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Valencia

Ribó: Oltra es imprescindible pero eso no evita el poder tomar decisiones

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EFE/ Juan Carlos Cárdenas

València, 20 jun (OFFICIAL PRESS-EFE).- El alcalde de València, Joan Ribó, ha defendido que Mónica Oltra ha sido y es «imprescindible» pero ha indicado que ello «no evita que se puedan tomar decisiones» en el seno de Compromís «en muchos sentidos».

Ha manifestado que este martes la Ejecutiva de la coalición estudiará, analizará y, con mucha calma medirá y tomará decisiones, en relación con la imputación de la vicepresidenta de Consell por la gestión de los abusos sexuales de su exmarido a una menor tutelada.

Ribó no cree que el pacto del Rialto, por el que Compromís y el PSPV comparten el gobierno de València, esté en peligro, ya que, a su juicio, «hay grados de libertad», y este acuerdo de gobierno no está condicionado al pacto autonómico, sino «exclusivamente a parámetros de la ciudad de València».

Oltra está «pasándolo mal»

«El pacto del Rialto ha funcionado muy bien. A veces me enfado, como se enfada todo el mundo, pero después las cosas funcionan», ha afirmado el alcalde, para quien «los grados de libertad entre el Rialto y el Gobierno de la Generalitat son evidentes».

Tras considerar que Oltra no debe dimitir, Ribó ha defendido que Compromís arropara y diera apoyo este sábado a su compañera de coalición que está «pasándolo mal» y ha señalado que le parecía oportuno el acto, pues de lo contrario, no hubiera asistido.

Ribó ha insistido en que Oltra «ha sido imprescindible» y «es una persona imprescindible, pero eso no evita que se puedan tomar decisiones en muchos sentidos, que mañana estudiaremos, analizaremos y con mucha calma, mediremos y tomaremos».

Tomar decisiones

«El carácter de Mónica, su talante y carácter imprescindible, no se contraponen con determinadas tomas de decisión que analizaremos», ha afirmado, y ha precisado que la linea roja de Compromís se verá este martes.

Preguntado por si la imputación de Oltra les desestabiliza, ha dicho que «no es una situación agradable», sino que es una situación que se ha de estudiar «porque una imputación que está ocasionada por personas muy determinadas y por actuaciones muy determinadas, se debe estudiar con especificidad».

En este sentido, ha dicho que se debe estudiar la situación «en sentido general», ya que el tema de imputación «es un elemento, pero en política trabajan muchos otros elementos», como la subida luz o «los efectos del dopaje del gas».

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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