tres días ante el mismo juzgado o en cinco días ante la Audiencia Provincial.

El Juzgado de Instrucción 20 fue el primero en València en abrir diligencias previas por un fallecimiento relacionado con las inundaciones, limitándose hasta ahora a investigar el caso de La Torre.

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